MODIFICA ARTS. 33, 34, 35 Y 37, DEL REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DEL DL. Nº 2.306, DE 1978

    Núm. 106.- Santiago, 20 de Julio de 1981.- Considerando:
    a) Que en los artículos 33, 34, 35 y 37 del D/S.
(G) Nº 244, de 1979, que contiene el Reglamento Complementario del DL. Nº 2.306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, existen referencias a la intervención de la Dirección General de Reclutamiento y Movilización de las FF.AA. en los trámites de existencia y funcionamiento de los institutos, escuelas u organismos que impartan instrucción premilitar;
    b) Que tal intervención es ajena a las funciones y finalidades de esa alta repartición ministerial, y
    Visto:

    a) Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política del Estado, y
    b) El oficio Nº 6583/7/4, de fecha 12 Junio 1981, de la Dirección General de Reclutamiento y Movilización de las FF.AA., que se acompaña;

    Decreto:

    Modifícanse en la forma que en cada caso se señala, los artículos 33, 34, 35 y 37 del D/S. (G) Nº 244, de 1979, que contiene el Reglamento Complementario del DL.
Nº 2306, de 1978.
    1.- Suprímese en el inciso segundo del Art. 33 la expresión: "propuesto por la Dirección General", terminado este inciso con la palabra "supremo", seguida de un punto final (.).
    2.- Suprímese en el artículo 34 la expresión "previo informe de la Dirección General".
    3.- Suprímese en el artículo 35 la expresión "a proposición de la Dirección General".
    4.- Reemplázase en el Art. 37, las palabras: Dirección General", por: "respectiva Institución".
    Anótese, tómese razón, y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Carlos Forestier Haensgen, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- César Manríquez Bravo, Coronel, Subsecretario de Guerra.