SUSTITUYE LETRA f) DEL ARTICULO 59 DEL DECRETO SUPREMO (G) Nº 244, DE 1979
Núm. 133.- Santiago, 26 de Agosto de 1982.- Visto:
a) El artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República;
b) Decreto ley Nº 2.306, de 1978; y
c) Lo propuesto por el Sr. Director General de Movilización Nacional en su oficio DGMN. D.J. (O) Nº 6.583/6/2, de 16 Agosto 1982.
Decreto:
Sustitúyese el texto de la letra f) del artículo 59 del D/S. (G) Nº 244, de 1979, que aprobó el Reglamento Complementario del decreto ley Nº 2.306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas, por el siguiente:
"Los infractores y remisos sobreseidos o absueltos por la Justicia Militar; en el caso de los sobreseídos, cuando la causal de sobreseimiento no sea el haber cumplido el servicio militar o error en la convocatoria".
Anótese, regístrese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Washington Carrasco Fernández, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Renato Fuenzalida Maechel, Coronel, Subsecretario de Guerra.