REHABILITA EN SU CALIDAD DE CHILENO A DON ALBERTO PEÑA CONTRERAS
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Rehabilítase en su calidad de chileno a don Alberto Peña Contreras, quien perdió su nacionalidad en virtud de lo dispuesto por el N° 1 del artículo 6° de la Constitución Política del Estado.
Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintiuno de Julio de mil novecientos cuarenta y nueve.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- I. Holger T.