LIBERA DE TODO DERECHO LA INTERNACION DEL MATERIAL QUE SEÑALA DESTINADO AL CUERPO DE BOMBEROS DE SAN FELIPE Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Libérase de derechos de internación, estadística, almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto número 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuestos a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución al siguiente material, consignado al Cuerpo de Bomberos de San Felipe, y llegado a Valparaíso el 5 de Enero de 1949 en el vapor "Imperial":
Dos cajones y dos atados que comprenden dos chassis Chevrolet, motores números F. E. A. 461171, y F. E. A. 464863; un cajón número 624928/1 al 2, y 624928/3 al 4, cuyo peso total es de 5,045 kilos.
La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintidós de Julio de mil novecientos cuarenta y nueve.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri R.