Artículo 154. Normativa aplicable. Los mayores de 18 años que cumplan sanciones privativas de libertad en las Secciones Juveniles de Gendarmería de Chile, según lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley N° 20.084, se regirán por dicho cuerpo normativo y por lo dispuesto en el presente reglamento, en especial respecto del ingreso, estadía, seguridad, régimen interno, sistema disciplinario y actividades de reinserción social.