APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL PARA ADQUISICION DE SERVIDORES Y SOFTWARE DE VIRTUALIZACION PARA EL PROYECTO ADMINISTRACION DEL GASTO PUBLICO (SIGFE)
Núm. 1.165.- Santiago, 25 de octubre de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política, el artículo 28 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 1° y siguientes del D.F.L. N°106, del Ministerio de Hacienda, que fija disposiciones por las que se regirá la Dirección de Presupuestos; el artículo 3° letra c) de la Ley N°19.886, Ley de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; el D.S. N°19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el Convenio de Préstamo BIRF N°4650 .
CH, también conocido como BIRF N°7141 . CH, celebrado entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Resolución N°520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que regula las normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1. La necesidad de contar con servidores y software de virtualización para implementar adecuadamente el Proyecto Administración del Gasto Público (SIGFE), 2. Que el referido proyecto cuenta con financiamiento de un préstamo otorgado por el BIRF,
3. La necesidad de adquirir los bienes para los efectos antedichos en el N°1 precedente, 4. Que, por carta de fecha 27 de Septiembre de 2006, el BIRF aceptó la petición del Proyecto SIGFE de adquirir los servidores y software de virtualización de que habla el N°1 precedente, 5. Que es necesario efectuar una licitación pública para adquirir los bienes aludidos en el N°1, y 6. Las necesidades de la Institución, las normas sobre adquisición de bienes establecidas por el referido banco internacional y las disposiciones citadas en los Vistos,
Decreto :
1. Apruébanse las siguientes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, para llamar a una licitación destinada a la adquisición de servidores y software de virtualización para el programa Proyecto Administración del Gasto Público (SIGFE):
'BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA LA
ADQUISICIÓN DE SERVIDORES Y SOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN
SECCIÓN I
LLAMADO A LICITACIÓN
REPÚBLICA DE CHILE
ADQUISICIÓN DE SERVIDORES Y SOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN
N° 02/06 LPI
Préstamo 7141-CH
1. Este llamado a licitación se emite como resultado del anuncio general de adquisiciones para este proyecto publicado en la edición de DgMarket, en la sección General Procurement Notice del 6 de abril de 2004.
2. La República de Chile ha recibido del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento un préstamo para financiar parcialmente el costo del Programa Administración del Gasto Público, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos estipulados en el contrato Administración del Gasto Público.
3. La Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda de la República de Chile invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas en sobres cerrados para la adquisición de servicios de Datacenter para el Programa 'Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado'.
4. La licitación se efectuará conforme al procedimiento de licitación pública internacional indicado en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y podrán participar en ella todos los licitantes de países elegibles, según se especifica en dichas normas.
5. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán leer los documentos de licitación en el sitio del Proyecto SIGFE, http://sigfe.sigfe.cl, en la 'Sección Novedad', desde la fecha de publicación de las bases y hasta un día antes de la fecha de presentación de las propuestas.
6. Los documentos de la licitación sólo podrán retirarse físicamente en la dirección indicada abajo. Las bases estarán disponibles para su entrega desde el primer al quinto día hábil contados desde la publicación del llamado a licitación. Si el retiro ocurriere con posterioridad al inicio del período de consultas, respuestas y aclaraciones, estas se incluirán conjuntamente con el retiro de las Bases.
7. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo1 a más tardar a las 15:00 horas del día jueves 21 de junio de 2007. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de seriedad de la oferta, por un monto establecido en los datos de la licitación. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a las 16:00 horas, del día jueves 21 de junio de 2007 en Teatinos 120, sala Verde piso 13, de la Dirección de Presupuestos.
1 Santiago de Chile
Teatinos 120, piso 7, Proyecto SIGFE
Fono 56-2-473.28.66
SECCION II
INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES
(I. A. L.)
A. Introducción
1. Fuente de fondos 1.1 El Prestatario identificado
en los Datos de la licitación
ha solicitado (o recibido) un
préstamo (o crédito) (en
adelante llamado 'préstamo')
del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento o de
la Asociación Internacional
de Fomento (identificados en
los Datos de la licitación y
en adelante llamados 'el
Banco' en forma
intercambiable) en varias
monedas equivalentes al monto
en dólares de EE.UU. indicado
en los Datos de la
licitación, para sufragar en
parte el costo del proyecto
especificado en dichos Datos.
El Prestatario destinará una
parte de los recursos de este
préstamo a los pagos
elegibles para financiamiento
en virtud del Contrato objeto
de este Llamado a licitación.
1.2 El Banco sólo efectuará pagos
que hayan sido solicitados
por el Prestatario y cuenten
con la aprobación del Banco,
de acuerdo con las
condiciones establecidas en
el Convenio de Préstamo, y
dichos pagos estarán sujetos
en todo respecto a las
condiciones establecidas en
dicho Convenio. El Convenio
de Préstamo prohíbe todo
retiro de fondos de la cuenta
del préstamo para efectuar
cualquier pago a personas
físicas o jurídicas, o
financiar cualquier
importación de bienes, si el
Banco tiene conocimiento de
que dicho pago o dicha
importación están prohibidos
por una decisión del Consejo
de Seguridad de las Naciones
Unidas adoptada en virtud del
Capítulo VII de la Carta de
esa institución. Nadie sino
el Prestatario tendrá derecho
alguno en virtud del Convenio
de Préstamo, para reclamar
los recursos del préstamo.
2. Licitantes
elegibles 2.1 El presente Llamado a
licitación está dirigido a
todos los proveedores de
países elegibles, según la
definición que figura en el
documento titulado Normas:
Adquisiciones con Préstamos
del BIRF y Créditos de la
AIF, de enero de 1995,
edición revisada en enero y
agosto de 1996, septiembre de
1997, y enero de 1999, en
adelante llamadas Normas del
BIRF sobre adquisiciones,
salvo lo dispuesto más
adelante.
2.2 Los licitantes no podrán
estar asociados o haber
estado asociados en el
pasado, directa o
indirectamente, con una firma
o cualquiera de sus filiales
que haya sido contratada por
el Comprador para proveer
servicios de consultoría
respecto de la preparación
del diseño, las
especificaciones y otros
documentos que hayan de
usarse para la adquisición de
los bienes que se adquieran
mediante la licitación objeto
de este llamado.
2.3 Las empresas estatales del
país del Comprador pueden
participar solamente si
tienen autonomía legal y
financiera, si funcionan de
acuerdo con las leyes
comerciales, y si no son un
organismo que depende del
Comprador.
2.4 Los licitantes no deben estar
expuestos a una declaración
de inelegibilidad por haber
participado en prácticas
corruptas y fraudulentas
emitida por el Banco de
acuerdo con la subcláusula
36.1 de estas IAL.
3. Bienes y
servicios 3.1 Todos los bienes y servicios
elegibles conexos que hayan de
suministrarse de conformidad
con el Contrato deberán tener
su origen en países
elegibles, según la
definición de las Normas del
BIRF sobre adquisiciones, y
todos los gastos que se
efectúen en virtud del
Contrato se limitarán a
dichos bienes y servicios.
3.2 Para los fines de esta
cláusula, 'origen' significa
el lugar en que los bienes
sean extraídos, cultivados o
producidos, o desde el cual
se suministren los servicios
conexos. Se produce un bien
cuando, mediante un proceso
de fabricación, elaboración
o ensamble sustancial
se obtiene un producto
comercialmente reconocible
que difiere sustancialmente
de sus componentes en
lo que respecta a sus
características básicas o
a sus fines o su uso.
3.3 El origen de los bienes y
servicios puede ser diferente
de la nacionalidad del
Licitante.
4. Costo de la 4. El Licitante financiará todos
licitación los costos relacionados con
la preparación y presentación
de su oferta, y el Comprador
que aparece en los Datos de
la licitación, en lo sucesivo
denominado 'el Comprador,' no
será responsable en ningún
caso por dichos costos,
prescindiendo de la modalidad
o el resultado del proceso de
licitación.
B. Documentos de licitación
5. Contenido de los 5.1 En los documentos de
documentos de licitación se estipulan los
licitación bienes que se requieren, los
procedimientos de la
licitación y las condiciones
contractuales. Además del
Llamado a licitación, los
documentos de licitación
incluyen:
a) Instrucciones a los
licitantes (IAL)
b) Datos de la licitación
c) Condiciones Generales del
Contrato (CGC)
d) Condiciones Especiales del
Contrato (CEC)
e) Plan de entregas
f) Especificaciones técnicas
g) Formulario de oferta y
listas de precios
h) Formulario de garantía de
seriedad de la oferta
i) Formulario del Contrato
j) Formulario de garantía de
cumplimiento
k) Formulario de autorización
del fabricante
l) Declaración Jurada
Notarial
m) Elegibilidad para el
suministro de bienes y
servicios
5.2 El Licitante deberá examinar
todas las instrucciones,
formularios, condiciones y
especificaciones que figuren
en los documentos de
licitación. El Licitante que
no incluya toda la
información solicitada en
dichos documentos o que
presente una oferta que no se
ajuste sustancialmente a
ellos en todos sus aspectos
asumirá el riesgo que esto
entraña y la consecuencia
podrá ser el rechazo de su
oferta.
6. Aclaración de 6. Todo Licitante potencial
los documentos que necesite alguna
de licitación aclaración de los documentos
de licitación podrá
solicitarla al Comprador
hasta la fecha indicada en
los Datos de la licitación,
por medio de una carta o un
cable (en lo sucesivo, se
considera que la palabra
cable comprende también las
comunicaciones por télex y
por fax) enviado a la
dirección indicada por el
Comprador en los Datos de la
licitación. El Comprador
responderá por escrito a toda
solicitud de aclaración
recibida de los documentos de
licitación, en la fecha
indicada en los Datos de la
licitación, antes de que
venza el plazo para la
presentación de ofertas
fijado en la subcláusula 19.1
de estas IAL. El Comprador
enviará una copia de su
respuesta (incluida una
explicación de la consulta
pero sin identificar su
procedencia) a todos los
licitantes potenciales que
hayan comprado los documentos
de licitación.
7. Enmienda de los 7.1 El Comprador podrá, en
documentos de cualquier momento antes de
licitación que venza el plazo de
presentación de ofertas, por
cualquier causa, por
iniciativa propia o en
atención a una aclaración
solicitada por un Licitante
interesado, modificar los
documentos de licitación
mediante enmiendas.
7.2 Todos los licitantes
interesados que hayan
comprado los documentos de
licitación serán notificados
de las enmiendas por correo o
por cable, enmiendas que
serán obligatorias.
7.3 El Comprador podrá, a su
discreción, prorrogar el
plazo de presentación de
ofertas a fin de dar a los
posibles licitantes un plazo
razonable para que puedan
tomar en cuenta las enmiendas
en la preparación de sus
ofertas.
C. Preparación de las ofertas
8. Idioma de
la oferta 8. La oferta que prepare el
Licitante, así como toda la
correspondencia y documentos
relativos a ella que
intercambien el Licitante y
el Comprador, deberá
redactarse en español. Los
documentos complementarios y
literatura impresa que
proporcione el Licitante
podrán estar escritos en otro
idioma, a condición de que
vayan acompañados de una
traducción fiel de los
párrafos pertinentes de dicho
material al idioma
especificado en los Datos de
la licitación, en cuyo caso
prevalecerá la traducción
para los efectos de la
interpretación de la oferta.
9. Documentos que 9. La oferta que presente el
constituyen la Licitante deberá incluir los
oferta siguientes documentos:
a) el Formulario de oferta y
la lista de precios,
preparados de acuerdo con
las cláusulas 10, 11 y 12
de las IAL;
b) pruebas documentadas, de
conformidad con la
cláusula 13 de las IAL, de
que el Licitante es
elegible para presentar
una oferta y está
calificado para ejecutar
el Contrato en caso de que
su oferta sea aceptada;
c) pruebas documentadas, de
conformidad con la
cláusula 14 de las IAL, de
que los bienes y servicios
conexos que haya de
proveer el Licitante son
bienes y servicios
elegibles y se ajustan a
los documentos de
licitación, y
d) una garantía de seriedad
de la oferta, presentada
de conformidad con la
cláusula 15 de las IAL
10. Formulario 10.1 El Licitante llenará el
de oferta formulario de oferta y la
lista de precios que se
incluyen en los documentos de
licitación, e indicará la
cantidad, los precios y el
país de origen de los bienes
que suministrará, y una breve
descripción de los mismos.
10.2 Para los fines de aplicar el
margen de preferencia
nacional de conformidad con
la cláusula 27 de las IAL,
cada oferta será clasificada
en uno de los tres grupos
siguientes:
a) Grupo A: Ofertas de bienes
fabricados en el país del
Comprador, respecto de los
cuales i) la mano de obra,
materias primas y
componentes provenientes
del país del Comprador
representen más del
treinta por ciento (30%)
del precio EXW, y ii) el
establecimiento en el cual
se vayan a producir o
ensamblar haya estado
dedicado a la fabricación
o ensamble de esos bienes
por lo menos desde la
fecha de presentación de
la oferta.
b) Grupo B: Todas las otras
ofertas de bienes
provenientes del país del
Comprador.
c) Grupo C: Las ofertas de
bienes de origen
extranjero que hayan de
ser importados por el
Comprador directamente o a
través del representante
del Proveedor en el país
del Comprador.
10.3 A fin de facilitar al
Comprador la clasificación
precedente, el Licitante
completará la versión que
corresponda de la Lista de
precios incluida en los
documentos de licitación,
entendiéndose que si el
Licitante presenta una
versión incorrecta de la
Lista de precios, su oferta
no será rechazada sino
simplemente reclasificada por
el Comprador, de modo de
situarla en el grupo de
ofertas apropiado.
11. Precios de
la oferta 11.1 El Licitante indicará en la
Lista de precios apropiada
los precios unitarios (cuando
proceda) y el precio total de
la oferta de los bienes que
se propone suministrar de
acuerdo con el Contrato.
11.2 Los precios indicados en la
Lista de precios serán
consignados separadamente de
la siguiente manera:
a) En el caso de los bienes
que provengan del país del
Comprador:
i) el precio de los bienes
cotizados EXW en taller,
en fábrica, en bodega,
en salón de exposición o
en existencia, según sea
el caso, incluidos todos
los derechos de aduana y
los impuestos a la venta
o de otro tipo que ya
hayan sido pagados o que
haya que pagar:
A) sobre los componentes y
materias primas utilizados
en la fabricación o
montaje de los bienes
cotizados en taller o en
fábrica,
O
B) sobre los bienes de origen
extranjero importados
previamente y cotizados en
bodega, en salón de
exposición o en
existencia.
ii) todo impuesto a las
ventas o de otro tipo
del país del Comprador
que haya que pagar sobre
los bienes si el
Contrato se adjudica.
iii) el precio del transporte
interior, seguro y otros
costos locales propios
de la entrega de los
bienes en su destino
final, si se especifica
en los Datos de la
licitación.
iv) el precio de otros
servicios (conexos), si
los hubiere, enumerados
en los Datos de la
licitación.
b) En el caso de los bienes
que provengan del
exterior:
i) El precio de los bienes
cotizados CIF puerto de
destino convenido, o CIP
frontera o CIP lugar de
destino convenido, en el
país del Comprador,
según se haya
especificado en los
Datos de la licitación.
Al cotizar el precio, el
Licitante tendrá
libertad para
transportar los bienes
en barcos registrados en
cualquier país elegible.
Asimismo, el Licitante
podrá contratar los
seguros con compañías de
seguros de cualquier
país elegible.
ii) El precio de los bienes
FOB puerto de embarque
(o FCA, según el caso),
si así se ha
especificado en los
Datos de la licitación.
iii) El precio de los bienes
CFR en el puerto de
destino (o CPT, punto de
destino, según el caso),
si así se ha
especificado en los
Datos de la licitación.
iv) El precio del transporte
interno, el seguro y
otros costos locales
inherentes al transporte
de los bienes desde el
puerto de entrada hasta
su lugar final de
destino, si así se ha
especificado en los
Datos de la licitación.
v) El precio de otros
servicios (conexos), si
los hubiere, enumerados
en los Datos de la
licitación.
11.3 Las expresiones EXW, CIF,
CIP, etc., se regirán por las
normas prescritas en la
edición vigente de Incoterms
publicada por la Cámara de
Comercio Internacional,
París.
11.4 El Licitante separará los
componentes de los precios de
acuerdo con la subcláusula
11.2 de estas IAL
exclusivamente para facilitar
al Comprador la comparación
de las ofertas, y de ningún
modo dicha separación
limitará el derecho del
Comprador a contratar en
cualquiera de las condiciones
ofrecidas.
11.5 Los precios cotizados por el
Licitante permanecerán fijos
durante la ejecución del
Contrato y no estarán sujetos
a variaciones por ningún
motivo, salvo indicación
contraria en los Datos de la
licitación. Cuando la
cotización se deba hacer con
precios fijos, se considerará
que una oferta presentada con
precios reajustables no
responde a lo solicitado y,
en consecuencia, será
rechazada de conformidad con
la cláusula 24 de las IAL. Si
de acuerdo con lo indicado en
los Datos de la licitación
los precios cotizados por el
Licitante serán reajustables
durante la ejecución del
Contrato, las ofertas en que
se coticen precios fijos no
serán rechazadas, y el
reajuste de los precios se
tratará como si fuera cero.
12. Monedas de 12. Los precios serán cotizados
oferta en las siguientes monedas:
a) en el caso de los bienes y
servicios que el Licitante
haya de suministrar y
provengan del país del
Comprador, los precios
serán cotizados en la
moneda de éste, salvo
indicación contraria en
los Datos de la
licitación;
b) en el caso de los bienes y
servicios que el Licitante
haya de suministrar y que
no provengan del país del
Comprador, los precios
podrán ser cotizados en la
moneda de cualquier país
miembro del Banco. Si el
Licitante desea que se le
pague en una combinación
de distintas monedas,
puede cotizar sus precios
en no más de tres monedas
extranjeras. Los
licitantes que expresen
sus requerimientos para
que los pagos se efectúen
en cualquiera de las
monedas de la Unión
Monetaria Europea o en
euros deberán hacerlo de
acuerdo con las
disposiciones de los Datos
de la licitación.
13. Documentos que 13.1 De conformidad con lo
establecen la dispuesto en la cláusula 9
elegibilidad y de las IAL, el Licitante
calificaciones del presentará, como parte de su
Licitante oferta, documentos que
acrediten su elegibilidad
para participar en la
licitación y sus
calificaciones para ejecutar
el Contrato en caso de que
éste se le adjudique.
13.2 Los documentos que presente
el Licitante con ese fin
deberán demostrar, en forma
satisfactoria para el
Comprador, que en el momento
de presentar su oferta el
Licitante es de un país
elegible según la definición
de la cláusula 2 de las IAL.
13.3 Los documentos que presente
el Licitante para demostrar
que posee las calificaciones
necesarias para ejecutar el
Contrato en caso de que su
oferta sea aceptada, deberán
establecer, en forma
satisfactoria para el
Comprador, que:
a) el Licitante, si ofrece
proveer en virtud del
Contrato bienes que no ha
fabricado ni producido de
otra manera, está
debidamente autorizado por
el fabricante o productor
del caso para suministrar
los bienes en cuestión en
el país del Comprador;
b) el Licitante tiene la
capacidad financiera,
técnica y de producción
necesaria para ejecutar el
Contrato;
c) el Licitante, si no está
establecido comercialmente
en el país del Comprador,
está o estará (en caso de
adjudicársele el Contrato)
representado en el país
del Comprador por un
licitante dotado de la
capacidad y el equipo que
se necesiten para que el
Proveedor cumpla las
obligaciones en materia de
mantenimiento,
reparaciones y existencias
de repuestos que se
prescriban en las
Condiciones del Contrato
y/o en las
Especificaciones técnicas,
y
d) el Licitante reúne los
requisitos necesarios para
la calificación enumerados
en los Datos de la
licitación.
14. Documentos que 14.1 Con arreglo a la cláusula 9
establecen la de las IAL, el Licitante
elegibilidad de presentará, como parte de su
los bienes y su oferta, documentos que
conformidad con establezcan la elegibilidad
los documentos de y conformidad con los
licitación documentos de licitación de
todos los bienes y servicios
Qué vaya a suministrar en
virtud del Contrato.
14.2 Los documentos presentados
como prueba de la
elegibilidad de los bienes y
servicios constarán en una
declaración en la lista de
precios del país de origen de
los bienes y servicios
ofrecidos, la cual será
confirmada mediante un
certificado de origen emitido
en el momento de efectuar el
embarque.
14.3 Los documentos que demuestren
la conformidad de los bienes
y servicios con los
documentos de licitación
pueden consistir en material
impreso, diseños y datos y
deberán contener:
a) una descripción detallada
de las características
esenciales técnicas y de
funcionamiento de los
bienes;
b) una lista completa y
detallada de los
repuestos, herramientas
especiales, etc. —
inclusive las fuentes en
que se pueden obtener y
los precios actuales—
necesarios para el
funcionamiento debido y
continuo de los bienes por
un período que ha de
especificarse en los Datos
de la licitación y que se
iniciará en el momento en
que el Comprador comience
a usar los bienes, y
c) un comentario sobre cada
una de las cláusulas de
las Especificaciones
técnicas del Comprador que
demuestre que los bienes y
servicios cumplen
sustancialmente esas
especificaciones o, en su
lugar, una declaración de
las desviaciones y
excepciones respecto a lo
dispuesto en ellas.
14.4 Para los efectos del
comentario que ha de hacer de
conformidad con la
subcláusula 14.3 c)
precedente, el Licitante
tendrá presente que las
normas de calidad de la mano
de obra, materiales y equipo,
así como las referencias a
marcas o números de catálogo
que haya hecho el Comprador
en las Especificaciones
técnicas son meramente
descriptivas y no
restrictivas. El Licitante
podrá incluir en su oferta
otras normas de calidad,
marcas y/o números de
catálogo, a condición de que
demuestre, a satisfacción del
Comprador, que los sustitutos
son sustancialmente
equivalentes o superiores a
los que se indican en las
Especificaciones técnicas.
15. Garantía de 15.1 De conformidad con la
seriedad de la cláusula 9 de las IAL, el
oferta Licitante presentará, como
parte de su oferta, una
garantía de seriedad por el
monto que se especifique en
los Datos de la licitación.
15.2 La garantía se exige para
proteger al Comprador contra
el riesgo de que el Licitante
actúe de una manera que
pudiera justificar la
ejecución de la garantía,
conforme a la subcláusula
15.7 de las IAL.
15.3 La garantía de seriedad de la
oferta estará denominada en
la moneda de la oferta o en
otra moneda de libre
convertibilidad, y adoptará
una de las siguientes formas,
a opción del Licitante:
a) una garantía bancaria o
carta de crédito
irrevocable emitida por un
banco de prestigio situado
en el país del Comprador o
en el extranjero, en la
forma dispuesta en los
documentos de licitación o
en otra forma que el
Comprador considere
aceptable, y su validez
excederá en treinta (30)
días la validez de la
oferta, o
b) un cheque de caja o un
cheque certificado.
15.4 Toda oferta que no esté
acompañada de la garantía
estipulada en las
subcláusulas 15.1 y 15.3 de
las IAL será rechazada por el
Comprador por no ajustarse a
los documentos de licitación,
de conformidad con la
cláusula 24.
15.5 Las garantías de seriedad de
las ofertas que no sean
aceptadas serán canceladas o
devueltas tan pronto como sea
posible, a más tardar treinta
(30) días después del
vencimiento del plazo de
validez de las ofertas fijado
por el Comprador, conforme a
la cláusula 16 de las IAL.
15.6 La garantía de seriedad de la
oferta que resulte aceptada
será cancelada en cuanto el
Licitante ganador firme el
Contrato, conforme a la
cláusula 34 de las IAL, y
presente la garantía de
cumplimiento, conforme a la
cláusula 35 de dichas
instrucciones.
15.7 La garantía de seriedad de la
oferta podrá hacerse
efectiva:
a) si el Licitante:
i) retira su oferta durante
el período de validez
estipulado por él en el
formulario de oferta, o
ii) no acepta la corrección
de errores de
conformidad con la
subcláusula 24.2, o
b) si el Licitante ganador:
i) no firma el Contrato de
conformidad con la
cláusula 34 de las IAL,
o
ii) no suministra la
garantía de cumplimiento
de conformidad con la
cláusula 35 de las IAL.
16. Período de
validez 16.1 Las ofertas serán válidas por
de las ofertas el plazo especificado en los
Datos de la licitación a
partir de la fecha de
presentación de las ofertas
prescrita por el Comprador,
conforme a la cláusula 19 de
las IAL. Toda oferta con un
período de validez menor que
el requerido será rechazada
por el Comprador por no
ajustarse a los documentos de
licitación.
16.2 En circunstancias
excepcionales, el Comprador
podrá solicitar el
consentimiento de los
licitantes para prolongar el
período de validez de sus
ofertas. La solicitud y las
respuestas serán por escrito
(o por cable). En caso de
acordarse tal prolongación,
la garantía de seriedad
prescrita en la cláusula 15
de las IAL se prorrogará por
el mismo período. Los
licitantes podrán rechazar
esa solicitud sin que se haga
efectiva la garantía de sus
ofertas. A los licitantes que
accedan a la prórroga no se
les pedirá ni permitirá que
modifiquen sus ofertas, con
excepción de lo dispuesto en
la subcláusula 16.3 de las
IAL.
16.3 En el caso de los contratos
con precio fijo, si la
adjudicación se demora más de
sesenta (60) días después del
vencimiento del plazo inicial
de validez de las ofertas, el
Precio del Contrato se
aumentará mediante la
aplicación de un factor que
se especificará en la
solicitud de prórroga.
17. Formato y firma
de la oferta 17.1 El Licitante preparará su
oferta en original y con el
número de copias indicado en
los Datos de la licitación,
marcando claramente cada
ejemplar como 'ORIGINAL' y
'COPIA', respectivamente. En
caso de discrepancia, el
texto del original
prevalecerá sobre el de las
copias.
17.2 El original y la copia o
copias de la oferta serán
mecanografiados o escritos
con tinta indeleble y
firmados por el Licitante o
por la(s) persona(s)
debidamente autorizada(s)
para contraer en su nombre
las obligaciones del
Contrato. Todas las páginas
de la oferta, excepto las que
contengan material impreso
que no haya sido modificado,
llevarán las iniciales de
la(s) persona(s) que firme(n)
la oferta.
17.3 Los textos entre líneas,
tachaduras o palabras
superpuestas a otras serán
válidos solamente si llevan
las iniciales de la(s)
persona(s) que haya(n)
firmado la oferta.
17.4 El Licitante deberá
suministrar la información
descrita en el Formulario de
oferta respecto a comisiones
o gratificaciones, si las
hubiere, pagadas o por pagar
a licitantes en relación con
esta oferta y con la
ejecución del Contrato si
éste es adjudicado al
Licitante.
D. Presentación de las
ofertas
18. Cómo cerrar y 18.1 El Licitante colocará el
marcar los original y cada copia de
sobres de las la oferta en sobres separados
ofertas que cerrará en forma
inviolable y marcará como
'ORIGINAL' y 'COPIA',
respectivamente. Luego los
sobres se pondrán a su vez en
otro sobre, el cual se
cerrará también en forma
inviolable.
18.2 Los sobres interiores y el
sobre exterior deberán:
a) estar dirigidos al
Comprador y llevar la
dirección indicada en los
Datos de la licitación, y
b) llevar el nombre del
proyecto indicado en los
Datos de la licitación, el
título y número del
Llamado a licitación
indicados en los Datos de
la licitación y las
palabras 'NO ABRIR ANTES
DE LAS', seguidas de la
hora y la fecha
especificadas en los Datos
de la licitación, de
conformidad con la
subcláusula 22.1 de las
IAL.
18.3 Los sobres interiores
llevarán además el nombre y
la dirección del Licitante, a
fin de que se le pueda
devolver su oferta sin abrir
en caso de que sea declarada
'tardía'.
18.4 Si el sobre exterior no está
cerrado y marcado según lo
dispuesto en la subcláusula
18.2 de las IAL, el Comprador
no asumirá responsabilidad
alguna en caso de que la
oferta se traspapele o sea
abierta prematuramente.
19. Plazo para la 19.1 Las ofertas deberán ser
presentación de recibidas por el Comprador en
las ofertas la dirección indicada en la
subcláusula 18.2 a) de las
IAL a más tardar a la hora y
fecha indicadas en los Datos
de la licitación.
19.2 El Comprador podrá, a su
discreción, prorrogar el
plazo de presentación de las
ofertas mediante una enmienda
de los documentos de
licitación, de acuerdo con la
cláusula 7 de las IAL, en
cuyo caso todos los derechos
y obligaciones del Comprador
y los licitantes
anteriormente sujetos al
plazo original quedarán
sujetos al nuevo plazo.
20. Ofertas tardías 20. Toda oferta que reciba el
Comprador después del plazo
fijado por él para la
recepción de conformidad con
la cláusula 19 de las IAL
será rechazada y devuelta al
Licitante sin abrir.
21. Modificación y 21.1 El Licitante podrá modificar
retiro de las o retirar su oferta después
ofertas de presentada, a condición de
que el Comprador reciba la
notificación escrita de la
modificación, inclusive la
sustitución o el retiro de la
oferta, antes de que venza el
plazo fijado para la
presentación de ofertas.
21.2 La notificación de
modificación o retiro de la
oferta será preparada,
cerrada, marcada y enviada
por el Licitante de
conformidad con lo dispuesto
en la cláusula 18 de las IAL.
La notificación del retiro de
la oferta también podrá
efectuarse por cable, en cuyo
caso deberá ser seguida de
una confirmación firmada,
franqueada a más tardar en la
fecha de vencimiento del
plazo para la presentación de
ofertas.
21.3 Las ofertas no podrán ser
modificadas una vez vencido
el plazo para su
presentación.
21.4 Ninguna oferta podrá ser
retirada en el intervalo
entre el vencimiento del
plazo para la presentación y
el vencimiento del período de
validez especificado por el
Licitante en el formulario de
oferta. La notificación de
retiro de una oferta durante
ese intervalo puede dar lugar
a que se haga efectiva la
garantía de seriedad de la
oferta, de conformidad con la
subcláusula 15.7 de las IAL.
* E. Apertura y evaluación de
las ofertas
22. Apertura de las 22.1 El Comprador abrirá todas las
ofertas por el ofertas en presencia de los
Comprador representantes de los
licitantes que deseen
asistir, a la hora, en la
fecha y en el lugar
especificados en los Datos de
la licitación. Los
representantes de los
licitantes que asistan
firmarán un registro para
dejar constancia de su
presencia.
22.2 En la apertura de las ofertas
se anunciarán los nombres de
los licitantes, las
modificaciones o retiros de
ofertas, los precios de las
ofertas, los descuentos, la
existencia o falta de la
garantía requerida y
cualquier otro detalle que el
Comprador, a su discreción,
considere apropiado anunciar.
Ninguna oferta será rechazada
en la sesión de apertura,
excepto las ofertas tardías,
las cuales serán devueltas
sin abrir al Licitante,
conforme a la cláusula 20 de
las IAL.
22.3 Las ofertas (y modificaciones
efectuadas conforme a la
subcláusula 21.2 de las IAL)
que no sean abiertas y leídas
en la sesión de apertura no
serán evaluadas,
prescindiendo de las
circunstancias.
22.4 El Comprador preparará un
acta de la apertura de las
ofertas.
23. Aclaración de 23. Durante la evaluación de las
las ofertas ofertas el Comprador podrá,
a su discreción, solicitar al
Licitante que aclare su
oferta. La solicitud de
aclaración y la respuesta se
harán por escrito, y no se
solicitará, ofrecerá ni
permitirá ninguna
modificación de los precios o
de los elementos sustanciales
de la oferta.
24. Examen
preliminar 24.1 El Comprador examinará las
ofertas para determinar si
están completas, si contienen
errores de cálculo, si se han
presentado las garantías
requeridas, si los documentos
han sido debidamente firmados
y si, en general, las ofertas
están en orden.
24.2 Los errores aritméticos serán
rectificados de la siguiente
manera. Si existiere una
discrepancia entre un precio
unitario y el precio total
obtenido multiplicando ese
precio unitario por las
cantidades correspondientes,
prevalecerá el precio
unitario y el precio total
será corregido. Si existiere
una discrepancia entre
palabras y cifras,
prevalecerá el monto
expresado en palabras. Si el
Proveedor no acepta la
corrección de los errores, su
oferta será rechazada y su
garantía podrá hacerse
efectiva
24.3 El Comprador podrá dispensar
en una oferta diferencias
menores, ya sea de forma o
respecto de los documentos de
licitación, y pequeñas
irregularidades, a condición
de que éstas no constituyan
diferencias significativas y
que esto no perjudique ni
afecte la clasificación
relativa de ningún Licitante.
24.4 Antes de proceder a la
evaluación detallada conforme
a la cláusula 26 de las IAL,
el Comprador determinará si
cada oferta se ajusta o no
sustancialmente a los
documentos de licitación.
Para los fines de estas
cláusulas, se considerará que
una oferta se ajusta
sustancialmente a los
documentos de licitación
cuando satisfaga, sin
diferencias considerables,
todas las condiciones
estipuladas en dichos
documentos. Se considerará
que constituye una diferencia
considerable toda
discrepancia, objeción o
reserva relativa a
disposiciones críticas, como
las referentes a la garantía
de seriedad de la oferta
(cláusula 15 de las IAL),
leyes aplicables (cláusula 31
de las CGC), e impuestos y
derechos (cláusula 33 de las
CGC). La determinación del
Comprador de que una oferta
se ajusta a la licitación se
basará en el contenido de la
propia oferta, sin recurrir a
pruebas externas.
24.5 El Comprador rechazará toda
oferta que no se ajuste
sustancialmente a los
documentos de licitación y
posteriormente el Licitante
no podrá convertir dicha
oferta mediante correcciones
en una oferta que se ajuste a
los documentos de licitación.
25. Conversión a una 25.1 Para facilitar la evaluación
sola moneda y comparación de las ofertas,
el Comprador convertirá todos
los precios de las ofertas
expresados en las diversas
monedas en que hayan de
pagarse dichos precios a una
de las monedas siguientes:
a) la moneda del país del
Comprador al tipo de
cambio vendedor
establecido para
transacciones semejantes
por el Banco Central o por
un banco comercial del
país del Comprador,
o
b) una moneda de amplio uso
en el comercio
internacional, como el
dólar de los EE.UU., al
tipo de cambio vendedor
publicado en la prensa
internacional, en el caso
de los montos pagaderos en
divisas, y al tipo de
cambio vendedor
establecido para
transacciones semejantes
por el Banco Central del
país del Comprador, en el
caso del monto pagadero en
la moneda de éste.
c) Con respecto a las
subcláusulas 25.1 a) y
25.1 b) precedentes, los
precios de las ofertas
expresados en las monedas
nacionales de los países
miembros de la Unión
Monetaria Europea se
convertirán a euros
aplicando los tipos de
cambio fijos irrevocables
establecidos entre dichas
monedas nacionales y el
euro. Luego, los precios
expresados en euros se
convertirán a una sola
moneda a los tipos de
cambio establecidos de
conformidad con la
cláusula 25.2 y con lo
dispuesto en los Datos de
la licitación.
25.2 La moneda seleccionada para
convertir los precios de las
ofertas a una base común para
los fines de la evaluación,
así como la fuente y fecha
del tipo de cambio, están
especificadas en los Datos de
la licitación.
26. Evaluación y 26.1 El Comprador evaluará y
comparación de comparará las ofertas que se
las ofertas determine que se ajustan
sustancialmente a los
documentos de licitación,
conforme a la cláusula 24 de
las IAL.
26.2 En la evaluación de las
ofertas, el Comprador
excluirá y no tendrá en
cuenta:
a) en el caso de bienes
producidos en el país del
Comprador o bienes de
origen extranjero que ya
estén en el país del
Comprador, los impuestos
sobre las ventas y otros
impuestos similares
pagaderos sobre los bienes
si se le adjudicara el
Contrato al Licitante;
b) en el caso de bienes de
origen extranjero que se
ofrezcan desde el
exterior, los derechos de
aduana y otros impuestos a
la importación similares
pagaderos sobre los bienes
si se le adjudicara el
Contrato al Licitante, y
c) ninguna disposición sobre
ajuste de precios durante
el período de ejecución
del Contrato que se
estipule en la oferta.
26.3 La comparación se hará entre
los precios EXW en el caso de
los bienes ofrecidos en el
país del Comprador, y esos
precios incluirán todos los
costos y los derechos e
impuestos pagados o pagaderos
sobre los componentes y
materias primas que se hayan
incorporado o que se vayan a
incorporar en los bienes y,
en el caso de los bienes
ofrecidos desde el exterior,
entre los precios CIF puerto
de destino convenido (o CIP
frontera, o CIP lugar de
destino convenido).
26.4 Al evaluar la oferta, el
Comprador tendrá en cuenta,
además del precio ofrecido
conforme a la subcláusula
11.2 de las IAL, uno o más de
los siguientes factores
especificados en los Datos de
la licitación y cuantificados
en la subcláusula 26.5 de las
IAL:
a) el costo del transporte
interno, el seguro y otros
gastos en el país del
Comprador vinculados con
la entrega de los bienes
en su lugar de destino
final;
b) el plan de entregas
indicado en la oferta;
c) las diferencias entre el
plan de pagos ofrecido y
el especificado en las
Condiciones Especiales del
Contrato;
d) el costo de los
componentes, repuestos
obligatorios y servicios;
e) la disponibilidad en el
país del Comprador de
repuestos y servicios, con
posterioridad a la venta,
para los equipos incluidos
en la oferta;
f) los costos proyectados de
operación y de
mantenimiento durante la
vida del equipo;
g) el rendimiento y la
productividad del equipo
ofrecido, y/o
h) otros criterios
específicos indicados en
los Datos de la licitación
y/o en las
Especificaciones técnicas.
26.5 En el caso de los factores
incluidos en los Datos de la
licitación conforme a la
subcláusula 26.4 de las IAL,
se aplicarán uno o más de los
siguientes métodos de
cuantificación, en la forma
en que se detallan en los
Datos de la licitación:
a) Transporte interno desde
EXW/puerto de
entrada/frontera, seguro y
gastos conexos
El Comprador calculará
para cada oferta el costo
del transporte interno, el
seguro y otros gastos
conexos ocasionados por el
transporte de los bienes
desde EXW, el puerto de
entrada o la frontera
hasta el lugar del
proyecto indicado en los
Datos de la licitación,
basándose para ello en las
tarifas publicadas de las
empresas de ferrocarriles
o de transporte vial,
compañías de seguros y
otras fuentes de
información apropiadas.
Para facilitar ese
cálculo, los licitantes
deberán suministrar las
dimensiones y el peso
estimados del embarque,
así como el valor
aproximado EXW o CIF (CIP
frontera) de cada bulto.
El Comprador agregará ese
costo al precio
EXW/CIF/CIP frontera.
b) Plan de entregas
i) El Comprador estipula
que los bienes
enumerados en este
Llamado a licitación
deberán ser entregados
(embarcados) en las
fechas indicadas en el
Plan de entregas. Se
calculará para cada
oferta el tiempo que se
necesite para la llegada
de los bienes al lugar
del proyecto, dejando un
tiempo razonable para el
transporte internacional
e interior. Tomando como
base la oferta cuya
fecha de entrega sea la
más temprana, se
calculará un 'ajuste' de
la entrega para las
demás ofertas mediante
la aplicación de un
porcentaje, especificado
en los Datos de la
licitación, del precio
EXW/CIF/CIP por cada
semana de demora con
respecto a la base, el
cual se sumará al precio
de la oferta para los
fines de la evaluación.
No se otorgará ningún
crédito por las entregas
tempranas.
O
ii) Los bienes comprendidos
en este Llamado a
licitación deberán ser
entregados (embarcados)
en un plazo aceptable
dentro de los intervalos
en semanas especificados
en el Plan de entregas.
No se otorgará crédito
alguno por las entregas
tempranas, y se
considerará que las
ofertas cuyos plazos de
entrega sobrepasen los
intervalos fijados no
responden a lo
solicitado en la
licitación. Dentro de
este intervalo
aceptable, como se
indica en los Datos de
la licitación, para los
fines de la evaluación
se agregará un ajuste
por cada semana al
precio de la oferta en
el caso de las ofertas
que indiquen que los
bienes serán entregados
después del período de
entrega más temprano
especificado en el Plan
de entregas.
O
iii) Los bienes comprendidos
en este Llamado a
licitación deberán ser
entregados (embarcados)
mediante embarques
parciales, según se
especifica en el Plan de
entregas. Las ofertas
que indiquen que los
bienes serán entregados
antes o después de las
fechas especificadas se
ajustarán para los fines
de la evaluación,
agregando al precio de
la oferta un factor
igual a un porcentaje,
especificado en los
Datos de la licitación,
del precio EXW/CIF/CIP
por cada semana de
diferencia con respecto
al plan de entregas
especificado.
c) Variaciones del plan de
pagos
i) Los licitantes cotizarán
el precio de su oferta
sobre la base del plan
de pagos establecido en
las Condiciones
Especiales del Contrato.
Las ofertas serán
evaluadas sobre la base
de este precio básico.
Sin embargo, los
licitantes podrán
ofrecer un plan
alternativo de pagos e
indicar qué reducción de
precios desean ofrecer
en dicho plan
alternativo. El
Comprador podrá
considerar el programa
alternativo de pagos que
haya ofrecido el
Licitante que resulte
seleccionado.
O
ii) Las Condiciones
Especiales del Contrato
indican el plan de pagos
que ofrece el Comprador.
Si una oferta se desvía
de ese plan y la
desviación es
considerada aceptable
por el Comprador, al
evaluar la oferta se
calcularán los intereses
devengados por los pagos
anticipados indicados en
las condiciones de la
oferta comparados con
los estipulados en el
Llamado a licitación, a
la tasa anual
especificada en los
Datos de la licitación.
d) Costo de los repuestos
i) La lista de las partidas
y cantidades de
importantes piezas
ensambladas, componentes
y repuestos, que
posiblemente se
necesiten durante el
período inicial de
funcionamiento
especificado en los
Datos de la licitación,
se presenta como anexo
de las Especificaciones
técnicas. El costo total
de estas partidas,
calculado sobre la base
de los precios unitarios
cotizados en cada
oferta, se agregará al
precio de la oferta.
O
ii) El Comprador preparará
una lista de componentes
y repuestos de gran
valor y frecuencia de
uso y estimará las
cantidades de éstos que
utilizará durante el
período inicial de
funcionamiento
especificado en los
Datos de la licitación.
El costo total de estas
partidas y cantidades
será calculado sobre la
base de los precios
unitarios de los
repuestos cotizados por
el Licitante y se
agregará al precio de la
oferta.
O
iii) El Comprador estimará el
costo de los repuestos
que se utilizarán
durante el período
inicial de
funcionamiento
especificado en los
Datos de la licitación,
sobre la base de la
información suministrada
por cada Licitante, la
propia experiencia del
Comprador o la de otros
compradores en
situaciones comparables.
Ese costo se sumará al
precio de la oferta para
los efectos de la
evaluación.
e) Disponibilidad de
repuestos y de talleres de
servicio en el país del
Comprador, con
posterioridad a la venta
El costo que tenga para el
Comprador el
establecimiento de las
instalaciones mínimas de
servicio y las existencias
de repuestos, indicados en
los Datos de la
licitación, será sumado al
precio de la oferta, si ha
sido cotizado por
separado.
f) Costo de operación y
mantenimiento
Debido a que los gastos de
operación y mantenimiento
de los bienes que se están
adquiriendo constituyen
una parte importante del
costo de su ciclo de vida
útil, estos costos serán
evaluados de acuerdo con
los criterios
especificados en los Datos
de la licitación o en las
Especificaciones técnicas.
g) Rendimiento y
productividad del equipo
i) De acuerdo con lo
solicitado en las
Especificaciones
técnicas, los licitantes
indicarán el rendimiento
o la eficiencia
garantizada del equipo.
Por cada disminución del
rendimiento o la
eficiencia por debajo de
la norma de 100, se
efectuará un ajuste por
una suma especificada en
los Datos de la
licitación, y el monto
resultante de dicho
ajuste se agregará al
precio cotizado por
concepto de valor
capitalizado del costo
de operación adicional
durante la vida de la
planta, empleando para
ello la metodología
indicada en los Datos de
la licitación o en las
Especificaciones
técnicas.
O
ii) Para que se pueda
considerar que se
ajustan a las
condiciones de la
licitación, los bienes
ofrecidos deberán tener
una productividad
mínima, estipulada en la
cláusula pertinente de
las Especificaciones
técnicas. La evaluación
se basará en el costo
unitario de la
productividad real de
los bienes objeto de la
oferta, y el ajuste se
agregará al precio de la
oferta empleando para
ello la metodología
indicada en los Datos de
la licitación o en las
Especificaciones
técnicas.
h) Criterios específicos
adicionales
En los Datos de la
licitación y/o en las
Especificaciones técnicas
se detallarán otros
criterios específicos que
se deban considerar en la
evaluación, así como el
método de evaluación.
27. Preferencia
nacional 27.1 En la comparación de ofertas
evaluadas, el Comprador
otorgará un margen de
preferencia a los bienes
manufacturados en su país, si
así lo especifica en los
Datos de la licitación y de
conformidad con los
procedimientos descritos en
las subcláusulas siguientes,
a condición de que el
Licitante demuestre, a
satisfacción del Comprador y
del Banco, que su oferta
reúne los requisitos
especificados en la
subcláusula 10.2 a) de las
IAL.
27.2 En primer lugar, el Comprador
revisará las ofertas a fin de
confirmar o, si es necesario,
modificar el grupo en que los
licitantes clasificaron sus
ofertas al preparar los
formularios de oferta y las
listas de precios, de
conformidad con las cláusulas
10 y 11 de las IAL.
27.3 Todas las ofertas de cada
grupo serán comparadas entre
sí para determinar la oferta
evaluada más baja de cada
grupo. Luego, la oferta más
baja evaluada de cada grupo
será comparada con las
ofertas más bajas evaluadas
de los otros grupos. Si de
esta comparación resultara
que una oferta del Grupo A o
del Grupo B es la más baja,
dicha oferta será
seleccionada para la
adjudicación del Contrato.
27.4 Si de la comparación antes
mencionada resultara que la
oferta más baja es del Grupo
C, todas las ofertas del
Grupo C serán comparadas con
la oferta más baja evaluada
del Grupo A, después de
haberse sumado al precio
evaluado de los bienes
importados incluidos en cada
oferta del Grupo C, solamente
para los fines de esta
segunda comparación:
a) el monto de los derechos
de aduana y otros
impuestos de importación
que un importador no
exento tendría que pagar
por la importación de los
bienes incluidos en cada
oferta del Grupo C;
O
b) el quince por ciento (15%)
del valor CIF (o CIP
frontera o CIP lugar de
destino convenido, según
sea el caso) de dichos
bienes cotizado en la
oferta, si los derechos de
aduana e impuestos
excedieran del quince por
ciento (15%) del precio
CIF (o CIP frontera o CIP
lugar de destino
convenido) de los bienes
en cuestión.
Si la oferta del Grupo A
resultara ser la más baja
en esta nueva comparación,
se le adjudicará el
Contrato. De lo contrario,
el Contrato se adjudicará
al Licitante del Grupo C
que haya presentado la
oferta evaluada como la
más baja en la comparación
efectuada conforme a la
subcláusula 27.3
precedente.
28. Comunicaciones 28.1 Si en el período que medie
con el Comprador entre la apertura de las
ofertas y la adjudicación
del Contrato un Licitante
quiere comunicarse con el
Comprador sobre algún asunto
relacionado con su oferta,
deberá hacerlo por escrito.
28.2 Cualquier intento por parte
de un Licitante de influir en
las decisiones del Comprador
en la evaluación y
comparación de las ofertas o
adjudicación del Contrato
podrá dar lugar al rechazo de
su oferta.
F. Adjudicación del Contrato
29. Poscalificación 29.1 En los casos en que no haya
habido precalificación, el
Comprador determinará, a su
satisfacción, si el Licitante
cuya oferta resultara ser la
oferta aceptable evaluada
como la más baja está o no
calificado para cumplir el
Contrato satisfactoriamente,
de acuerdo con los criterios
enumerados en la subcláusula
13.3 de las IAL.
29.2 En la determinación se tendrá
en cuenta la capacidad
financiera, técnica y de
producción del Licitante
sobre la base del examen de
las pruebas documentales de
las calificaciones del
Licitante presentadas por
éste, de conformidad con la
subcláusula 13.3 de las IAL,
así como de otras
informaciones que el
Comprador estime necesarias y
apropiadas.
29.3 La determinación afirmativa
será un requisito previo para
adjudicar el Contrato al
Licitante seleccionado. La
determinación negativa dará
por resultado el rechazo de
la oferta del Licitante, en
cuyo caso el Comprador
considerará la siguiente
oferta más baja evaluada con
el fin de determinar de
manera similar la capacidad
de ese Licitante para cumplir
satisfactoriamente el
Contrato.
30. Criterios para 30. Con sujeción a lo dispuesto
la adjudicación en la cláusula 32 de las IAL,
el Comprador adjudicará el
Contrato al Licitante cuya
oferta se ajuste
sustancialmente a los
documentos de licitación y
haya sido evaluada como la
más baja, a condición de que,
además, se haya determinado
que ese Licitante está
calificado para cumplir
satisfactoriamente el
Contrato.
31. Derecho del 31. El Comprador, en el momento
Comprador en que se adjudica el
a modificar las Contrato, se reserva el
cantidades en el derecho a aumentar o reducir,
momento de la en el porcentaje indicado en
adjudicación los Datos de la licitación,
la cantidad de bienes y
servicios especificados
originalmente en el Plan de
entregas, sin ninguna
variación del precio unitario
o de otros términos y
condiciones.
32. Derecho del 32. El Comprador se reserva el
Comprador a derecho a aceptar o rechazar
aceptar cualquier cualquier oferta, así como el
oferta y a rechazar derecho a anular el proceso
cualquiera o todas de licitación y rechazar
las ofertas todas las ofertas en
cualquier momento con
anterioridad a la
adjudicación del Contrato,
sin que por ello adquiera
responsabilidad alguna ante
el Licitante o los licitantes
afectados por esta decisión.
33. Notificación de
la adjudicación 33.1 Antes del vencimiento del
plazo de validez de la
oferta, el Comprador
notificará al Licitante
seleccionado, por carta
certificada o por cable
seguido de confirmación por
carta certificada, que su
oferta ha sido aceptada.
33.2 La notificación de la
adjudicación constituirá la
formación del Contrato.
33.3 Una vez que el Licitante
seleccionado haya presentado
la garantía de cumplimiento
de conformidad con la
cláusula 35 de las IAL, el
Comprador comunicará
prontamente el nombre del
Licitante ganador a cada uno
de los licitantes no
seleccionados y liberará las
respectivas garantías de las
ofertas, de conformidad con
la cláusula 15 de las IAL.
33.4 Si después de la notificación
de la adjudicación un
Licitante quiere averiguar
las razones por las que su
oferta no fue seleccionada,
deberá dirigir su consulta al
Comprador. El Comprador
deberá responder prontamente
por escrito al Licitante no
seleccionado.
34. Firma del
Contrato 34.1 El Comprador, al notificar al
Licitante seleccionado que su
oferta ha sido aceptada, le
enviará simultáneamente el
formulario del Contrato
incluido en los documentos de
licitación, en el cual se
habrán incorporado todos los
acuerdos entre las partes.
34.2 El Licitante seleccionado
tendrá un plazo de treinta
(30) días, a partir de la
fecha en que reciba el
formulario del Contrato, para
firmar, fechar y devolver el
Contrato al Comprador.
35. Garantía de 35.1 Dentro de los treinta (30)
cumplimiento días siguientes a la
notificación de la
adjudicación, el Licitante
suministrará la garantía de
cumplimiento de acuerdo con
las condiciones del Contrato,
utilizando para ello el
formulario de garantía de
cumplimiento incluido en los
documentos de licitación u
otro formulario que el
Comprador considere
aceptable.
35.2 El hecho de que el Licitante
seleccionado no cumpla lo
dispuesto en la subcláusula
34.2 o la subcláusula 35.1 de
las IAL constituirá causa
suficiente para la anulación
de la adjudicación y para
hacer efectiva la garantía de
seriedad de la oferta, en
cuyo caso el Comprador podrá
adjudicar el Contrato al
Licitante cuya oferta sea
evaluada como la segunda más
baja, o llamar a una nueva
licitación.
36. Fraude y 36.1 El Banco exige que todos los
Corrupción Prestatarios (incluidos los
beneficiarios de préstamos
concedidos por el Banco), así
como los licitantes,
proveedores, contratistas y
consultores que participen en
proyectos financiados por el
Banco, observen las más
estrictas normas de ética
durante el proceso de
licitación y de ejecución de
dichos contratos. Para dar
cumplimiento a esta política,
el Banco:
a) define, para los efectos
de esta disposición, las
siguientes expresiones:
i) 'práctica corrupta'
significa ofrecer,
aceptar o solicitar,
directa o
indirectamente,
cualquier cosa de valor
con el fin de influir la
actuación de un
funcionario público
durante el proceso de
licitación o a la
ejecución de un
contrato;
ii) 'práctica fraudulenta'
significa una
tergiversación o
supresión de hechos con
el fin de influir en el
proceso de licitación o
la ejecución de un
contrato;
iii) 'prácticas colusorias'
significa una
confabulación o arreglo
entre dos o más
licitantes con o sin el
consentimiento del
Prestatario, con el fin
de establecer precios de
ofertas a niveles
artificiales no
competitivos;
iv) 'prácticas coercitivas'
significa hacer daño o
amenazar de hacer daño,
directa o
indirectamente, a
personas o a su
propiedad para influir
su participación en un
proceso de adquisición,
o para afectar la
ejecución de un
contrato.
b) rechazará la propuesta de
adjudicación si determina
que el Licitante
seleccionado para dicha
adjudicación ha
participado directamente o
a través de un agente, en
actividades corruptas,
fraudulentas, colusorias o
coercitivas al competir
por el contrato en
cuestión;
c) anulará la porción del
préstamo asignada al
contrato si determina en
cualquier momento que los
representantes del
Prestatario o de un
beneficiario del préstamo
han participado en
prácticas corruptas,
fraudulentas, colusorias o
coercitivas durante el
proceso de licitación o de
la ejecución de dicho
contrato, y sin que el
Prestatario hubiera
adoptado medidas oportunas
y apropiadas que el Banco
considere satisfactorias
para corregir la
situación;
d) sancionará empresas o
individuos, inclusive
declarándolos inelegibles,
indefinidamente o por un
período determinado para
adjudicarles contratos
financiados por el Banco,
si en cualquier momento
determina que han
participado directamente o
a través de sus agentes,
en prácticas corruptas,
fraudulentas, colusorias o
coercitivas al competir o
ejecutar un contrato
financiado por el Banco;
e) tendrá el derecho a exigir
a los Licitantes,
proveedores, contratistas
y consultores que incluyan
en los Documentos de
Licitación y en los
contratos financiados con
un préstamo del Banco, una
disposición que le permita
al Banco, o a quien éste
designe, inspeccionar los
registros contables,
estados financieros y
otros documentos
relacionados con la
ejecución del contrato y
auditarlos por auditores
designados por el Banco.
36.2 Además, los licitantes
deberán tener presente las
provisiones establecidas en
las subcláusulas 5.4 y 24.1
de las Condiciones Generales
del Contrato.
Sección III
Datos de la licitación
Los siguientes datos específicos sobre los bienes que hayan de adquirirse complementarán, suplementarán o modificarán las disposiciones de las Instrucciones a los licitantes (IAL). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán por sobre las de las IAL.
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 26.04.2007, PAGINAS 10-11
Sección IV
Condiciones Generales del Contrato
1. Definiciones 1. En el presente Contrato, los
siguientes términos serán
interpretados de la manera
que se indica a continuación:
a) El 'Contrato' es el
convenio celebrado entre
el Comprador y el
Proveedor, según consta en
el formulario firmado por
las partes, incluidos
todos sus anexos y
apéndices y todos los
documentos incorporados a
él por referencia.
b) El 'Precio del Contrato'
es el precio pagadero al
Proveedor de conformidad
con el Contrato por el
debido y total
cumplimiento de sus
obligaciones
contractuales.
c) Los 'bienes' son todos
los equipos, maquinarias
y/u otros materiales que
el Proveedor esté obligado
a suministrar al Comprador
de conformidad con el
Contrato.
d) Los 'servicios' son
servicios complementarios
del suministro de los
bienes, tales como
transporte y seguro y
todos los servicios
conexos, como la
instalación, puesta en
funcionamiento, asistencia
técnica, capacitación y
otras obligaciones
similares del Proveedor
comprendidas en el
Contrato.
e) 'CGC' son las Condiciones
Generales del Contrato
contenidas en esta
sección.
f) 'CEC' son las Condiciones
Especiales del Contrato.
g) El 'Comprador' es la
organización que adquiere
los bienes, especificada
en las CEC.
h) El 'país del Comprador' es
el país especificado en
las CEC.
i) El 'Proveedor' es la
persona o empresa
especificada en las CEC
que ha de suministrar los
bienes y servicios en
virtud del Contrato.
j) El 'Banco Mundial' es el
Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento
(BIRF) o la Asociación
Internacional de Fomento
(AIF).
k) El 'lugar del proyecto',
cuando procede, significa
el lugar o lugares
especificados en las CEC.
l) 'Día' significa un día
civil (día calendario).
2. Aplicación 2. Las presentes Condiciones
Generales serán aplicables en
la medida en que no sean
reemplazadas por
disposiciones contenidas en
otras partes del Contrato.
3. País de origen 3.1 Todos los bienes y servicios
suministrados de conformidad
con el Contrato deberán tener
su origen en los países y
territorios elegibles de
conformidad con las normas
del Banco Mundial, como se
explica con mayores detalles
en las CEC.
3.2 Para los efectos de esta
cláusula, 'origen' es el
lugar en que los bienes hayan
sido extraídos, cultivados o
producidos, o desde el cual
se suministren los servicios.
Se produce un bien cuando,
por medio de la fabricación,
elaboración o ensamble
importante de los componentes
se obtiene un nuevo producto
comercialmente reconocible
que difiere sustancialmente
de sus componentes en lo que
respecta a sus
características básicas o a
sus fines o su uso.
3.3 El origen de los bienes y
servicios puede ser diferente
de la nacionalidad del
Proveedor.
4. Normas de
calidad 4. Los bienes suministrados de
conformidad con el presente
Contrato se ajustarán a las
normas de calidad mencionadas
en las Especificaciones
técnicas y, cuando no se
mencionen en ellas normas
aplicables, a las normas de
calidad oficiales cuya
aplicación sea apropiada en
el país de origen de los
bienes. Esas normas deberán
ser las más recientes
adoptadas por la institución
que corresponda.
5. Uso de los 5.1 El Proveedor no revelará, sin
documentos previo consentimiento escrito
contractuales e del Comprador, el Contrato ni
información; ninguna de sus disposiciones,
inspección y ni ninguna especificación,
auditoría por plano, diseño, patrón,
el Banco muestra o información
suministrada por el Comprador
o en su nombre que se
relacione con el Contrato,
a ninguna persona salvo el
personal contratado por el
Proveedor a los efectos del
cumplimiento del Contrato. La
información que se suministre
al personal contratado será
confidencial y sólo se la
suministrará en la medida en
que sea necesaria para el
cumplimiento del Contrato.
5.2 El Proveedor no utilizará,
sin previo consentimiento por
escrito del Comprador,
ninguno de los documentos o
información indicados en la
subcláusula 5.1 de las CGC,
salvo a los efectos del
cumplimiento del Contrato.
5.3 Los documentos indicados en
la subcláusula 5.1 de las
CGC, con excepción del propio
Contrato, seguirán siendo de
propiedad del Comprador y, si
éste lo requiriese, le serán
devueltos (en todos sus
ejemplares) una vez que el
Proveedor haya cumplido el
Contrato.
5.4 El Proveedor permitirá al
Banco inspeccionar cuentas y
registros contables del
Proveedor relacionados con la
ejecución del Contrato y
hacerlas verificar por
auditores contratados por el
Banco, si así lo requiere el
Banco.
6. Derechos
de patente 6. El Proveedor indemnizará al
Comprador en caso de
reclamaciones de terceros
relacionadas con
transgresiones de derechos de
patente, marca registrada o
diseño industrial causadas
por la utilización de los
bienes o parte de ellos en el
país del Comprador.
7. Garantía de 7.1 El Licitante seleccionado,
cumplimiento dentro de los treinta (30)
días siguientes a la fecha en
que reciba la notificación de
adjudicación del Contrato,
otorgará una garantía de
cumplimiento al Comprador por
el monto especificado en las
CEC.
7.2 El monto de la garantía de
cumplimiento será pagadero al
Comprador como indemnización
por las pérdidas que le
ocasionare el incumplimiento
de las obligaciones del
Proveedor con respecto al
Contrato.
7.3 La garantía de cumplimiento
estará denominada en la misma
moneda que el Contrato o en
cualquier otra moneda de
libre convertibilidad que el
Comprador considere
aceptable, y se presentará en
una de las siguientes
modalidades:
a) garantía bancaria o carta
de crédito irrevocable
emitida por un banco de
prestigio establecido en
el país del Comprador o en
el extranjero, que el
Comprador considere
aceptable, en la forma
indicada en los documentos
de licitación o en otra
forma que el Comprador
considere aceptable, o
b) un cheque de caja o un
cheque certificado.
7.4 La garantía de cumplimiento
será liberada por el
Comprador y devuelta al
Proveedor a más tardar
treinta (30) días después de
la fecha en que el Proveedor
haya cumplido todas sus
obligaciones contractuales,
incluidas las relativas a la
garantía de calidad de los
bienes, salvo indicación
contraria en las CEC.
8. Inspección 8.1 El Comprador o su
y pruebas representante tendrán derecho
a inspeccionar los bienes y/o
someterlos a prueba, sin
costo adicional alguno, a fin
de verificar su conformidad
con las especificaciones del
Contrato. En las CEC y en las
Especificaciones técnicas se
estipularán las inspecciones
y pruebas que requiera el
Comprador y el lugar en que
habrán de efectuarse. El
Comprador notificará por
escrito al Proveedor,
oportunamente, la identidad
de todo representante
designado para estos fines.
8.2 Las inspecciones y pruebas
podrán realizarse en las
instalaciones del Proveedor o
de su(s) subcontratista(s),
en el lugar de entregas y/o
en el lugar de destino final
de los bienes. Cuando sean
realizadas en recintos del
Proveedor o de su(s)
subcontratista(s), se
proporcionarán a los
inspectores todas las
facilidades y asistencia
razonables, incluido el
acceso a los planos y a los
datos sobre producción, sin
cargo alguno para el
Comprador.
8.3 Si los bienes inspeccionados
o probados no se ajustan a
las especificaciones, el
Comprador podrá rechazarlos y
el Proveedor deberá, sin
cargo para el Comprador,
reemplazarlos o hacerles
todas las modificaciones
necesarias para que ellos
cumplan con las
especificaciones.
8.4 La inspección, prueba o
aprobación de los bienes por
el Comprador o sus
representantes con
anterioridad a su embarque
desde el país de origen no
limitará ni anulará en modo
alguno el derecho del
Comprador a inspeccionar,
someter a prueba y, cuando
fuere necesario, rechazar los
bienes una vez que lleguen a
su país.
8.5 Nada de lo dispuesto en la
cláusula 8 de las CGC
liberará al Proveedor de sus
obligaciones en materia de
garantía o de otra índole
estipuladas en este Contrato.
9. Embalaje 9.1 El Proveedor embalará los
bienes en la forma necesaria
para impedir que se dañen o
deterioren durante el
transporte al lugar de
destino final indicado en el
Contrato. El embalaje deberá
ser adecuado para resistir,
sin limitaciones, su
manipulación brusca y
descuidada y su exposición a
temperaturas extremas, la sal
y las precipitaciones durante
la travesía, y su
almacenamiento en espacios
abiertos. En el tamaño y peso
de los embalajes se tendrá en
cuenta, cuando sea del caso,
la lejanía del lugar de
destino final de los bienes y
la carencia de equipo pesado
de carga y descarga en todos
los puntos en que los bienes
deban trasbordarse.
9.2 El embalaje, las marcas y los
documentos que se coloquen
dentro y fuera de los bultos
deberán cumplir estrictamente
los requisitos especiales que
se hayan consignado en el
Contrato, y cualquier otro
requisito, si lo hubiere,
especificado en las CEC y en
cualesquiera otras
instrucciones dadas por el
Comprador.
10. Entrega y 10.1 El Proveedor hará entrega de
documentos los bienes al Comprador de
acuerdo con lo dispuesto en
el Plan de entregas. Los
detalles de los documentos de
embarque y de otro tipo que
deba suministrar el Proveedor
se indican en las CEC.
10.2 Para los fines del Contrato,
los términos 'EXW', 'FOB',
'FCA', 'CIF', 'CIP' y otros
términos comerciales
utilizados para describir las
obligaciones de las partes
tendrán el significado que se
asigne a dichos términos en
la edición vigente de la
publicación conocida como
Inco-terms, publicada por la
Cámara de Comercio
Internacional, París.
10.3 Los documentos que debe
suministrar el Proveedor se
especifican en las CEC.
11. Seguros 11.1 Todos los bienes
suministrados en virtud del
Contrato estarán totalmente
asegurados, en una moneda de
libre convertibilidad, en la
forma especificada en las
CEC, contra los daños o
perjuicios que pudieran
ocurrir durante su
fabricación o adquisición,
transporte, almacenamiento y
entrega.
11.2 Cuando el Comprador requiera
que la entrega de los bienes
sea sobre la base CIF o CIP,
el Proveedor contratará y
pagará el seguro, designando
al Comprador como
beneficiario. Cuando la
entrega sea FOB o FCA, el
Comprador será responsable de
la contratación del seguro.
12. Transporte 12.1 Cuando en virtud del Contrato
el Proveedor deba entregar
los bienes FOB, éste se
encargará de contratar y
pagar el transporte de esos
bienes, incluida su
colocación sobre la cubierta
del barco, en el puerto de
carga especificado. El costo
de dicho transporte deberá
incluirse en el Precio del
Contrato. Cuando en virtud
del Contrato el Proveedor
deba entregar los bienes FCA,
el transporte de los bienes y
su entrega hasta ponerlos
bajo la custodia del
transportista en el lugar
indicado por el Comprador o
en otro punto convenido será
contratado y pagado por el
Proveedor y su costo deberá
incluirse en el Precio del
Contrato.
12.2 Cuando en virtud del Contrato
el Proveedor deba entregar
los bienes CIF o CIP, el
transporte de los bienes
hasta el puerto u otro lugar
de destino en el país del
Comprador que se especifique
en el Contrato será
contratado y pagado por el
Proveedor, y su costo deberá
incluirse en el Precio del
Contrato.
12.3 Cuando en virtud del Contrato
el Proveedor deba transportar
los bienes hasta un lugar de
destino especificado en el
país del Comprador, definido
como el lugar del proyecto,
el transporte hasta dicho
punto de destino en el país
del Comprador, incluidos el
seguro y el almacenamiento,
como se indicará en el
Contrato, será contratado por
el Proveedor, y el costo
correspondiente deberá
incluirse en el Precio del
Contrato.
12.4 Cuando en virtud del Contrato
el Proveedor deba entregar
los bienes CIF o CIP, no se
impondrá ninguna restricción
respecto a la elección del
transportista. Cuando en
virtud del Contrato el
Proveedor deba a) entregar
los bienes FOB o FCA y b)
organizar por encargo y a
costo del Comprador el
transporte internacional en
barcos especificados o de
bandera del país del
Comprador, el Proveedor podrá
contratar los fletes con
otros transportistas si los
barcos especificados o de
bandera del país del
Comprador no estuvieran
disponibles para transportar
los bienes dentro del (de
los) plazo(s) de entrega
especificado(s) en el
Contrato.
13. Servicios
conexos 13.1 El Proveedor deberá prestar
uno o más de los siguientes
servicios, además de los
servicios adicionales, si los
hubiere, especificados en las
CEC:
a) ejecutar o supervisar en
el lugar del proyecto el
montaje y/o la puesta en
marcha de los bienes
suministrados;
b) proveer las herramientas
necesarias para el montaje
y/o mantenimiento de los
bienes suministrados;
c) proveer un manual
detallado de operación y
mantenimiento para cada
unidad apropiada de los
bienes suministrados;
d) ejecutar o supervisar el
mantenimiento y/o la
reparación de los bienes
suministrados por un
período convenido entre
las partes, entendiéndose
que estos servicios no
eximirán al Proveedor de
ninguna de las
obligaciones que le impone
el Contrato en materia de
garantía, y
e) capacitar al personal del
Comprador, en las
instalaciones del
Proveedor y/o en el lugar
del proyecto, para el
montaje, puesta en marcha,
operación, mantenimiento
y/o reparación de los
bienes suministrados.
13.2 Los precios que cobre el
Proveedor por los servicios
conexos antedichos, si no
hubieren sido incluidos en el
Precio del Contrato de los
bienes, serán convenidos de
antemano por las partes y no
serán superiores a los
precios vigentes que el
Proveedor cobre a otros
clientes por servicios
similares.
14. Repuestos 14. Según se especifique en las
CEC, podrá exigirse al
Proveedor que suministre
cualquiera de los siguientes
materiales, notificaciones e
información respecto a los
repuestos que fabrique o
distribuya el Proveedor:
a) los repuestos que el
Comprador desee comprar al
Proveedor, entendiéndose
que ello no eximirá al
Proveedor de ninguna de
las obligaciones que le
impone el Contrato en
materia de garantías, y
b) en caso de que se vayan a
dejar de producir los
repuestos:
i) notificación anticipada
al Comprador de que los
repuestos dejarán de
fabricarse, con
antelación suficiente
para que el Comprador
pueda adquirir las
cantidades que necesite,
y
ii) una vez que los
repuestos se dejen de
producir, los planos,
diseños y
especificaciones de los
repuestos, si el
Comprador los
solicitare, sin costo
para éste.
15. Garantía de 15.1 El Proveedor garantiza que
los bienes todos los bienes
suministrados en virtud del
Contrato son nuevos, sin uso,
del modelo más reciente o
actual e incorporan todas las
mejoras recientes en cuanto a
diseño y materiales, a menos
que el Contrato disponga otra
cosa. El Proveedor garantiza
además que todos los bienes
suministrados en virtud del
Contrato estarán libres de
defectos resultantes del
diseño, los materiales o la
mano de obra (salvo que el
Comprador haya especificado
el diseño y/o los materiales)
o de algún acto u omisión del
Proveedor, que puedan
manifestarse durante el uso
normal de los bienes en las
condiciones imperantes en el
país de destino final.
15.2 Salvo que se especifique otra
cosa en las CEC, la garantía
permanecerá en vigor durante
el período que termine
primero de los dos
siguientes: doce (12) meses a
partir de la fecha en que los
bienes hayan sido entregados
en su totalidad, o en parte
si fuese el caso, y hayan
sido aceptados en el punto
final de destino indicado en
el Contrato, o dieciocho (18)
meses a partir de la fecha de
embarque en el puerto o lugar
de carga en el país de
origen.
15.3 El Comprador notificará
prontamente al Proveedor, por
escrito, cualquier
reclamación cubierta por esta
garantía.
15.4 Al recibir esa notificación,
el Proveedor reparará o
reemplazará, en el período
especificado en las CEC con
rapidez razonable, los bienes
defectuosos en su totalidad o
en parte, sin costo alguno
para el Comprador salvo,
cuando proceda, el costo del
transporte dentro del país de
los bienes reparados o
reemplazados en su totalidad
o en parte desde EXW o desde
el puerto o lugar de destino
convenido hasta el punto
final de destino.
15.5 Si el Proveedor, después de
haber sido notificado, no
subsanase el o los defectos
dentro del plazo estipulado
en las CEC, el Comprador
podrá tomar las medidas
necesarias para corregir la
situación, por cuenta y
riesgo del Proveedor y sin
perjuicio de los demás
derechos que el Comprador
pueda tener con respecto al
Proveedor en virtud del
Contrato.
16. Pago 16.1 La forma y condiciones en que
se efectuarán los pagos al
Proveedor en virtud del
Contrato se especificarán en
las CEC.
16.2 El Proveedor presentará al
Comprador solicitudes de pago
por escrito, adjuntando
facturas que describan,
cuando proceda, los bienes
entregados y los servicios
realizados y documentos de
embarque, de acuerdo con la
cláusula 10 de las CGC, y
después de haber cumplido
otras obligaciones
estipuladas en el Contrato.
16.3 El Comprador efectuará los
pagos con prontitud, sin
exceder en ningún caso un
plazo de sesenta (60) días a
partir de la fecha en que el
Proveedor haya presentado una
factura o solicitud de pago.
16.4 La moneda o monedas en que
deba efectuarse el pago al
Proveedor de conformidad con
el Contrato se especificarán
en las CEC, con sujeción al
siguiente principio general:
el pago se efectuará en la
moneda o monedas en que haya
sido solicitado en la oferta
del Proveedor.
16.5 Todos los pagos se efectuarán
en la moneda o monedas
especificadas en las CEC
según lo dispuesto en la
subcláusula 16.4 precedente
de las CGC. Si en el país de
la moneda especificada tanto
dicha moneda como el euro son
válidos debido a la adhesión
del país a la Unión Monetaria
Europea, los pagos también
pueden efectuarse en euros.
En el caso de que la moneda
especificada haya dejado de
tener validez en el país de
dicha moneda en razón de la
adhesión de ese país a la
Unidad Monetaria Europea, los
pagos se efectuarán en el
monto correspondiente en
euros. La conversión a euros
del monto de la moneda
especificada se realizará en
ambos casos de conformidad
con la tasa de conversión
establecida por ley que sea
aplicable en el país de la
moneda especificada.
17. Precios 17. Los precios facturados por el
Proveedor por los bienes
entregados y los servicios
prestados de conformidad con
el Contrato no diferirán de
los que haya cotizado en su
oferta, con la excepción de
los ajustes de precios
autorizados en las CEC o en
la solicitud de prórroga de
la validez de la oferta
presentada por el Comprador,
según sea el caso.
18. Órdenes
de cambio 18.1 El Comprador podrá, en
cualquier momento, mediante
orden escrita al Proveedor de
acuerdo a la cláusula 32 de
las CGC, efectuar cambios
dentro del marco general del
Contrato en uno o más de los
siguientes aspectos.
a) planos, diseños o
especificaciones, cuando
los bienes que deban
suministrarse de
conformidad al Contrato
hayan de ser fabricados
específicamente para el
Comprador;
b) la forma de embarque o de
embalaje;
c) el lugar de entrega, y/o
d) los servicios que haya de
suministrar el Proveedor.
18.2 Si cualquiera de estos
cambios causara un aumento o
disminución del costo o del
tiempo necesario para que el
Proveedor ejecute cualquier
parte de los trabajos
comprendidos en el Contrato,
se efectuará un ajuste
equitativo del Precio del
Contrato o el plan de
entregas, o ambas cosas, y el
Contrato se enmendará
correspondientemente. El
Proveedor presentará las
solicitudes de ajuste que se
originen en esta cláusula
dentro de los treinta (30)
días siguientes a la fecha en
que reciba la orden de cambio
del Comprador.
19. Modificaciones 19. Con sujeción a lo dispuesto
del Contrato en la cláusula 18 de las CGC,
toda variación o modificación
de las condiciones del
Contrato sólo se efectuará
mediante enmienda escrita
firmada por las partes.
20. Cesión 20. El Proveedor no cederá la
totalidad o parte de las
obligaciones que haya
contraído en virtud del
Contrato, excepto con el
consentimiento previo, por
escrito, del Comprador
.
21. Subcontratos 21.1 El Proveedor notificará al
Comprador por escrito todos
los subcontratos que
adjudique en virtud del
Contrato, si no los hubiera
especificado en su oferta.
Dicha notificación, así haya
sido incluida en la oferta o
efectuada posteriormente, no
eximirá al Proveedor de
ninguna de sus
responsabilidades u
obligaciones contraídas en
virtud del Contrato.
21.2 Los subcontratos deberán
cumplir las disposiciones de
la cláusula 3 de las CGC.
22. Demoras del 22.1 El Proveedor suministrará los
Proveedor bienes y servicios de acuerdo
con el cronograma
especificado por el Comprador
en el Plan de entregas.
22.2 Si en cualquier momento
durante la ejecución del
Contrato el Proveedor o su(s)
subcontratista(s) se viera(n)
en una situación que impida
el suministro oportuno de los
bienes o servicios, el
Proveedor notificará de
inmediato al Comprador, por
escrito, la demora, su
duración posible y su(s)
causa(s). El Comprador, tan
pronto como sea posible
después de recibir la
notificación, evaluará la
situación y podrá, a su
discreción, prorrogar el
plazo del suministro, con o
sin liquidación de daños y
perjuicios, en cuyo caso la
prórroga será ratificada por
las partes mediante enmienda
del Contrato.
22.3 Con excepción de lo dispuesto
en la cláusula 25 de las CGC,
las demoras del Proveedor en
el cumplimiento de sus
obligaciones relativas a
entregas pondrán al Proveedor
en situación de que se le
imponga la liquidación por
daños y perjuicios de acuerdo
con la cláusula 23 de las
CGC, a menos que el Proveedor
y el Comprador acuerden una
prórroga de conformidad con
la subcláusula 22.2 de dichas
condiciones.
23. Liquidación por 23. Si el Proveedor no
daños y suministrara los bienes o
perjuicios servicios, en su totalidad o
en parte, dentro del (de los)
plazo(s) especificado(s) en
el Contrato de conformidad
con la cláusula 25 de las
CGC, el Comprador, sin
perjuicio de los demás
recursos que tenga en virtud
del Contrato, podrá deducir
del precio de éste, por
concepto de liquidación de
daños y perjuicios, una suma
equivalente al porcentaje del
precio en el punto de entrega
de los bienes demorados o los
servicios no suministrados
que se indique en las CEC,
por cada semana, o parte de
una semana, de demora hasta
que la entrega o la
prestación tenga lugar, hasta
un máximo del porcentaje
especificado en dichas
condiciones. Una vez
alcanzado ese máximo, el
Comprador podrá considerar la
rescisión del Contrato
conforme a la cláusula 24 de
las CGC.
24. Rescisión por 24.1 El Comprador podrá, sin
incumplimiento perjuicio de los demás
recursos que tenga en caso de
incumplimiento del Contrato
por parte del Proveedor,
rescindir el Contrato en su
totalidad o en parte mediante
notificación escrita al
Proveedor, si:
a) el Proveedor no entrega
cualquiera o todos los
bienes dentro del (de los)
plazo(s) fijado(s) en el
Contrato, o ya
prorrogado(s) por el
Comprador de acuerdo con
la cláusula 22 de las CGC,
o
b) el Proveedor no cumple
cualquier otra de las
obligaciones en virtud del
Contrato, o
c) el Proveedor, a juicio del
Comprador, ha empleado
prácticas corruptas o
fraudulentas al competir
por el Contrato, o durante
la ejecución de dicho
Contrato.
Para los propósitos de esta
cláusula:
'práctica corrupta' significa
ofrecer, dar, recibir o
solicitar cualquier cosa de
valor con el fin de influir
en la actuación de un
funcionario público durante
el proceso de adquisición o
en la ejecución del Contrato.
'práctica fraudulenta'
significa una tergiversación
de los hechos con el fin de
influir en un proceso de
adquisición o en la ejecución
de un contrato en detrimento
del Prestatario, e incluye
prácticas de colusión entre
licitantes (antes o después
de la presentación de
ofertas) con el fin de
establecer precios de oferta
a niveles artificiales, no
competitivos, y privar así al
Prestatario de los beneficios
de una competencia libre y
abierta.
24.2 El Comprador, si rescindiera
el Contrato en todo o en
parte, de conformidad con la
subcláusula 24.1 de las CGC,
podrá adquirir en las
condiciones y forma que
considere apropiadas, bienes
o servicios similares a los
no suministrados, y el
Proveedor deberá pagar al
Comprador todo costo
adicional resultante. No
obstante, el Proveedor deberá
seguir cumpliendo las
obligaciones que le imponga
la parte del Contrato que no
haya sido rescindida.
25. Fuerza mayor 25.1 No obstante lo dispuesto en
las cláusulas 22, 23 y 24 de
las CGC, el Proveedor no
estará sujeto a la ejecución
de la garantía de
cumplimiento, a la
liquidación por daños y
perjuicios o a la rescisión
del Contrato por
incumplimiento en el caso y
en la medida en que la demora
en el cumplimiento o el
incumplimiento de sus
obligaciones en virtud del
Contrato se deban a un evento
de fuerza mayor.
25.2 Para los efectos de esta
cláusula, se entenderá por
'fuerza mayor' una situación
incontrolable por el
Proveedor, que no se deba a
una falta o negligencia suya,
e imprevisible. Tales eventos
pueden incluir —sin que esta
enumeración sea taxativa—
acciones del Comprador en su
calidad soberana, guerras o
revoluciones, incendios,
inundaciones, epidemias,
restricciones por cuarentenas
y embargos de la carga.
25.3 Si se presentase una
situación de fuerza mayor, el
Proveedor notificará
prontamente y por escrito al
Comprador sobre dicha
situación y sus causas.
Excepto cuando reciba
instrucciones en sentido
contrario y por escrito del
Comprador, el Proveedor
continuará cumpliendo las
obligaciones que le imponga
el Contrato en la medida en
que esto sea razonablemente
práctico, y tratará de
encontrar todos los medios
alternativos para cumplir que
sean razonables y no queden
excluidos por esa situación
de fuerza mayor.
26. Rescisión por 26. El Comprador podrá rescindir
insolvencia el Contrato en cualquier
momento mediante notificación
por escrito al Proveedor, sin
indemnización alguna al
Proveedor, si éste fuese
declarado en quiebra o
insolvente, siempre que dicha
rescisión no perjudique o
afecte a ningún derecho a
acción o recurso que tenga o
pudiera tener el Comprador.
27. Rescisión por 27.1 El Comprador podrá en
conveniencia cualquier momento rescindir
total o parcialmente el
Contrato por razones de
conveniencia, mediante
notificación escrita al
Proveedor. La notificación
indicará que la rescisión se
debe a conveniencia del
Comprador, en qué medida se
rescinden las obligaciones
del Proveedor en virtud del
Contrato, y la fecha en que
la rescisión entrará en
vigor.
27.2 Los bienes que estén
terminados y listos para su
envío dentro de los treinta
(30) días siguientes a la
fecha de recepción de la
notificación de rescisión
serán adquiridos por el
Comprador en las condiciones
y a los precios establecidos
en el Contrato. Con respecto
a los demás bienes, el
Comprador podrá elegir entre
lo siguiente:
a) que se complete y entregue
cualquier parte de los
bienes en las condiciones
y a los precios
establecidos en el
Contrato, y/o
b) que se cancele el resto y
se pague al Proveedor una
suma convenida por los
bienes y servicios
parcialmente terminados y
por los materiales y
repuestos comprados
previamente por el
Proveedor.
28. Solución de 28.1 Si surge una controversia o
controversias diferencia de cualquier clase
entre el Comprador y el
Proveedor en relación con el
Contrato o a raíz de éste,
las partes harán todo lo
posible por resolver dicha
controversia o diferencia en
forma amistosa, mediante
consultas entre ellas.
28.2 Si después de transcurridos
treinta (30) días el
Comprador y el Proveedor no
han podido resolver su
controversia o diferencia
mediante tales consultas,
cualquiera de las partes
puede notificar a la otra
parte su intención de iniciar
un procedimiento de arbitraje
con respecto al asunto en
disputa, conforme a las
disposiciones que se indican
a continuación; no se podrá
iniciar un procedimiento de
arbitraje con respecto a
dicho asunto si no se ha
emitido la mencionada
notificación.
28.2.1 Toda controversia o
diferencia respecto
de la cual se haya
notificado la
intención de iniciar
un procedimiento de
arbitraje de
conformidad con lo
dispuesto en la
presente cláusula se
resolverá
definitivamente
mediante arbitraje.
El arbitraje puede
iniciarse antes o
después de la entrega
de los bienes
incluidos en el
Contrato.
28.2.2 El procedimiento de
arbitraje se llevará
a cabo conforme al
reglamento
especificado en las
CEC.
28.3 No obstante cualquier
referencia que se haga aquí
al arbitraje,
a) las partes continuarán
cumpliendo sus respectivas
obligaciones
contractuales, a menos que
convengan en otra cosa, y
b) el Comprador pagará al
Proveedor toda suma que le
adeude al Proveedor.
29. Limitación de 29. Excepto en los casos de
responsabilidad negligencia criminal o
de dolo, y en caso de
transgresión en virtud de lo
dispuesto en la cláusula 6,
a) el Proveedor no tendrá
ninguna responsabilidad
contractual,
extracontractual o de otra
índole frente al Comprador
por las pérdidas o daños
indirectos, las pérdidas
del uso o de la
producción, el lucro
cesante o el costo de los
intereses, estipulándose
que dicha exclusión no se
aplicará a las
obligaciones del Proveedor
de pagar al Comprador los
daños y perjuicios
previstos en el Contrato,
y
b) la responsabilidad global
del Proveedor frente al
Comprador, sea ésta
contractual,
extracontractual o de otra
índole, no excederá del
total del Precio del
Contrato, estipulándose
que tal limitación de
responsabilidad no se
aplicará al costo que
entrañe reparar o
sustituir los equipos
defectuosos.
30. Idioma 30. El Contrato se redactará en
el idioma que se indique en
las CEC. Con sujeción a la
cláusula 31 de las CGC, la
versión de éste redactada en
el idioma especificado
prevalecerá para la
interpretación del Contrato.
Toda la correspondencia y
otros documentos relativos al
Contrato que intercambien las
partes serán redactados en
ese mismo idioma.
31. Leyes aplicables 31. El Contrato se interpretará
de conformidad con las leyes
del país del Comprador, a
menos que se especifique otra
cosa en las CEC.
32. Notificaciones 32.1 Toda notificación entre las
partes en virtud del Contrato
se hará por escrito o por
cable, télex o fax y será
confirmada por escrito a la
parte que corresponda, a la
dirección especificada para
tal fin en las CEC.
32.2 La notificación entrará en
vigor en el momento de su
entrega o en la fecha de
entrada en vigor que se
especifique en la
notificación, si dicha fecha
fuese posterior.
33. Impuestos y 33.1 El Proveedor extranjero será
derechos totalmente responsable del
pago de todos los impuestos,
derechos de timbre, derechos
de licencia y otros
gravámenes que sean exigibles
fuera del país del Comprador.
33.2 El Proveedor nacional será
totalmente responsable por
todos los impuestos,
derechos, derechos de
licencia, etc., que haya que
pagar hasta el momento en que
los bienes contratados sean
entregados al Comprador.
Sección V
Condiciones Especiales del Contrato
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de conflicto, las disposiciones que aquí se indican prevalecerán sobre las de las CGC. El número de la cláusula correspondiente de las CGC está indicado entre paréntesis.
1. Definiciones (cláusula 1 de las CGC)
El Comprador es: Dirección de Presupuestos, Proyecto SIGFE.
El país del Comprador es: República de Chile.
El Proveedor es: El proponente adjudicado.
Entiéndase día civil (día calendario): día corrido.
2. Aplicación (cláusula 2 de las CGC)
Entiéndase que estas disposiciones son las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).
3. País de origen (cláusula 3 de las CGC)
Todos los países y territorios indicados en la Sección IX de los documentos de licitación, titulada 'Elegibilidad para el suministro de bienes y servicios y la contratación de obras en las adquisiciones financiadas por el Banco'.
4. Garantía de cumplimiento (cláusula 7 de las CGC)
El monto de la garantía de cumplimiento, como porcentaje del Precio del Contrato, ascenderá al 10 % del precio del contrato.
El monto de la garantía de cumplimiento será pagadero al comprador por el incumplimiento de las obligaciones del proveedor con respecto al contrato.
Una vez que los bienes y servicios hayan sido entregados y aceptados, la garantía de cumplimiento se reducirá al cinco por ciento (5%) del Precio del Contrato para cubrir las obligaciones del Proveedor en cuanto a garantía de calidad, de acuerdo con la subcláusula 15.2 de las CGC; dicha garantía tendrá una duración de 36 meses a partir de la recepción final de los bienes (indicada en las especificaciones técnicas del ítem A, Sección VII).
La Subcláusula 7.3 letra b) de las CGC No Aplica
5. Inspección y pruebas (cláusula 8 de las CGC)
Todas las pruebas asociadas a las especificaciones técnicas se efectuarán in situ (en terreno), en los puntos de destino, antes de finalizado el Plan de Entregas.
Se realizará una inspección final una vez terminado el período de pruebas. Todos los bienes serán sometidos a pruebas.
6. Embalaje (cláusula 9 de las CGC)
El embalaje debe garantizar que los bienes lleguen en perfecto estado al lugar de su instalación.
7. Entrega y documentos (cláusula 10 de las CGC)
En el caso de bienes importados:
Subcláusula 10.3 de las CGC—Una vez realizado el embarque, el Proveedor notificará al Comprador y a la compañía de seguros, por escrito, todos los detalles del embarque, que comprenderán el número del Contrato, una descripción de los bienes, las cantidades, el nombre de la embarcación, el número y la fecha del conocimiento de embarque, el puerto de embarque, la fecha de embarque, el puerto de descarga, etc. El Proveedor enviará por correo al Comprador, con copia a la compañía de seguros, los siguientes documentos:
i) Copias de las facturas separadas por el valor correspondiente a la cantidad de equipos entregados, indicando la descripción, cantidad, precio unitario y monto total de los bienes.
ii) Original y 2 copias del conocimiento de embarque negociable (copias auténticas de cartas de crédito), limpio a bordo (lista de bienes aceptada por la Empresa), con la indicación 'flete pagado' y 2 copias del conocimiento de embarque no negociable (fotocopias simples de cartas de crédito);
iii) copias de la lista de embarque, con indicación del contenido de cada bulto;
iv) certificado de seguro;
v) certificado de garantía del fabricante o Proveedor;
vi) certificado de inspección, emitido por la entidad inspectora autorizada, y el informe de inspección de la fábrica del Proveedor, y
vii) certificado de origen.
viii)Pólizas de seguros
ix) Copia contrato con empresa de transporte interno para distribución de los bienes a cada institución.
El Comprador deberá recibir los documentos antes mencionados por lo menos una semana antes de la llegada de los bienes al puerto o lugar de destino y, si no los recibe, el Proveedor será responsable por cualquier gasto resultante de ello.
En el caso de bienes nacionales:
Subcláusula 10.3 de las CGC—Una vez entregados los bienes al transportista, el Proveedor notificará al Comprador y le enviará por correo los siguientes documentos:
i) Copias de las facturas separadas por el valor correspondiente a la cantidad de equipos entregados, indicando la descripción, cantidad, precio unitario y monto total de los bienes.
ii) nota de entrega, recibo de ferrocarril o recibo para transporte por camión;
iii) certificado de garantía del fabricante o Proveedor;
iv) certificado de inspección emitido por la entidad inspectora autorizada e informe de inspección de la fábrica del Proveedor, y
v) certificado de origen.
vi) Pólizas de seguros
vii) Copia contrato con empresa de transporte interno para distribución de los bienes a cada institución.
El Comprador deberá recibir los documentos arriba mencionados, con una antelación de 5 días, a la llegada de los bienes.
8. Seguros (cláusula 11 de las CGC)
El monto del seguro será equivalente al cien por ciento (100%) del valor CIP de los bienes de 'bodega' a 'bodega', del tipo 'contra todo riesgo', con cláusulas de riesgo de guerra y huelgas.
9. Servicios conexos (cláusula 13 de las CGC) Subcláusula 13.1 de las CGC—Se suministrarán los siguientes servicios conexos adicionales:
* Garantía de funcionamiento de los bienes conforme a la cláusula 11 de las CEC.
10. Repuestos (cláusula 14 de las CGC)
No aplica
11. Garantía de los bienes (cláusula 15 de las CGC) Ítems Servidores de Aplicación, Servidores de Administración y Rack Blade:
El Proveedor deberá proporcionar soporte para reemplazo de piezas y partes al hardware por un período de 36 meses, con al menos las siguientes características:
* Soporte local en sitio y telefónico.
* En idioma español
* Con tiempo de respuesta máximo de cuatro (4) horas
* Cobertura 24x7x365 sin distinción de horario y día.
* Capacidad de escalamiento al fabricante
* Mesa de ayuda para solicitud de soporte.
Ítems Licencias de Software:
El Proveedor deberá proporcionar soporte a los software por un período de 36 meses, con al menos las siguientes características:
* Soporte local en sitio y telefónico.
* En idioma español
* Con tiempo de respuesta máximo de dos (2) horas
* Cobertura 24x7x365 sin distinción de horario y día.
* Capacidad de escalamiento al fabricante
* Mesa de ayuda para solicitud de soporte.
* Actualizaciones del software.
12. Pago (cláusula 16 de las CGC)
Subcláusula 16.1 de las CGC—La forma y condiciones de pago al Proveedor en virtud del Contrato será contra entrega, instalación, configuración y capacitación aprobada por el Comprador en su totalidad.
Subcláusula 16.4 de las CGC— El pago será en pesos chilenos, de acuerdo al valor del dólar observado al día de emisión de la factura.
13. Precios (cláusula 17 de las CGC)
No aplica.
14. Liquidación por daños y perjuicios (cláusula 23 de las CGC)
No aplica.
15. Rescisión por Incumplimiento (cláusula 24 de las CGC)
Subcláusula 24.1 de las CGC—Aviso al proveedor con 30 días antes de la fecha de término de contrato..
16. Fuerza mayor (cláusula 25 de las CGC)
Si se presentase una situación de incumplimiento por fuerza mayor el Proveedor notificará dentro de los 10 días siguientes al incumplimiento y por escrito al Comprador, sobre dicha situación y sus causas.
Se considerará fuerza mayor lo establecido en el artículo 45 del código civil chileno. Quedan exentos de este concepto, los actos realizados por personal de la empresa oferente o terceros subcontratados por el mismo.
17. Rescisión por conveniencia (cláusula 27 de las CGC)
Subcláusula 27.1 de las CGC—La notificación indicará que la rescisión se debe a conveniencia fundada del Comprador.
18. Solución de controversias (cláusula 28 de las CGC) Subcláusula 28.2.2 de las CGC—Los reglamentos por los que se regirán los procedimientos de arbitraje de conformidad con la subcláusula 28.2 de las CGC serán los siguientes:
a) Contratos con un Proveedor extranjero:
Subcláusula 28.2.2 Toda disputa, controversia o reclamo que surja del Contrato o se relacione con éste, con inclusión de cualquier asunto relativo a su existencia, validez o rescisión, deberá someterse a arbitraje y resolverse definitivamente por ese medio conforme al Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres, el cual, por referencia, se considera incorporado en la presente cláusula.
b) Contratos con un Proveedor que sea nacional del país del Comprador:
Toda disputa entre el Comprador y un Proveedor que sea nacional del país del Comprador se someterá a pronunciamiento judicial o arbitraje de conformidad con las leyes del país del Comprador.
19. Limitación de Responsabilidad (cláusula 29 de las CGC)
Subcláusula 29.a) de las CGC no aplica
20. Idioma (cláusula 30 de las CGC)
Subcláusula 30. de las CGC—El idioma será el español, pero se aceptará el idioma inglés para los documentos técnicos.
21. Leyes aplicables (cláusula 31 de las CGC) Subcláusula 31. de las CGC—La ley aplicable será:
Ley de la República de Chile
22. Notificaciones (cláusula 32 de las CGC)
Subcláusula 32.1 de las CGC—Dirección del Comprador para los fines de las notificaciones:
Teatinos 120, piso 7 Santiago, Región Metropolitana, Chile
Sección VI
Plan de entregas
Plazo de Disponibilidad de Equipos y Software.
El equipamiento y el software deberán ser entregados, en el lugar de destino establecido por la Dirección de Presupuestos, en un plazo no mayor a 20 días hábiles, contados desde la total tramitación del decreto que aprueba la adjudicación y el respectivo Contrato, de acuerdo a la ley de la República de Chile.
Plazo de Instalación.
El equipamiento deberá estar habilitado en un plazo no mayor a 15 días hábiles a contar de la recepción de los bienes.
El software deberá estar instalado, configurado y operativo en un plazo no mayor a 20 días hábiles a contar de la fecha de instalación de los bienes.
Plazo de Capacitación.
Las capacitaciones deberán estar terminadas en un plazo no mayor a 20 días hábiles, contados desde la total tramitación del Contrato y adjudicación, de acuerdo a la ley de la República de Chile.
Sección VII
Especificaciones Técnicas
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 26.04.2007, PAGINAS 17-18
Sección VIII
Formularios tipo
1. Formulario de oferta y listas de precios
Fecha:
Préstamo Nº:
Llamado a licitación Nº:
A: [nombre y dirección del Comprador]
Estimados(as) señores(as):
Luego de haber examinado los documentos de licitación, incluidos sus apéndices Nº [insertar los números], de los cuales acusamos recibo por la presente, los suscritos ofrecemos proveer y entregar [descripción de los bienes y servicios] de conformidad con dichos documentos, por la suma de [monto total de la oferta en palabras y en cifras] u otras sumas que se determinen de acuerdo con la Lista de precios que se adjunta a la presente oferta y forma parte de ésta.
Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a iniciar las entregas de bienes de acuerdo con el plan especificado en el Plan de entregas.
Si nuestra oferta es aceptada, contrataremos una garantía bancaria por una suma equivalente al por ciento del Precio del Contrato para asegurar el debido cumplimiento de éste en la forma prescrita por el Comprador.
Convenimos en mantener esta oferta durante el período de validez de la oferta especificado en la subcláusula 16.1 de los Datos de la licitación; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que venza dicho plazo.
A continuación se enumeran las comisiones o primas, de haberlas, pagadas o por pagarse a licitantes en relación con esta oferta, y para contratar la ejecución si se nos adjudica el Contrato:
Nombre y dirección Monto y Concepto
del licitante moneda de la comisión
o prima
__________________ _____________ _______________
__________________ _____________ _______________
__________________ _____________ _______________
(si no existiera ninguna prima o comisión, consignar 'ninguna')
Esta oferta, junto con su aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirá un Contrato valedero hasta que se prepare y firme un Contrato formal.
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
Certificamos/confirmamos que cumplimos con los requisitos de elegibilidad enunciados en la cláusula 2 de las IAL de los documentos de licitación.
Fechado el _________ de ____________ de 2004.
____________________ _____________________
[firma] [en calidad de]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en
nombre de________________________________________
Lista de precios de bienes importados
(Ofertas del Grupo C)
Nombre del Licitante_______________________.
Número del Llamado a licitación_____ Página__ de__.
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 26.04.2007, PAGINA 18
1. Indicar las monedas que deban usarse de acuerdo con la cláusula 12 de las Instrucciones a los licitantes.
2. Facultativo, pero de acuerdo con la subcláusula 11.2 b) ii) o iii) de las Instrucciones a los licitantes y las disposiciones conexas de los Datos de la licitación.
3. Facultativo, pero de acuerdo con la subcláusula 11.2 b) iv) y v) de las Instrucciones a los licitantes y disposiciones conexas de los Datos de la licitación.
Firma del Licitante____________________________________
Nota: En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, prevalecerá el precio unitario.
Lista de precios de los bienes nacionales ofrecidos
en el país del Comprador
(Ofertas de los Grupos A y B)
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 26.04.2007, PAGINA 18
1. Las monedas que hayan de usarse de acuerdo con la cláusula 12 de las Instrucciones a los licitantes.
El precio deberá incluir todos los derechos de aduana e impuestos sobre las ventas y de otro tipo que ya hayan sido pagados o haya que pagar sobre los componentes y materias primas utilizados en la fabricación o montaje del bien, o los derechos de aduana e impuestos sobre las ventas y de otro tipo pagados en los bienes previamente importados y ofrecidos en bodega, en salón de exposición, o en existencia. Estos factores no se deben indicar separadamente.
2. Indicado como porcentaje del precio EXW.
3. Facultativo y sólo cuando se requiera de conformidad con la subcláusula 11.2 a) iii) y iv) de las Instrucciones a los licitantes y las disposiciones conexas de los Datos de la licitación.
Firma del Licitante_____________________________________
Nota: En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, prevalecerá el precio unitario.
2. Formulario de garantía de seriedad de la oferta
Por cuanto [nombre del Licitante] (en adelante denominado 'el Licitante') ha presentado su oferta el [fecha de presentación de la oferta] para el suministro de [nombre y/o descripción de los bienes] (en adelante denominada 'la oferta').
POR LA PRESENTE dejamos constancia de que NOSOTROS, [nombre del banco], de [nombre del país], con domicilio legal en [dirección del banco] (en adelante denominado 'el Banco'), hemos contraído una obligación con [nombre del Comprador] (en adelante denominado 'el Comprador') por la suma de que este Banco, sus sucesores o cesionarios pagarán al Comprador en debida forma. Extendida y sellada con el sello de este Banco el de de 200 .
LAS CONDICIONES de esta obligación son las siguientes:
1. Si el Licitante
a) retira su oferta durante el período de validez estipulado en el formulario de oferta, o
b) no acepta la corrección de errores de conformidad con lo dispuesto en las Instrucciones a los licitantes, o
2. Si el Licitante, después de haber sido notificado de la aceptación de su oferta por el Comprador, durante el período de validez de ella:
a) no firma o rehúsa firmar el formulario del Contrato, si esto se necesita, o
b) no suministra o rehúsa suministrar la garantía de cumplimiento que debe presentar de conformidad con las Instrucciones a los licitantes;
Nos obligamos a pagar al Comprador, como máximo, un monto total igual al indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito, sin que el Comprador tenga que justificar su reclamación, a condición de que el Comprador haga constar en su solicitud que la suma que reclama le es adeudada en razón de una o ambas de las condiciones antes especificadas, e indique expresamente la condición (o las condiciones) que se haya(n) dado.
Esta garantía permanecerá en vigor hasta treinta (30) días después del período de validez de la oferta, incluido el trigésimo día, y toda reclamación respecto a ella deberá ser recibida por el Banco a más tardar en la fecha indicada.
______________________
[firma del banco]
3. Formulario del Contrato
CONTRATO celebrado el de de 200 , entre [nombre del Comprador] de [país del Comprador] (en adelante denominado 'el Comprador'), por una parte, y [nombre del Proveedor] de [ciudad y país del Proveedor] (en adelante denominado 'el Proveedor'), por la otra:
POR CUANTO el Comprador ha llamado a licitación respecto de ciertos bienes y servicios conexos, [breve descripción de los bienes y servicios] y ha aceptado una oferta del Proveedor para el suministro de dichos bienes y servicios por la suma de [Precio del Contrato expresado en palabras y en cifras] (en adelante denominado 'Precio del Contrato').
ESTE CONTRATO ATESTIGUA LO SIGUIENTE:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que el que se les asigne en las respectivas condiciones del Contrato a que se refieran.
2. Los siguientes documentos se consideran parte del presente Contrato y serán leídos e interpretados en forma conjunta con él:
a) Llamado a Licitación (Sección I);
b) Instrucciones a los licitantes (I.A.L. - Sección II);
c) Datos de la Licitación (Sección III);
d) las Condiciones Generales del Contrato (Sección IV);
e) las Condiciones Especiales del Contrato (Sección V);
f) Plan de entregas (Sección VI);
g) las Especificaciones técnicas (Sección VII);
h) los Formularios (Sección VIII);
i) el formulario de oferta y la lista de precios presentados por el Proveedor
3. En consideración a los pagos que el Comprador hará al Proveedor en la forma mencionada en este Contrato, el Proveedor se obliga a proveer los bienes y servicios al Comprador y a subsanar los defectos de éstos de conformidad y en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
4. El Comprador se obliga a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han firmado el presente Contrato de conformidad con las leyes de sus respectivos países en el día y año antes indicados.
Firmado, sellado y entregado por ______________ (en
nombre del Comprador)
Firmado, sellado y entregado por ______________ (en
nombre del Proveedor)
4. Formulario de garantía de cumplimiento
A: [nombre del Comprador]
POR CUANTO [nombre del Proveedor] (en adelante denominado 'el Proveedor') se ha obligado, en virtud del Contrato Nº [número de referencia del Contrato] fechado el ___ de ___ de 200__, a suministrar [descripción de los bienes y servicios] (en adelante denominado 'el Contrato').
Y POR CUANTO ustedes han estipulado en dicho Contrato que el Proveedor les suministrará una garantía bancaria emitida por un banco de prestigio por la suma especificada en el Contrato como garantía de que el Proveedor cumplirá las obligaciones que le impone el Contrato.
Y POR CUANTO los suscritos hemos convenido en proporcionar al Proveedor una garantía:
DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes responsables ante ustedes, en nombre del Proveedor, por un máximo de [monto de la garantía expresado en palabras y en cifras] y nos obligamos a pagar a ustedes, contra su primera solicitud por escrito en que conste que el Proveedor no ha cumplido lo dispuesto en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones capciosas, toda suma o sumas que no excedan de los límites [monto de la garantía] antedichos, sin necesidad de que ustedes prueben o acrediten las causas o razones de la reclamación o la suma en ella especificada.
Esta garantía es válida hasta el ___ de ___ de
200__.
Firma y sello de los Garantes
________________________________________________
[nombre del banco o institución financiera]
________________________________________________
[dirección]
________________________________________________
[fecha]
5. Formulario de autorización del fabricante
[Véase la subcláusula 13.3 a) de las Instrucciones a los licitantes.]
A: [nombre del Comprador]
POR CUANTO [nombre del fabricante], fabricantes establecidos y prestigiosos de [nombre y/o descripción de los bienes], con fábricas ubicadas en [dirección de la fábrica]
autoriza por la presente a [nombre y dirección del licitante] a presentar una oferta en relación con los bienes solicitados en el Llamado a licitación Nº [referencia del Llamado a licitación] y fabricados por nosotros, y a negociar posteriormente el Contrato con ustedes y firmarlo.
Por la presente extendemos nuestra caución y garantía plena, conforme a la cláusula 15 de las Condiciones Generales del Contrato, respecto de los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada en respuesta a este Llamado a licitación.
______________________________________
[firma por y en nombre del fabricante]
Nota: Esta carta de autorización debe ser escrita en
papel con membrete del fabricante y firmada por
una persona competente, que tenga un poder para
firmar documentos que obliguen al fabricante. El
Licitante deberá incluirla en su oferta.
6. Declaración Jurada Notarial
En .....................................................
a........ días del mes de................... del 200
comparece .............................................
nacionalidad ................................. profesión
........................................................
...................... R.U.T. Nº ......................
domicilio en ...................... en representación de
........................................................
........................................... quien bajo
juramento expone:
No participan en esta licitación las personas jurídicas cuyos socios o personal directivo, según sea la naturaleza de la sociedad tenga la misma calidad o desempeño, en la Dirección de Presupuestos, así como el o la cónyuge, hijos, hijos adoptivos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, de los socios o directivos citados. En la representación que comparezco, declaro conocer y aceptar en todas sus partes, todos los antecedentes y documentos de la Licitación del .................................. especialmente, sus Bases Generales, Especificaciones Técnicas, Datos de la Licitación y demás documentos complementarios y que efectuadas las aclaraciones necesarias no existen reparos que formular.
Asimismo, declaro aceptar la decisión que determine el mandante respecto de la Adjudicación de la propuesta, renunciando desde luego a toda acción civil, penal y/o administrativa.
Firma.................................................
Nombre................................................
R.U.T.................................................
...................._____________
NOTARIO
Sección IX
Elegibilidad para el suministro de bienes y servicios y
la contratación de obras en las adquisiciones
financiadas por el Banco
Marzo de 2000
Para información de los prestatarios y licitantes, y con referencia al párrafo 1.6, nota al pie No. 9, del documento titulado Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF (enero de 1995, edición revisada en enero y agosto de 1996, septiembre de 1997 y enero de 1999), a continuación se presenta una lista de países cuyos licitantes, bienes y servicios no son elegibles para participar en adquisiciones financiadas por el Banco o la AIF:
* Andorra
* Cuba
* Liechtenstein
* Mónaco
* Nauru
* República Democrática Popular de Corea (Corea del Norte)
* San Marino
* Tuvalu
Además, los licitantes, bienes y servicios de otros países o territorios pueden ser declarados inelegibles mediante una disposición de los documentos de licitación si el país Prestatario los ha excluido por medio de una ley o reglamentación oficial, o en cumplimiento de las disposiciones del párrafo 1.8 a) del documento titulado Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF.
Asimismo, el Convenio de Préstamo o de Crédito prohíbe desembolsos de la cuenta del préstamo o crédito para efectuar pagos a personas o entidades, o para la importación de bienes, si el Banco tiene conocimiento de que tales pagos o importaciones están prohibidos por una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Actualmente esta prohibición se aplica a:
* Iraq
2. Establécese que la aprobación de las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas se efectuó de acuerdo a las cláusulas contractuales establecidas en el Convenio de Préstamo BIRF N°7141 - CH, celebrado entre la República de Chile y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
3. Llámese a Licitación Pública Internacional para la adquisición de los bienes señalados en el punto precedente.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
División de Contabilidad Subdivisión de Crédito Público y Bienes Nacionales
Cursa con alcances decreto Nº 1.165 de 2006, del Ministerio de Hacienda
Nº 17.532.- Santiago, 19 de abril de 2007.-
La Contraloría General ha tomado razón del documento del epígrafe, que aprueba las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Internacional para la adquisición de servidores y software de virtualización para el Proyecto Administración del Gasto Público (SIGFE), con cargo a los recursos del préstamo Nº 7141 - CH-BIRF, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente, en relación a lo previsto en el Nº 2, Sección IV, Condiciones Generales del Contrato, que entiende que éstas serán aplicables en la medida que no sean reemplazadas por las condiciones especiales u otros documentos que formen parte de los pliegos de condiciones de la licitación, pero no por el contrato mismo, salvo en lo expresamente autorizados por ellas. Lo contrario significaría infringir los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los licitantes.
Por otra parte, es conveniente precisar que el vocablo "rescisión" consignado en los Nºs. 23, 24, 25, 26 y 27 de la referida Sección IV y Nºs. 15, 17 y 18 a) de la Sección V Condiciones Especiales del Contrato, debe entenderse referido al término anticipado del mismo, por las causales definidas en los numerales precedentemente mencionados.
Sin perjuicio de lo anterior, es dable agregar que las modificaciones al contrato que se efectúen con arreglo a lo estipulado en los Nºs. 7.1 de la Sección II, Instrucciones a los Licitantes y 19 de las Condiciones Generales, sólo podrán ocurrir por circunstancias de fuerza mayor que fundamente tal decisión, las que deberán constar en actos formales, sujetos al control previo de legalidad. Lo mismo, respecto a las prórrogas dispuestas por el Nº 7.3 de las citadas Instrucciones a los Licitantes.
Además, corresponde manifestar que lo expresado en la Sección II, 5.2, 15.7, 21.4, 24.2 y 28.2, de forma meramente facultativa como "podrá" o que "puede dar lugar", ha de entenderse en términos perentorios.
Asimismo, cabe manifestar que el plazo de capacitación se contará desde la total tramitación del decreto que aprueba la adjudicación y el respectivo contrato y no como se señala en la Sección VI Plan de Entregas.
Finalmente, es del caso anotar que el acuerdo previo a que se alude de la Sección VII, Especificaciones Técnicas, Nº 1 Condiciones Generales, Actualización Técnica, se efectuará con la Dirección de Presupuestos y no como se indica en el citado acápite.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto de la suma.
Saluda atentamente a US., Noemí Rojas Llanos, Subcontralor General de la República.
Al señor Ministro de Hacienda Presente.