LIBERA DE DERECHOS DE INTERNACION, DE ESTADISTICA, ETC., A LOS ARTICULOS QUE SEÑALA, DESTINADOS AL CUERPO DE BOMBEROS DE VALDIVIA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Libérase de derechos de internación, de estadística, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre el impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución a los siguientes artículos destinados al Cuerpo de Bomberos de Valdivia y llegados a Valparaíso en el vapor "Aconcagua":
    C. B. V. N° 1. Un cajón con elementos portátiles para extinguir incendios, con 25 kilos.
    C. B. V. N° 2. Un cajón con ropa impermeabilizada para bomberos de las bombas fluviales del mismo Cuerpo, con 103 kilos, con valor total de US$ 886,19.
    Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veinticuatro de Agosto de mil novecientos cuarenta y nueve.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri.