MODIFICA REGLAMENTO DE LOS COMITES .AGENCIAS REGIONALES DE DESARROLLO PRODUCTIVO. APROBADO POR RESOLUCION Nº194 AFECTA, DE 2006

    Santiago, 16 de marzo de 2007.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 89.- Visto:

    1. El Acuerdo de Consejo Nº2.392, de 2006, que crea los Comités denominados .Agencias Regionales de Desarrollo Productivo. de las Regiones de Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador Bernardo O.Higgins, Maule, la Araucanía, Los Lagos, Aysén, Magallanes y Antártica Chilena y Metropolitana, cuyo Reglamento fue aprobado por resolución afecta Nº194, de 2006.
    2. El Acuerdo de Consejo Nº2.427, de 2007, que complementa el Acuerdo Nº2.392, de 2006, en lo relativo a la composición del Consejo Estratégico del Comité .Agencia Regional de Desarrollo Productivo de la Región de Coquimbo..
    3. Que, en conformidad a lo dispuesto en el numeral II del Acuerdo de Consejo Nº2.427, de 2007, y con el objeto de ajustar las demás cláusulas del Reglamento a la nueva integración del Comité .Agencia Regional de Desarrollo Productivo de la Región de Coquimbo., resulta necesario introducir modificaciones a la resolución afecta Nº194, de 2006, en los siguientes aspectos:

a)  Reemplazo de los nuevos miembros del Consejo Estratégico.
b)  Integración del respectivo Subcomité Regional de Innovación.
c)  Quórum de funcionamiento del Consejo Estratégico.

    4. Las facultades que me confieren la ley Nº6.640, el DFL Nº211, de 1960, y el Reglamento General de la Corporación; lo dispuesto en la ley Nº19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos; y lo establecido en la resolución Nº55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante resolución Nº520, de 1996, y sus modificaciones posteriores, todas emanadas del mismo organismo,
    Resuelvo:

    Modifícase el Reglamento de los Comités 'Agencias Regionales de Desarrollo Productivo' aprobado por resolución afecta Nº194, de 2006, en el sentido de incorporar el siguiente numeral 9:

    9. Normas especiales aplicables al Comité 'Agencia Regional de Desarrollo Productivo de la Región de Coquimbo'
    El Consejo Estratégico del Comité Agencia Regional de Desarrollo Productivo de la Región de Coquimbo, estará compuesto por los siguientes integrantes:

a)  El respectivo Intendente Regional,
b)  El Secretario Regional Ministerial de Economía, c)  Un directivo de la Corporación designado por su Vicepresidente Ejecutivo,
d)  Nueve representantes del sector privado, designados por el Intendente de la Región, previa consulta con el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación,
e)  Dos representantes del sector público en la región, designados por el Intendente de la región respectiva,
f)  Un representante del Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec, designado por su Gerente General,
g)  El Secretario Regional Ministerial de
    Agricultura,
h)  El Secretario Regional Ministerial de Minería, i)  El Secretario Regional Ministerial de
    Planificación y Coordinación,
j)  El Director Regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap).

    En caso de ausencia o impedimento de las autoridades a que se refieren las letras a), b), g), h), i) y j) precedentes, éstas serán reemplazadas por quienes los subroguen, y tratándose de las autoridades o personas a que se refieren las letras c), d), e) y f) precedentes, serán reemplazadas por quienes sean designados, en calidad de suplentes, por la misma autoridad y con arreglo al mismo procedimiento indicado en cada una de esas letras.
    Corresponderá al Intendente de la Región seleccionar, entre los 9 representantes del sector privado que componen el Consejo Estratégico, a las 3 personas que integrarán el respectivo Subcomité Regional de Innovación.
    El quórum para sesionar del respectivo Consejo Estratégico será de a lo menos 10 miembros.
    En todo lo demás, el Comité Agencia Regional de Desarrollo Productivo de la Región de Coquimbo se regirá por las disposiciones contenidas en los numerales 1 al 8 de este Reglamento.

    Anótese, tómese razón por la Contraloría General de la República, transcríbase y publíquese en el Diario Oficial.- Carlos Alvarez Voullième, Vicepresidente Ejecutivo.- Jaime Arellano Quintana, Fiscal.- Luis Hernán Pavez Chateau, Secretario General (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Luis Hernán Pavez Chateau, Secretario General (S).