LIBERA DE TODO DERECHO DE INTERNACION A LAS MAQUINARIAS, ETC., DESTINADAS AL NUEVO FRIGORIFICO Y MATADERO MUNICIPAL DE "LO VALLEDOR"
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo 1°.- Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N° 2,772, de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución, a las maquinarias, elementos de montaje y anexos complementarios, destinados a la instalación, habilitación y construcción del nuevo Frigorífico y Matadero Municipal de "Lo Valledor", de Santiago, que haya importado o importe la Municipalidad con este objeto, y consignados a ella, hasta por un valor facturado FOB no superior a un millón de dólares (U. S. $ 1.000.000).
    Las maquinarias y elementos que por esta ley se eximen de derechos e impuestos quedarán afectos de inmediato a ellos en caso de que sean objeto de cualquiera transferencia o se les dé un destino distinto del consultado en el inciso anterior.

    Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veintinueve de Septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri R.