Ley núm. 10,839

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LOS LAGOS PARA CONTRATAR PRESTAMOS HASTA POR LA SUMA QUE INDICA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo 1.o  Autorízase a la Municipalidad de Los Lagos para contratar directamente uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de $ 4.000.000, a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años.
    Artículo 2.o Facúltase a la Caja Nacional de Ahorros para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus leyes orgánicas o reglamentos.
    Artículo 3.o Si no se contrataren los préstamos a que se refiere el artículo 1.o, el producto del impuesto que se crea por el artículo 5.o se destinará a costear directamente las obras señaladas en esta ley.

    Artículo 4.o El producto del o los préstamos o delLEY 11525
Art. único
D.O. 01.06.1954
impuesto a que se refiere el artículo siguiente será destinado por la Municipalidad de Los Lagos a la ejecución de las siguientes obras:

1.-  Construcción de un
      gimnasio cerrado y
      adquisición de terrenos
      por compra directa en
      Los Lagos _______________        $    700.000
2.-  Adquisición por
      compra directa de un
      terreno para mercado
      municipal en Los Lagos
      y construcción del
      edificio ________________              330.000
3.-  Aporte al Servicio
      Nacional de Salud para
      la compra de un terreno
      para construcción de un
      nuevo edificio
      hospitalario e
      instalación de sus
      servicios asistenciales
      en el pueblo de Los
      Lagos ___________________              400.000
4.-  Construcción o
      transformación del
      edificio municipal de
      Los Lagos, incluyendo
      la compra del terreno
      si fuere necesario ______              900.000
5.-  Mejoramiento del
      Estadio Samuel Valck ____              100.000
6.-  Adquisición de terrenos
      para construcción
      directa de habitaciones
      para obreros municipales
      en Los Lagos ____________              160.000
7.-  Adquisición de un
      terreno para parque
      o población obrera
      en el pueblo de
      Los Lagos _______________        $    150.000
8.-  Aporte para la
      construción de la
      línea de transmisión
      de energía eléctrica
      del sistema Pilmaiquén
      desde Los Lagos a
      Antilhue ________________              75.000
9.-  Mejoramiento de la
      red de distribución
      de la Central Eléctrica
      Municipal de Antilhue ___              485.000
10.- Construcción de
      un matadero municipal
      en Reumén _______________              150.000
11.- Compra de un
      terreno para estadio
      en Reumén y su
      construcción ____________              100.000
12.- Construcción de una
      plaza en Reumén y
      adquisición de
      terrenos para ello ______              450.000

    La Municipalidad por acuerdo de los dos tercios de los Regidores en ejercicio adoptado en sesión especial podrá variar el orden de las inversiones y las sumas indicadas en el inciso anterior, si las necesidades lo requieren, pero siempre para ejecutar una o algunas de las obras antes señaladas.

    Artículo 5.o Para atender el servicio del o los préstamos autorizados por esta ley o para la ejecución de las obras en la forma señalada en el artículo 3.o, en su caso, establécese una contribución adicional de dos y medio por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Los Lagos, contribución que regirá hasta el pago total de los préstamos o la inversión de los fondos destinados a la ejecución de las obras indicadas en el artículo anterior, según corresponda.
    Esta contribución regirá desde el segundo semestre de 1952.

    Artículo 6.o En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes o no se obtuvieren en la oportunidad debida para el servicio de la deuda, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquier clase de fondos de sus rentas ordinarias. Si,  por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin descuento alguno, a amortizaciones extraordinarias de la deuda.

    Artículo 7.o El pago de intereses, amortizaciones ordinarias y extraordinarias, lo hará la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Los Lagos, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir dichos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en el caso de que éste no haya sido dictado en la oportunidad debida.
    La Caja de Amortización atenderá el pago de estos recursos de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna.

    Artículo 8.o La Municipalidad depositará en la cuenta de Depósito Fiscal "F-26 Servicio Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias. Asimismo, la Municipalidad de Los Lagos deberá consultar en su presupuesto anual en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación de los préstamos, y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con el plan autorizado en el artículo 4.o de esta ley.


    Artículo 9.o La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad o del departamento, un estado del servicio del o los préstamos y de las sumas invertidas en el plan de obras consultadas en el artículo 4.o de esta ley.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago a veintiuno de octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- C. Torres H.