Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para que, representado por el Embajador de Chile en los Estados Unidos de América, o a falta de él, por el Encargado de Negocios, venda el inmueble de propiedad del Estado de Chile, ubicado en la Avenida Florida N° 2154, de la ciudad de Washington, D. C.
El precio de venta no podrá ser inferior a quince mil dólares (US$ 15.000).