DECLARA QUE LA CAJA NACIONAL DE AHORROS ES UNA INSTITUCION SEMIFISCAL QUE SE ADMINISTRA EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Declárase que la Caja Nacional de
Ahorros es una institución semifiscal que se administra
conforme a las disposiciones de su ley orgánica N°
6,811, y que no le son ni le han sido aplicables los
preceptos limitativos o prohibitivos contenidos en leyes
de carácter general que afectan a otras instituciones
semifiscales, como el artículo 20 de la ley 8,918 y el
artículo 10 de la ley 8,937 y demás modificaciones.
    Sin perjuicio de lo anterior, el personal de la Caja Nacional de Ahorros continuará disfrutando del beneficio indicado en los artículos 58 y 59 de la ley 7,295; pero los derechos sobre gratificaciones y asignaciones especiales devengados antes de la promulgación de esta ley y no pagados hasta la fecha se entenderán irrevocablemente extinguidos".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, diez de Enero de mil novecientos cincuenta.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Alessandri R.