ANTEPROYECTO DE PLAN DE DESCONTAMINACION ATMOSFERICO (PDA) PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS
Por Resolución Nº1190 del 23 de mayo de 2007, de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, se aprobó el Anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta.
Dentro del plazo de 60 días, contados desde la presente publicación cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones al presente Anteproyecto. Dichas observaciones deberán ser fundadas y presentadas por escrito, en la Comisión Nacional del Medio Ambiente o en la Dirección Regional de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía.
El texto completo del presente anteproyecto, puede ser consultado en la página web de CONAMA: www.conama.cl, o en las oficinas de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía, ubicadas en calle Vicuña Mackenna Nº 224, ciudad de Temuco.
Dicha resolución ordena publicarlo en extracto que es del tenor siguiente:
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo
del Plan de
Descontaminación Dar cumplimiento a la norma de
calidad primaria para material
particulado respirable MP10,
contenida en el D.S. N°59/98
(MINSEGPRES) de manera de proteger
la salud de la población.
Ámbito territorial
de aplicación El presente Plan de
Descontaminación regirá en las
comunas de Temuco y Padre Las
Casas, declaradas como zona
saturada.
Antecedentes sobre
la Declaración
de Zona Saturada A través del D.S. Nº35/2005, del
MINSEGPRES, se declara zona
saturada por material particulado
respirable (MP10) como
concentración de 24 horas, la zona
correspondiente a las comunas de
Temuco y Padre Las Casas.
Sobre la evolución
y condiciones de
la calidad del
aire en la Zona
Saturada. Se ha constatado que desde el año
2001, durante los meses de otoño e
invierno la norma primaria de
calidad de aire para MP10, se ha
visto superada en forma permanente
cada año, lo que se asocia a
condiciones meteorológicas
desfavorables (estabilidad
atmosférica y bajas temperaturas)
y el aumento de emisiones de MP10
producto de la calefacción
residencial.
Sobre los
responsables de
las emisiones Según el inventario de emisiones
actualizado el año 2004, se
observa que la combustión
residencial de leña, aporta sobre
un 87% de las emisiones totales,
lo que indica que son las
principales responsables de la
contaminación por MP10 en las
comunas de Temuco y Padre Las
Casas.
Beneficios y
costos del PDA El PDA de Temuco y Padre Las Casas
presenta beneficios que superan
largamente a los costos sociales
de su implementación. El beneficio
social neto del PDA alcanza a US$
59,9 millones en valor presente
para el período 2008-2022.
Meta global de
reducción de
emisiones y plazo
de cumplimiento. Considerando el año 2004 como 'año
base' y suponiendo que al 2012 la
norma MP10 disminuirá a 120
ug/m3N, se tiene que para superar
el estado de saturación para el
año 2018, se deben disminuir en un
31% las concentraciones y las
emisiones en relación con el año
base.
Énfasis del Plan Dado que la fuente principal de
MP10 en la Zona Saturada es la
combustión residencial de leña,
usada para cocción de alimentos y
calefacción, el PDA pondrá
especial énfasis en la reducción
de emisiones provenientes de la
combustión residencial de leña,
complementado con medidas de
control de las fuentes
industriales, de transporte y
agrícolas.
Vigencia El plan entrará en vigencia el día
que se publique en el Diario
Oficial el decreto supremo que lo
establezca, sin perjuicio de las
medidas que tengan plazos
especiales.
CAPITULO II
CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A LA COMBUSTION
RESIDENCIAL DE LEÑA DE LAS COMUNAS DE TEMUCO
Y PADRE LAS CASAS
Artículos Tema
Nº 4
al Nº 8 Regulación referida al uso y mejoramiento
de la calidad de la leña: La totalidad de
la leña que sea comercializada y utilizada,
deberá cumplir con un contenido de humedad
menor o igual a 25% en base seca (N. Ch. Nº
2907/2005); obligatoriedad de uso de
xilohigrómetro; generación de instrumentos
de gestión local a fin de mejorar y ordenar
el comercio de la leña.
Nº9
al Nº12 Regulación referida al uso y mejoramiento
de la calidad de los artefactos
residenciales que combustionan leña:
Registro y declaración de los artefactos
residenciales de combustión, programa de
recambio de artefactos de combustión
existentes, prohibición de utilizar en las
zonas urbanas y de expansión urbana,
chimeneas de hogar abierto.
Nº13
al Nº17 Regulación referida al mejoramiento de la
eficiencia térmica de la vivienda: un
subsidio especial para el mejoramiento
térmico de la vivienda existente; avanzar
en certificación térmica de viviendas
nuevas; factibilidad de incorporar un
subsidio adicional destinado al
mejoramiento térmico de las viviendas
nuevas.
CAPITULO III
CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS A FUENTES INDUSTRIALES,
COMERCIALES Y CALDERAS DE CALEFACCIÓN GRUPALES DE LAS
COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS.
Artículos Tema
Nº18 Se prohíben las emisiones de gases y
partículas no efectuadas a través de
chimeneas o ductos de descarga.
Nº19
y
Nº20 Normas de emisión, para fuentes puntuales
grupales y puntuales, y calderas de
calefacción grupales, existentes y nuevas.
De acuerdo a la siguiente tabla:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 01.06.2007, PRIMER CUERPO PAGINA 16
Nº21
al Nº 25 Exigencia de muestreo isocinético de
fuentes de acuerdo al Método CH - 5; exceso
máximo de aire de acuerdo a los
combustibles utilizados; periodicidad de
los muestreos isocinéticos de acuerdo a
tipo de combustible a utilizar; programa de
fiscalización de la Seremi de Salud;
acreditación de laboratorios.
CAPITULO IV
CONTROL DE EMISIONES ASOCIADA A LAS QUEMAS AGRÍCOLAS Y
OTRAS QUEMAS NO CLASIFICADAS DE LAS COMUNAS DE
TEMUCO Y PADRE LAS CASAS.
Artículos Tema
Nº 26
al Nº 27 Prohibición de quemas agrícolas y
forestales en el periodo comprendido entre
el 1º de abril al 30 de septiembre de cada
año; programa de buenas prácticas agrícolas
tendientes a generar alternativas a las
quemas.
Nº28 Prohibición de quemas al aire libre, en la
vía pública o recintos privados, de hojas
secas, restos de podas, y todo tipo de
desperdicios.
CAPITULO V
CONTROL DE EMISIONES ASOCIADAS AL SECTOR TRANSPORTE
PUBLICO DE LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS.
Artículos Tema
Nº 29 El Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, en el marco de sus
facultades legales, deberá implementar un
programa destinado a que el sector de
transporte público no incremente las
emisiones que generaba al año 2007.
Adicionalmente, se contemplan en los siguientes capítulos del anteproyecto, programas y acciones de carácter complementario para fortalecer las medidas de tipo estructural del PDA.
CAPITULO VI
PLAN OPERACIONAL PARA ENFRENTAR DIAS CON SUPERACIÓN DE
NORMA
Artículos Tema
Nº 30
al Nº 32 Implementación de una metodología de
pronóstico de calidad del aire; en el caso
de que el pronóstico determine que se
estará en presencia de un día con
superación de norma se dispondrán medidas
de carácter preventivo: información a la
ciudadanía; suspensión de actividades
deportivas en la comunidad escolar; no
autorización de quemas agrícolas y
forestales; plan Comunicacional, entre los
meses de abril a agosto de cada año.
CAPITULO VII
PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL, PARTICIPACIÓN
CIUDADANA E INVOLUCRAMIENTO CIUDADANO
Artículos Tema
Nº 33 La Seremi de Educación diseñará e
implementará las siguientes acciones:
Promoción, en los establecimientos
educacionales, de la incorporación en sus
Proyectos Educativos Institucionales,
Objetivos Fundamentales Transversales que
busquen capacidades para mejorar y
conservar la calidad del aire de su ciudad;
implementación de procedimientos
evaluativos; estrategia que potencie la
temática Mejoramiento y Conservación de la
Calidad del Aire en los Contenidos Mínimos
Obligatorios de la Educación Básica y
Media; programa de capacitación a los
profesores orientado al mejoramiento y
conservación de la calidad del aire.
Nº34 La CONAMA desarrollará las siguientes
acciones: Incorporará como línea temática
la descontaminación atmosférica y el PDA,
en el programa anual del club de Forjadores
Ambientales y Sistema Nacional de
Certificación de Establecimientos
Educacionales; ejecución de campañas
públicas anuales y mecanismos de difusión a
la comunidad; sistema para entregar
información relativa a datos de calidad del
aire, avances del PDA, y estudios en
desarrollo.
CAPITULO VIII
INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL COMPLEMENTARIOS
Artículos Tema
Nº 35 Vigilancia de Calidad del Aire: monitoreo
de MP10 y parámetros meteorológicos en al
menos dos estaciones validadas;
incorporación de monitoreo de MP2,5 en al
menos una estación.
Nº36
al Nº39 Desarrollo de Estudios Complementarios:
diseño de un sistema de calefacción
distrital; efectos que ha provocado el
material particulado respirable en la salud
de la población de las comunas de Temuco y
Padre Las Casas; actualización cada 5 años
de inventario de emisiones de los
principales contaminantes atmosféricos;
especiación química del material
particulado.
Nº40
al Nº45 Apoyo al Mejoramiento Tecnológico y calidad
de la leña: Investigación y desarrollo en
el área de mejoramiento tecnológico de
estufas y eficiencia energética; programa
de difusión orientado a informar y promover
tecnologías alternativas y de bajo costo de
aislación de viviendas; apoyo al desarrollo
del Sistema Nacional de Certificación de
Leña; programa de apoyo a la producción de
leña seca y de apoyo a la gestión de
productores y comercializadores de leña;
programa de apoyo a la gestión y al
mejoramiento tecnológico orientado a los
fabricantes de estufas y cocinas.
Nº46 Programa de Arborización Urbana.
Nº47 En relación al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental: Inclusión de condiciones
especiales en el marco del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental para
proyectos que deseen instalarse en la zona
saturada.
Nº48 Sistema de Compensación de Emisiones: Todos
aquellos proyectos o actividades, incluidas
sus modificaciones, que se sometan al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,
y que, directa o indirectamente, generen
emisiones, iguales o superiores a 1 ton/año
de MP10, o de 0,5 ton/año de MP10,
tratándose de edificios que consulten
calderas de calefacción grupal, deberán
compensar sus nuevas emisiones en un 120%.
CAPITULO IX
FISCALIZACIÓN, VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO Y
ACTUALIZACIÓN DEL PDA
Artículos Tema
Nº 49 A la CONAMA le corresponderá ejercer la
coordinación de los distintos organismos
que fiscalizarán las medidas contempladas
en este Plan; Se señala el organismo
fiscalizador para las medidas que lo
requieren.
Nº50 Con el objeto de verificar el cumplimiento
de las medidas del PDA, los Ministerios, y
Servicios del Estado, deberán entregar un
informe anual a la COREMA, que contendrá un
detalle de la forma que se cumple con las
medidas e instrumentos que les corresponda
dentro del PDA; La COREMA implementará un
programa de coordinación periódica con los
servicios fiscalizadores.
La COREMA Región de La Araucanía remitirá
un informe anual de carácter público, al
Consejo Directivo de CONAMA que contendrá,
entre otros, el grado de cumplimiento del
PDA.
La CONAMA, remitirá un informe anual al
Presidente de la República acerca del
desempeño del PDA el cual será de
conocimiento público.
Nº51 El PDA se actualizará dentro de los cinco
años siguientes a su publicación, con el
propósito de complementar los instrumentos
y medidas, con el objeto de cumplir con las
metas de reducción de emisiones planteadas
para los años 2013 y 2018.
Rodrigo Guzmán Rosen, Director Ejecutivo (S).