MODIFICA RESOLUCION Nº 69 EXENTA, DE 2007
Núm. 1.727 exenta.- Valparaíso, 6 de junio de 2007.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorando técnico (R.Pesq.) Nº027/2007 de fecha 13 de abril de 2007, complementado mediante memorando técnico (R.Pesq.) Nº047/2007 de fecha 30 de mayo de 2007; el D.F.L. N°5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N°19.713, Nº19.822, Nº 19.849, Nº19.880; el D.S.
Nº 11 de 2003, y los decretos exentos Nº114, Nº392, Nº1.306, Nº 1.564, todos de 2005; Nº 36, Nº 242, Nº274, Nº 701, Nº1.035, todos de 2006 y Nº934 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas Nº69 y Nº1.175, ambas de 2007, de la Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que la pesquería artesanal de Merluza del sur Merluccius australis correspondiente a la XI Región, se encuentra sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, de conformidad con lo dispuesto en el decreto exento Nº 114 de 2005, modificado mediante decretos exentos Nº 392 y Nº 1.306, de 2005, Nº 36, Nº 242, Nº 274, Nº701 y Nº 1.035, de 2006, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Que mediante decreto exento Nº 934 de 2007, se modificó el Régimen Artesanal de Extracción antes señalado, incorporando una nueva organización de pescadores artesanales.
Que conforme lo anterior corresponde modificar la resolución exenta Nº 69 de 2007, modificada mediante resolución exenta Nº 1.175 de 2007, citadas en Visto, que estableció la distribución de la fracción artesanal de la pesquería de Merluza del sur de la XI Región, sometida al mencionado régimen de administración,
Resuelvo:
1.- Modificase el numeral 1º de la resolución Nº 69
de 2007, modificada mediante resolución exenta Nº 1.175
de 2007, ambas de la Subsecretaría de Pesca, en el
sentido que a continuación se indica:
a) Incorporar a la Flota Norte 2- Universidad de
Valparaíso, a la Asociación Gremial de Pescadores
Artesanales de Puerto Cisnes A.G., Registro de Asociaciones Gremiales Nº 43-11, con la siguiente asignación de capturas:
VER DIARIO OFICIAL DE 11.06.2007, PÁGINA 3.
b) Reemplazar las asignaciones efectuadas a las organizaciones de pescadores que se indica, pertenecientes a la Flota Norte 2, por las siguientes:
VER DIARIO OFICIAL DE 11.06.2007, PÁGINA 3.
2.- La presente resolución podrá ser impugnada mediante la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca