Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la comuna "Las Barrancas" para contratar directamente uno o varios empréstitos hasta por la cantidad de dos millones de pesos ($ 2.000,000), en la Caja Nacional de Ahorros, con una amortización no superior al 20% anual y a un interés que no exceda del 10%, también anual.