MODIFICA DECRETO Nº 576, DE 1955 DEL EX MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

    Santiago, 8 de Septiembre de 1970.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 189.- Visto, el antecedente adjunto y de acuerdo con la facultad que me confiere el Nº 2 del artículo 72º de la Constitución Política del Estado,
    Decreto:

    Introdúcese la siguiente modificación al decreto Nº
576, de 1955 del ex Ministerio de Salud Pública y
Previsión Social, que aprobó el Reglamento para
Operaciones de Crédito de la Sección Comercial de la
Caja de Retiros y de Previsión Social de los
Ferrocarriles del Estado y sus modificaciones
posteriores:
    "Agrégase el siguiente artículo transitorio:

    Artículo transitorio.- Facúltase a la Caja de Retiros y de Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado para conceder durante el mes de Septiembre del año en curso, por una sola vez, un préstamo especial por Eº 339.- con un alcance líquido de Eº 300.- a los imponentes en servicios activo.

    Dicho préstamo devengará el interés anual del 6%, una comisión del 3% y se pagará mediante descuentos por planillas en 12 cuotas mensuales vencidas, a partir del mes subsiguiente al de su otorgamiento."
    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- E. FREI M.- Eduardo León Villarreal.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Alvaro Covarrubias Bernales, Subsecretario de Previsión Social.