Artículo 2.o En lo que resta del presente año y en el curso de 1936, se invertirá, deduciéndola de la suma que figura en el artículo anterior, la cantidad de nueve millones ($ 9.000,000) en la ejecución de las siguientes obras:
Terreno para una Penitenciaría
Modelo y Granja Anexa, en Santiago $ 450,000.-
Muro de circunvalación y puestos
de vigilancia de dicha
Penitenciaría 2.000,000.-
Cárcel de Santa Cruz 550,000.-
Cárcel de San Antonio 550,000.-
Terreno para Cárcel Presidio de Osorno 100,000.-
Cárcel Presidio de Osorno 750,000.-
Cárcel Presidio de Puerto Montt 300,000.-
Terreno para Cárcel de Lautaro 50,000.-
Cárcel de Lautaro 200,000.-
Terreno para Cárcel de Talcahuano 60,000.-
Cárcel de Talcahuano 300,000.-
Terreno para Cárcel de San Carlos 60,000.-
Cárcel de San Carlos 250,000.-
Terreno para Cárcel de Coronel 50,000.-
Cárcel de Coronel 200,000.-
Cárcel de Tomé 180,000.-
Cárcel de Arica 70,000.-
Cárcel de Aysen 180,000.-
Cárcel de Los Andes 250,000.-
Cárcel de La Ligua 200,000.-
Cárcel de Los Angeles 500,000.-
Cárcel de Melipilla 100,000.-
Cárcel de Iquique 350,000.-
Cárcel de Victoria 250,000.-
Cárcel de Nueva Imperial 200,000.-
Cárcel de Valdivia 350,000.-
Para iniciar la construcción de
una colonia penal en terrenos
fiscales 500,000.-
Suma $ 9.000,000.-
Si la construcción de alguna de las obras enumeradas en el presente artículo y en el anterior, dejare fondos sobrantes, podrán invertirse éstos en la construcción de otras cárceles que figuren en el presente plan.