Prorroga la existencia de algunos juzgados del crimen de la Región Metropolitana.

La normativa también posterga, en un año, el nombramiento de jueces orales en lo penal y de garantías, que debían estar nombrados antes del 15 de junio de este año.

Como efecto de la Reformas Procesal Penal, en junio de 2006 cerraron los tribunales impares y este año correspondía el cierre de los tribunales del crimen pares. Pero dado el alto número de causas que éstos llevan en el Gran Santiago (21 mil juicios), se determinó su cierre gradual. Así, de acuerdo a la nueva ley, el 1 de enero de 2009 quedarán dos juzgados y el 1 de enero de 2010 sólo uno para Santiago y San Miguel.

Los tribunales quedan suprimidos definitivamente el 31 de diciembre de 2010, y las causas pendientes pasan a ser tramitadas por el Primer Juzgado Civil de Santiago o el de Letras más antiguo. La normativa posterga en un año, hasta el 15 de junio de 2008, la fecha tope para terminar los nombramientos de los jueces orales en lo penal y de garantías.

LEY NUM. 20.199

MODIFICA LA LEY N° 19.665, CON EL FIN DE POSPONER LA FECHA DE NOMBRAMIENTO DE LOS JUECES DE GARANTIA Y DE TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL, EN LA REGION METROPOLITANA
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:



    "Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.665:

    1) Al artículo 1º transitorio:

      a) Sustitúyese, en el párrafo final de su numeral 3), el guarismo "2006" por "2008".

      b) Sustitúyese, en el párrafo final de su numeral 4), el guarismo "2007" por "2008".

    2) Intercálase, en su artículo 5° transitorio, el siguiente inciso quinto, nuevo, pasando el actual inciso quinto a ser sexto:

    "Sin perjuicio de lo señalado en los incisos precedentes, en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, al término del segundo año subsistirán seis juzgados del crimen; dos, desde el 1° de enero de 2009, y uno, desde el 1° de enero de 2010. La Corte de Apelaciones de Santiago señalará los juzgados del crimen subsistentes, los que tendrán a su cargo el conocimiento de las causas relativas a hechos acaecidos con anterioridad a la fecha que señala para la Región Metropolitana el artículo 4º transitorio de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, entendiéndose, para todos los efectos constitucionales y legales correspondientes, que dichos juzgados son el continuador legal de todos aquéllos suprimidos en la respectiva jurisdicción.".



    Artículo 2°.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley durante el año 2007 se financiará con los recursos contemplados en la Partida 03, Poder Judicial, del Presupuesto del Sector Público vigente.".


    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 15 de junio de 2007.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.

                Tribunal Constitucional

Proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.665, con el fin de posponer la fecha de nombramiento de los jueces de garantía y de tribunal oral en lo penal en la Región Metropolitana

    El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe certifica que el Senado de la República envió el proyecto de ley, enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto del artículo 1º del mismo, y que por sentencia de fecha 14 de junio de 2007.

    Declaró:

    Que el artículo 1º del proyecto remitido es constitucional.

    Rafael Larraín Cruz, Secretario.