Substituye los artículos 1.o, 2.o, 3.o, 4.o, 7.o y 11.o, suprime los artículos 12.o y 13.o, reemplaza el artículo 14.o y suprime el 26.o, modifica los incisos 1.o y 2.o y agrega incisos finales al artículo 32.o, substituye los artículos 38.o, 40.o, 41.o y 44.o, suprime el artículo 52.o y reemplaza el 53.o, deroga los artículos 54.o, 55.o y artículos transitorios y agrega artículos nuevos al decreto 1.982, de 9 de septiembre de 1947, expedido por la Subsecretaría de Guerra, que fijó el texto refundido de las diversas disposiciones sobre sueldos y demás beneficios económicos para el personal dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, modificaciones que significan aumentar el sueldo del referido personal; suprime la asignación de rancho en dinero de que goza el personal de la Defensa Nacional.