Artículo 9.o Las sumas necesarias para atender al pago de las asignaciones a que se refieren los artículos 11, de la ley número 9,311, de la ley número 9,629, deberán consultarse en la letra f) "Por otros conceptos", del ítem 02 "Sobresueldos fijos", del presupuesto de cada repartición.