MODIFICA DECRETO Nº 1, DE 1994
Núm. 41.- Santiago, 30 de mayo de 2007.- Visto: Lo dispuesto en las leyes Nºs. 18.059, 18.290 y 18.696, lo prescrito en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, y la demás normativa que resulte aplicable.
Considerando: Que resulta necesario adecuar la normativa a las realidades propias de las diversas regiones del país,
Decreto:
Modifícase el decreto supremo Nº 1 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en los siguientes términos:
1.- Modifícase en el primer inciso del artículo 1º, lo siguiente:
a) Reemplázase la frase "Antofagasta, La Serena - Coquimbo, Concepción - Talcahuano - Penco - Chiguayante - Hualqui - San Pedro de la Paz, y Temuco", por la siguiente: "Arica, Antofagasta, La Serena - Coquimbo, Concepción - Talcahuano - Penco - Chiguayante - Hualqui - San Pedro de la Paz, Temuco y Valdivia".
b) Reemplázase la frase "Arica, Iquique, Copiapó, Rancagua, Curicó, Talca, Chillán, Los Angeles, Valdivia, Osorno y Puerto Montt", por la siguiente:
"Iquique, Copiapó, Rancagua, Curicó, Chillán, Los Angeles y Puerto Montt".
c) Reemplázase el punto aparte por un punto seguido y agrégase lo siguiente: "Tratándose de buses que se incorporen a dichos servicios en la ciudad de Osorno, no podrán tener una antigüedad superior a 4 años; y en la ciudad de Talca, esta antigüedad no podrá ser superior a 1 año.".
2.- Modifícase el artículo 2º, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase la letra a) por la siguiente:
"a) Calendario aplicable en las ciudades de Iquique, Antofagasta y Rancagua:
Año de modelo Fecha de retiro
1987 y 1988 31-05-2008
1989 31-05-2009
1990, 1991 y 1992 31-05-2010
1993 y siguientes El 31 de mayo del año en que
el bus cumpla 18 años de
antigüedad.
b) Reemplázase la letra b) por la siguiente:
"b) Calendario aplicable en las ciudades de Arica, Copiapó, La Serena - Coquimbo, Curicó, Talca, Chillán, Los Angeles, Temuco, Valdivia, Osorno y Puerto Montt:
Año de modelo Fecha de retiro
1987 y 1988 31-05-2008
1989 31-05-2009
1990, 1991 y 1992 31-05-2010
1993 y siguientes El 31 de mayo del año en que
el bus cumpla 18 años de
antigüedad.
3.- Modifícase el inciso 2º del artículo 4º, lo siguiente:
a) Reemplázase la frase "Arica, Iquique, Copiapó, Rancagua, Curicó, Talca, Chillán, Los Angeles, Valdivia, Osorno y Puerto Montt,", por la siguiente: "Iquique, Rancagua, Curicó, Talca, Chillán y Los Angeles;".
b) Reemplázase la frase "y de una antigüedad no superior a 12 años respecto de los inscritos en las otras ciudades.", por la siguiente: "de una antigüedad no superior de 10 años tratándose de los inscritos en Arica, Copiapó, Osorno y Valdivia, y de una antigüedad no superior a 12 años respecto de los inscritos en las otras ciudades."
4.- Agrégase el siguiente Artículo Transitorio Bis, a continuación del Artículo Transitorio:
"Artículo Transitorio Bis: Lo dispuesto en el párrafo 2º del Artículo Transitorio, con excepción de lo dispuesto para la ciudad de Arica, no será aplicable durante los años 2007 y 2008."
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Gloria Montecinos L., Jefa Depto. Administrativo.