Artículo 42. Plano de la Instalación de Gas.
Toda ejecución de una instalación de gas, se deberá efectuar de acuerdo a un plano confeccionado por un Instalador de Gas de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento, el cual deberá permanecer, en la instalación en construcción, durante todo el tiempo que ésta demore, a disposición de la Superintendencia.
42.1 Generalidades.
El plano deberá registrar, al menos, la siguiente información de la instalación de gas:
42.1.1 Ubicación propuesta de la tubería y de los artefactos a gas.
42.1.2 Dimensiones de los distintos ramales o derivaciones.
42.1.3 Ubicación del punto de suministro,
abastecimiento o entrega.
42.1.4 Volumen del recinto con artefacto a gas.
En cada recinto donde se instale un artefacto a gas se deberá indicar su Volumen Real, identificado con el símbolo "VR" y el Volumen Mínimo requerido para ello con el símbolo "VM".
42.2 Formato y Escalas del Plano.
Los planos entregados físicamente, es decir, en documento, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
42.2.1 El formato del plano deberá cumplir con la Tabla 1 - Formatos serie normal, A; de la Norma Oficial Chilena NCh13.Of1993 - Dibujos técnicos - Formatos y elementos gráficos de las hojas de dibujo, formatos normales de la serie A; o disposición que la reemplace, algunos de los cuales se ilustran en el Tabla II. Algunos formatos de la serie A.
42.2.2 El máximo tamaño aceptable para el plano es el formato base A0 (*).
42.2.3 Las escalas aceptables para el plano son aquellas comprendidas entre 1:50 y 1:1.000; para sus dibujos complementarios, de 1:10 y 1:20; no obstante la escala seleccionada deberá proporcionar una adecuada lectura y comprensión del plano, que permita visualizar cada uno de los aspectos contemplados en el diseño de la instalación de gas, escala que deberá indicarse en el plano.

.
(*) Formato base.
Tabla II. Algunos formatos de la serie A.
42.3 Símbolos Convencionales.
Se deberán emplear los símbolos establecidos en el Cuadro I. Símbolos Convencionales, los que se deberán dibujar en color negro.
. Cuadro I. Símbolos Convencionales.
. Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.)
. Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.)
. Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.)
. Cuadro I. Símbolos Convencionales. (cont.)
42.4 Contenido del Plano.
El plano deberá registrar, al menos, la siguiente información:
42.4.1 Dibujo de la construcción. Deberá incluir, al menos, la zona por la que pasa la Instalación Interior de Gas, la ubicación de sus artefactos y los recintos colindantes.
42.4.2 Dibujo de la instalación de gas. Las líneas representativas de los planos entregados físicamente, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Formato. En general deberá estar de acuerdo con lo dispuesto en la Norma Oficial Chilena NCh14.Of1993 - Dibujos técnicos - Cuadro de rotulación, o disposición que la reemplace.
a.1 Espesor. Deberá estar comprendido entre 0,3
y 1,2 (mm). Las tuberías existentes se
deberán dibujar con espesores diferentes a
los de las nuevas tuberías, o colocando
sobre tales tuberías una letra "e" o una
nota que indique la condición de
"existente".
a.2 Color. Negro.
b) Escritura normalizada. Todas las letras deberán ser mayúsculas, las que junto con las cifras deberán ser normalizadas, dibujadas en color negro y de ancho estándar.
b.1 Altura. La correspondiente a las letras
y números a emplear, se deberán basar, de
preferencia, con las prescritas en la serie
20 de la Norma Oficial Chilena
NCh20/1.Of1981 - Números preferidos - Parte
1: Series de números preferidos;
NCh20/2.Of1981 - Números preferidos - Parte
2: Guía para el uso de los números
preferidos y de las series de números
preferidos; NCh20/3.Of1982 - Números
preferidos - Parte 3: Guía para la elección
de las series de números preferidos y de
las series que contienen valores más
redondeados de los números preferidos,
según corresponda, o disposiciones que las
reemplacen, siendo algunas de las alturas
las siguientes:
i. Cinco milímetros (5 mm), para la altura
de "Instalación Interior", nombre y
número de la calle de la instalación.
ii. Tres milímetros (3 mm), para la altura
del resto de la escritura.
b.2 Espesor y ancho útil. El correspondiente a
las letras, como la distancia entre éstas,
palabras o líneas deberán cumplir con lo
establecido en la Norma Oficial Chilena
NCh15/0.Of2000 - Documentación técnica de
productos - Escritura - Parte 0: Requisitos
generales, en adelante e indistintamente
"NCh15/0.Of2000"; NCh15/2.Of2001 -
Documentación técnica de productos -
Escritura - Parte 2: Alfabeto Latino,
números y signos, en adelante e
indistintamente "NCh15/2.Of2001";
NCh15/5.Of2000 - Documentación técnica de
productos - Escritura - Parte 5: Escritura
en Alfabeto Latino asistida por computador;
en adelante e indistintamente
"NCh15/5.Of2000", según corresponda, o
disposiciones que las reemplacen, siendo
algunos ejemplos los que se entregan en la
Tabla III. Requisitos para la Escritura
Normalizada.
.(*) Todas las dimensiones están indicadas en función de la altura.
Tabla III. Requisitos para la Escritura Normalizada.
c) Símbolos convencionales. Estos se deberán dibujar según se detallan en el Cuadro I.
Símbolos Convencionales, teniendo en consideración lo siguiente:
c.1 Ubicación de los medidores de gas, conjunto
medidor, medidores eléctricos y cámaras de
alcantarillado.
c.2 La válvula de servicio de GLP.
c.3 Cotas o niveles de las instalaciones de
GLP.
c.4 Identificación de los conductos para basura
o de ventilación, chimeneas e
incineradores.
c.5 Para equipos y artefactos asociados a
instalaciones de otros servicios, la
simbología deberá ser la establecida por la
autoridad competente.
Para mayor detalle referirse a las láminas II y III de "NCh15/0.Of2000", "NCh15/2.Of2001" o "NCh15/5.Of2000", según corresponda, o disposiciones que las reemplacen.
d) Tubería. Detallar la información concerniente al diámetro de la tubería de gas, los cambios de dirección, los puntos de subida o bajada, de llegada de la tubería a cada uno de los pisos y los ambientes por donde pasa dicha tubería.
42.4.3 Cuadro de Rotulación.
Se deberá situar un recuadro en el ángulo inferior derecho del plano, el cual deberá estar seccionado de derecha a izquierda según se detalla a continuación. Dicho recuadro, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x DTO 20, ECONOMÍA
Art. PRIMERO N° 3
D.O. 02.08.2008265 (mm).
Art. PRIMERO N° 3
D.O. 02.08.2008265 (mm).
a) Sección 1. Ubicación.
Esta deberá contener un croquis de la ubicación de la instalación, indicando las calles circundantes a la propiedad, referencia a una avenida o calle principal, indicando el Norte en el croquis. Esta sección, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones interiores de 80 x 80 (mm).
b) Sección 2. Identificación de la Instalación Interior de Gas.
Esta deberá registrar la información necesaria para la identificación de la instalación, según se detalla a continuación. Esta sección, en los planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones de 80 x 115 (mm).
b.1 Tipo de gas empleado e indicación del tipo
de instalación (residencial, comercial o
industrial).
b.2 Nombre de la calle y número municipal
entregado por la Municipalidad respectiva
y comuna.
b.3 Escala del plano.
b.4 Nombres y apellidos, firmas y direcciones
del propietario e Instalador de Gas, además
del RUT del propietario, identificación de
la Entidad de Certificación de Instalación
de Gas y N° de Licencia del Inspector de
Gas, que efectuó la certificación, además
del Nº del Certificado de Aprobación
otorgado por el Sistema de Certificación de
Instalaciones Interiores de Gas electrónico
de la Superintendencia, en adelante e
indistintamente "CIIGe". En el caso que se
trate de una empresa, registrar, además, el
nombre de su representante legal.
c) Sección 3. Potencia instalada.
Esta sección deberá registrar la información que se detalla a continuación, la que en planos entregados físicamente, deberá presentar dimensiones de 80 x 70 (mm).
c.1 Potencia nominal de cada artefacto (kW).
c.2 Potencia total parcial, por instalación
individual.
c.3 Potencia total general, la total instalada.
c.4 Detallar el(los) tipo(s) de tubería a
emplear.
c.5 Identificar los reguladores de presión de
acuerdo con la denominación del fabricante
e indicar su capacidad nominal, en función
del caudal necesario para satisfacer las
necesidades de la instalación, de acuerdo
a la potencia total instalada.
42.4.4 Clasificación del Plano.
De acuerdo con la ubicación y complejidad de las instalaciones interiores de gas, los planos se clasifican según los tipos que a continuación se señalan:
a) Plano Tipo I. Instalación Interior de Gas.
Corresponde a aquella Instalación Interior de Gas, cuyo formato estándar mínimo de tales planos entregados físicamente, deberá ser A3, señalado en el numeral 42.2.1.
b) Plano Tipo II. Instalaciones interiores de gas en conjuntos habitacionales.
Corresponde a varias instalaciones interiores de gas, ubicadas en un edificio colectivo o conjunto habitacional, el que podrá contener el dibujo de matrices interiores, según corresponda, que deberá cumplir con lo establecido en el numeral 42.4.3 precedente, con excepción de lo indicado en la Sección 3 de su literal c), lo cual deberá ser reemplazado por los requisitos que se detallan a continuación.
El formato estándar mínimo de tales planos entregados físicamente, deberá ser A2, señalado en el numeral 42.2.1 precedente.
b.1 Dibujo de las construcciones.
Deberá ser un dibujo en planta de las
construcciones con sus divisiones
interiores.
b.2 Dibujo de las instalaciones.
Tanto para las instalaciones de matrices
de distribución como para las interiores
se deberán efectuar según lo ya establecido
en las secciones precedentes.
b.3 Dibujos complementarios.
Se deberán incluir dibujos en el plano,
a escala adecuada, que aporten información
adicional, considerada indispensable, entre
otra:
i. Conductos colectivos y sombreretes.
ii. Detalles de construcción y dimensiones
del nicho de medidores de gas y su
distribución esquemática.
iii. Instalaciones del equipo de GLP,
cuando corresponda.
iv. Vistas isométricas de conductos,
individuales, secundarios o
colectivos, ventilaciones y tuberías,
de ser necesarias.
v. Dibujo del loteo.
vi. Si el plano contiene instalaciones de
matrices de distribución o interiores,
deberá incluir un dibujo a escala
1:1.000, del plano de loteo y deberá
indicar con exactitud los puntos en
que se realizarán los empalmes.
b.4 Plano de loteo.
Si el loteo corresponde a diez (10) o más
unidades, se deberá proporcionar un plano
separado, que en caso de planos entregados
físicamente, deberá ser en formato A3 o
A4, señalados en el numeral 42.2.1
precedente.
b.5 Cuadro de Rotulación.
Se deberá disponer un recuadro en el
ángulo inferior derecho del plano, el cual
deberá estar dividido de derecha a
izquierda según se detalla a continuación.
Dicho cuadro, en los planos entregados
físicamente, deberá presentar dimensiones
interiores de 80 x 410 (mm).
i. Sección 1. Ubicación.
Según se establece en el literal a)
del numeral 42.4.3 precedente.
ii. Sección 2. Identificación de la
instalación.
Según se establece en el literal b)
del numeral 42.4.3 precedente, a
excepción del literal b.2, el cual se
reemplaza por el siguiente texto:
b.2 Conjunto Habitacional, debiendo
indicar su nombre.
Para mayor información ver el Cuadro II.
Rotulación.
. Cuadro II. Rotulación.
iii. Sección 3. Potencia instalada.
Deberá contener la información que
a continuación se indica, la que en
planos entregados físicamente, deberá
presentar dimensiones interiores de
80 x 70 (mm).
La potencia nominal de cada
artefacto, en (kW), total parcial y
total. Cabe señalar que si alguna de
las instalaciones interiores, con
respecto de otra, tiene conectados
más artefactos y/o de diferente
potencia, se deberán indicar tales
potencias por separado. Para mayor
información ver los Cuadro III.
Potencia Instalada Parcial y Cuadro
IV. Potencia Instalada Total.
. Cuadro IV. Potencia Instalada Total.
- Si el plano incluye la instalación de
matrices interiores, la Sección 3, definida
en el literal c) del numeral 43.4.3
precedente, deberá consignar el número de
departamentos o casas con la potencia por
instalación interior, su total parcial y el
total de la potencia instalada, factor de
simultaneidad y potencia de cálculo utilizada
para determinar el diámetro de la tubería de
la matriz interior. Para mayor información
ver el Cuadro V. Potencia Instalada Total
Edificio.
- Cuando la Instalación Interior de Gas
contemple dos (2) o más tanques de GLP,
dispuestos para abastecer a varios
departamentos o casas con consumos
diferentes, se deberá indicar lo señalado en
la viñeta precedente, para cada tanque. Para
mayor información ver el Cuadro VI, Potencia
Instalada con Tanques de GLP.
. Cuadro VI. Potencia Instalada con Tanques de GLP.
iv. Sección varios.
Esta sección deberá registrar la
información que se detalla a continuación
y que en planos entregados físicamente,
deberá presentar dimensiones interiores de
80 x 90 (mm).
- Sección del conducto colectivo y tipo de
sombrerete.
- Cantidad de bloques o torres con sus
departamentos.
- El(los) tipo(s) de tubería a emplear.
Para mayor información ver el Cuadro
VII. Varios.
. Cuadro VII. Varios.
c) Plano Tipo III. Instalaciones especiales.
Toda Instalación Interior de Gas que no esté incluida entre los tipos de las clasificaciones anteriores, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
c.1 Los planos entregados físicamente, deberán
presentar formato estándar y la escala
empleada deberá estar acorde a la
superficie ocupada por la instalación y a
la complejidad de ésta.
c.2 En general, con lo establecido en el
presente capítulo; en particular, con las
medidas que establezca la Superintendencia,
para cada caso específico.