Artículo 66. Protecciones.

    El equipo de GLP deberá contar con protección contra las inclemencias climatológicas, la que al menos deberá contemplar los siguientes elementos:

66.1  Gabinete.

    Todos los equipos de GLP con más de cuatro DTO 20, ECONOMÍA
Art. PRIMERO N° 24
D.O. 02.08.2008
(4) cilindros y aquellos ubicados en lugares con tránsito de público, deberán contar con gabinete, cuya puerta deberá tapar la visibilidad de los cilindros de GLP.

    El gabinete deberá cumplir con los siguientes requisitos:

66.1.1  Deberá ser de uso exclusivo del equipo de GLP.

66.1.2  Deberá estar construido con material no combustible y resistente a los golpes.

66.1.3  Las dimensiones del gabinete deberán considerar el espacio suficiente para la ubicación de una cantidad de cilindros portátiles de GLP que permita satisfacer la potencia instalada de los artefactos a gas proyectados, con un volumen mínimo para un equipo de dos (2) cilindros, con dimensiones mínimas de 1,5 (m) de alto; 0,50 (m) de fondo y 0,90 (m) de ancho, las que deberán incrementarse en 0,90 (m) por cada par de cilindros portátiles de GLP que se agreguen al equipo.

66.1.4  Toda puerta que tape la visibilidad de los cilindros de GLP, deberá contar con dos aberturas de ventilación por cada cilindro del equipo, una a nivel de piso y la otra en la parte superior, con una superficie de al menos 150 (cm2) cada una y cuando el equipo esté instalado en lugares con acceso de público, protegidas por rejillas metálicas de trama de al menos 6 (mm) u otra solución similar.

66.1.5  La puerta del gabinete deberá contar con un mecanismo de cierre, que impida el acceso a terceros.

66.2  Techo de protección.

    Se permite el uso de techo de protección en equipos de GLP de hasta cuatro (4) cilindros portátiles, ubicados en lugares sin tránsito de público, techo que deberá ser inclinado y fijo o móvil, cuyo borde inferior deberá quedar a una altura de al menos 1,30 (m) del radier. El techo móvil deberá usar sistemas de protección que eviten su deterioro en el tiempo, debido a la reposición de los cilindros.

66.3  Radier de apoyo para los cilindros portátiles de GLP.

    El radier deberá ser de un material compacto u hormigón de cemento, parejo y horizontal en la parte correspondiente al apoyo de los cilindros de GLP. La distancia entre la base del cilindro y el piso deberá ser de al menos cinco (5) centímetros.