Artículo 103. Gasificación de la Red de Gas. Previo a la gasificación de redes de gas nuevas, con el propósito de impedir la formación de mezclas aire/gas combustible, en el rango inflamable, se deberá purgar el aire existente al interior de sus tuberías, por desplazamiento de éste con el gas combustible.

103.1    Generalidades de Purga.

103.1.1  La purga de la instalación de gas se deberá
      efectuar sólo después que ésta haya sido sometida
      al procedimiento descrito en el artículo 102
      precedente y se haya efectuado una exhaustiva
      limpieza interior de la tubería de gas, mediante
      barridos con aire comprimido, preferentemente,
      desde la Estación de Regulación y Medición a cada
      punto de consumo, proceso que se deberá repetir
      las veces que sea necesario hasta que se compruebe
      la ausencia de óxidos y partículas en el aire de
      salida.

103.1.2  Previo y durante la purga de la instalación se
      deberá verificar que no se formen atmósferas
      inflamables en las proximidades de la instalación
      bajo purga, mediante el uso de detectores a gas
      con alarma auditiva que actúe a una concentración
      del 20 (%) del límite inferior de explosividad
      del gas que se trate u otro detector de similares
      características, el cual deberá estar previamente
      calibrado y ser operado de acuerdo con las
      instrucciones de su fabricante.

103.1.3  El venteo de las purgas, eventualmente, mezclas
      aire/gas, deberá ser quemado en forma segura o en
      su defecto, venteadas a amplios espacios abiertos
      con ventilación, según se detalla a continuación:

    a)  Las purgas a ser quemadas en espacios abiertos, se deberán efectuar a una altura mínima de 2,5 metros sobre el nivel del piso o terreno.

    b)  Las purgas por venteo, deberán estar a una distancia mínima de cinco (5) metros de cualquier, potencial, fuente de ignición.

103.1.4  Si el venteo es en un lugar donde la liberación
      de gas a la atmósfera puede causar una condición
      peligrosa, se deberá introducir un tapón de gas
      inerte entre el gas y el aire. Luego el flujo de
      gas se deberá continuar sin interrupción hasta que
      todo el aire y el gas inerte se haya removido de
      la instalación. Se deberán monitorear los gases
      venteados y se deberá finalizar el venteo antes
      que se liberen cantidades substanciales de gas
      combustible a la atmósfera.

103.1.5  Se deberán tomar las medidas de seguridad
      tendientes a impedir la ocurrencia de eventuales
      accidentes que pueda ocasionar el venteo de tales
      mezclas de gases combustibles, entre otras, que
      las descargas de éstos no se efectúen en o hacia
      recintos cerrados, cerca de fuentes de ignición
      y tomas de aire de equipos. En caso contrario,
      se deberá quemar la purga de gas.

103.1.6  En el lugar de trabajo se deberán tener
      disponible equipos extintores contra incendio,
      en tipo y cantidad suficientes, así como también
      con una adecuada señalización advirtiendo del
      peligro y con las precauciones tomadas, demarcando
      y restringiendo el acceso al lugar de trabajo,
      sólo a personal autorizado.

103.1.7  Durante el desarrollo de los procesos de purga
      se deberán utilizar detectores de gases
      combustibles y oxígeno, los que deberán estar
      previamente calibrados según el tipo de gas a
      detectar y de acuerdo con las instrucciones de
      su fabricante, para verificar que el aire ha sido
      totalmente desplazado del interior de las tuberías
      de la instalación de gas bajo purga.

103.2  Procedimiento de Purga.

    Para el purgado del aire de la instalación se
    deberán realizar, al menos, las siguientes
    actividades:

103.2.1  El personal a cargo de la purga deberá estar
    debidamente capacitado, conocer exactamente la
    operación de purga y con capacidad de comunicación
    durante todo su desarrollo, a través de un sistema
    de comunicaciones a prueba de explosión, que le
    permita coordinar las actividades de tal purga.

103.2.2  Retirar todos los elementos de sello utilizados
    en el ensayo de hermeticidad y verificar que estén
    cerradas las válvulas de corte o de paso de los
    equipos o artefactos a gas.

103.2.3  Abrir los puntos de venteo e introducir,
    inmediatamente, el gas de purga que corresponda.
    Se podrán operar, simultáneamente, todos los puntos
    de venteo, siempre que se efectúe bajo supervisión
    directa de personal calificado.

103.2.4  La purga con gas se deberá realizar con el
    mayor flujo operacionalmente factible y bajo
    constante supervisión de personal autorizado. Este
    se deberá introducir moderadamente rápido y
    continuo en un lado de la tubería y que ventee el
    aire por el otro lado. El flujo de gas deberá
    continuar sin interrupción hasta que el gas
    venteado no contenga aire.

103.2.5  La purga deberá ser quemada en un lugar seguro
      para esta operación.

103.2.6  Durante el desarrollo de la purga, se deberá

      analizar el gas de venteo, purga que se deberá
      considerar finalizada, sólo una vez que las
      mediciones de oxígeno (O2) o del gas combustible,
      ambas en porcentaje (%), estén en el rango
      establecido en la Tabla XLII. Prueba de Venteo
      de Gas.


    .


        Tabla XLII. Prueba de Venteo de Gas.

    En caso contrario, la purga deberá ser quemada por el tiempo necesario hasta verificar una operación estable y continua de la llama.

103.2.7  Finalmente, se deberán cerrar los puntos de venteo e inspeccionar las uniones, con el propósito de verificar la ausencia de eventuales fugas de gas en la instalación de gas purgada, mediante el uso de un detector de gas con alarma auditiva que actúe a una concentración del 20 (%) del límite inferior de explosividad del gas que se trate o mediante la aplicación de solución jabonosa u otro método similar. En caso del uso de detector, deberá estar calibrado de acuerdo con las instrucciones de su fabricante y tener en consideración la densidad del gas abastecido, si es mayor o menor que la del aire y que las lecturas sean estables y fidedignas.

103.2.8  Purgado de red existente.

    En el caso de redes de gas en uso, sólo se deberá emplear gas inerte para purgar el aire al interior de sus tuberías, el que posteriormente deberá ser desplazado con el gas combustible a utilizar, de acuerdo al procedimiento anteriormente descrito.