LIBERA DE TODO DERECHO LA INTERNACION DE LAS MAQUINARIAS QUE INDICA, DESTINADAS A LA I. MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N.° 2,772, de 19 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuestos a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución a las maquinarias destinadas a la Municipalidad de Temuco, llegadas a Valparaíso en el curso del mes de Agosto de este año, y actualmente en la Aduana de ese puerto, y que a continuación se detallan:
Un chassis modelo 1951, del tipo 6403, de 4 1/2 toneladas de carga útil, distancia entre ejes 161" para instalación de carrocerías de 12` de largo (3.66 mts.), motor Loadmaster de 105 HP., cambio de marcha sincronizado, con frenos de dos cilindros, equipado con neumáticos de 750 x 20 delanteros y 825 x 20 traseros, vehículo que se destinará a la Dirección de Obras Municipales, y
Un chassis Chevrolet modelo 1951, de 5 1/2 toneladas de carga útil, tipo 6503, distancia entre ejes 179", equipado con motor Loadmaster de 105 HP., cambio de macha sincronizado, con frenos de dos cilindros, con neumáticos de 750 x 20 delanteros y 825 x 20 traseros y 10 telas, destinado a la Inspección de Aseos Municipales".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintinueve de Marzo de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Germán Picó Cañas.