LIBERA DE TODO DERECHO LA INTERNACION DE UNA AMBULANCIA CONSIGNADA AL DEPARTAMENTO CENTRAL DE COMPRAS DE LA BENEFICENCIA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N.° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución a una ambulancia Commer S 222, completa, consignada al Departamento Central de Compras de la Beneficencia, llegada a Valparaíso en vapor "Samanco", marca A. A. Concepción-Valparaíso N.° 661, chassis N.° 24 A. 1636, motor N.° 13067, medidas 17' 11" x 6` S" x 8" 7", con peso bruto de 2,541 kilogramos.
    En caso de venta, se pagarán los derechos que se liberan por la presente ley".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a quince de Abril de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA, Germán Picó Cañas.