MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO LOCAL INALAMBRICO
Santiago, 12 de junio de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 509.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 685 de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 27.228 de 25.04.2007.
b) La escritura pública de fecha 3 de julio de 2006, otorgada en la Notaría de don José Musalem Saffie, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, por la cual se disolvió de pleno derecho la sociedad VTR Banda Ancha S.A. por haberse reunido todas sus acciones en una sola mano, de conformidad con el Nº 2 del artículo 103 de la ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas.
c) Que, la reunión de todas las acciones de VTR Banda Ancha S.A. en manos de la sociedad VTR Banda Ancha (Chile) S.A. (antes Metrópolis Intercom S.A.) provocó que esta última sucediera a la primera en todos sus derechos y obligaciones transmisibles, adquiriendo en consecuencia la totalidad de su activo y pasivo, sin solución de continuidad y sin necesidad de liquidar la sociedad disuelta,
Decreto:
Modifícase la Concesión de Servicio Público Telefónico Local Inalámbrico, señalada en la letra d) de los vistos, cuyo titular era VTR Banda Ancha S.A., RUT Nº 96.779.490-2, en el sentido que su nuevo titular es la empresa VTR Banda Ancha (Chile) S.A. (antes Metrópolis Intercom S.A.), RUT Nº 96.787.750-6, con domicilio en calle Reyes Lavalle Nº 3340, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
1. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
2. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.