LIBERA DE TODO DERECHO LA INTERNACION DE LAS MAQUINARIAS, APARATOS, UTILES, ETC., DESTINADOS A LA INSTALACION DEL SERVICIO TELEFONICO EN ARICA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N.° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto definitivo de las disposiciones sobre impuestos a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución a las maquinarias, útiles, aparatos, materiales y, en general, todo el equipo que importe la Municipalidad de Arica para la instalación del servicio telefónico de dicha ciudad".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a tres de Julio de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Germán Picó Cañas.