AUTORIZA A LAS CAJAS QUE DETALLA PARA OTORGAR PRESTAMOS AL SERVICIO MEDICO NACIONAL DE EMPLEADOS POR LA CANTIDAD QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Autorízase a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, a la Caja de Previsión de Empleados Particulares y a la Caja Nacional de Ahorros para otorgar préstamos al Servicio Médico Nacional de Empleados, hasta la cantidad de $ 21.000.000, a la Caja de Colonización Agrícola, hasta por la cantidad de $ 6.500.000 y al Instituto Bacteriológico de Chile, hasta por la cantidad de $ 7.000.000, con el objeto de que puedan hacer uso de la autorización concedida en la ley N.° 9,986.
Las sumas referidas devengarán el interés anual del 6% y la amortización y los intereses de la deuda serán pagados por las respectivas instituciones en 36 mensualidades iguales".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, doce de Julio de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Jorge Mardones Restat.