ORDENA A LA CORPORACION DE RECONSTRUCCION CONSULTAR LA SUMA QUE SEÑALA DESTINADA A LA ADQUISICION DE ACCIONES DE LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo 1.° La Corporación de Reconstrucción consultará en su Presupuesto para el año 1953 la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000), con el objeto de adquirir acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, institución que destinará el valor de la suscripción para la terminación del Grupo Escolar "Arturo Prat", en la ciudad de Quirihue, con la construcción del edificio para el funcionamiento de la Escuela de Hombres N.° 1 de esa localidad.

    Artículo 2.° Para los fines a que se refiere el artículo anterior, el Presidente de la República podrá transferir a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales la propiedad fiscal ubicada al lado Oriente de la Escuela N.° de Itata, y que deslinda por el lado Sur con la calle Blanco Encalada; por el Norte, con la calle Cochrane, y por el Oriente, con la calle Esmeralda de la citada ciudad de Quirihue",
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a diecinueve de Agosto de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Igancio Lorca G.