Artículo 2.° Para los fines a que se refiere el artículo anterior, el Presidente de la República podrá transferir a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales la propiedad fiscal ubicada al lado Oriente de la Escuela N.° de Itata, y que deslinda por el lado Sur con la calle Blanco Encalada; por el Norte, con la calle Cochrane, y por el Oriente, con la calle Esmeralda de la citada ciudad de Quirihue",