Art. ... No obstante lo dispuesto en el artículoLEY 11506
ART 1° N° 15 35, la Caja otorgará pensiones de viudez, orfandad y cuota mortuoria a los beneficiarios de los imponenetes fallecidos con posterioridad al 8 de septiembre de 1952.
ART 1° N° 15 35, la Caja otorgará pensiones de viudez, orfandad y cuota mortuoria a los beneficiarios de los imponenetes fallecidos con posterioridad al 8 de septiembre de 1952.