Artículo 5.° Las personas que actualmente desempeñan las funciones de Oficial de Partes y Oficial 1.° Archivero, continuarán en el desempeño de sus cargos con las nuevas denominaciones de Oficiales 1.°s, grado 7.°; del mismo modo la que desempeña el empleo de Receptor de Hacienda y Secretario de la Procuraduría Fiscal de Valparaíso pasará a servir el de Oficial Auxiliar de Valparaíso, grado 13.°, y los actuales Escribientes de Abogados del Consejo continuarán sirviendo sus cargos con la nueva denominación de Secretarios de los Abogados del Consejo, grado 17.°.