Art. 22. Corresponde al archivero:
La recepcion i guarda de los documentos i libros que compongan el archivo de la secretaría, de cuya conservacion será directamente responsable.
La custodia del sello o sellos del Departamento.
La conservacion o cuidado de los objetos i útiles del servicio de la oficina.
Dar copia de los documentos que corran a su cargo, cuando así lo ordenare el Sub-Secretario.
Llevar los libros que el Reglamento respectivo le encomiende.