Art. 22. Corresponde al archivero:
    La recepcion i guarda de los documentos i libros que compongan el archivo de la secretaría, de cuya conservacion será directamente responsable.
    La custodia del sello o sellos del Departamento.
    La conservacion o cuidado de los objetos i útiles del servicio de la oficina.
    Dar copia de los documentos que corran a su cargo, cuando así lo ordenare el Sub-Secretario.
    Llevar los libros que el Reglamento respectivo le encomiende.