MODIFICA DECRETO Nº 102, DE 1981
Núm. 50.- Santiago, 6 de julio de 2007.- Vistos: el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política, los artículos 3º y 6º Nº 1 del decreto con fuerza de ley Nº 241, de 1960, y el artículo 3º del decreto ley Nº 2.564, de 1979, sustituido por el artículo 1º letra d) del decreto ley Nº 3.574, de 1981;
Considerando:
1.- Que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en sentencia Nº 44, de 26 de septiembre de 2006, recomendó la modificación del Reglamento contenido en el decreto supremo Nº 102, de 1981, que "Reglamenta Licitación Pública para Asignar Frecuencias Internacionales a Empresas Aéreas Nacionales", entre otros aspectos, en el relativo a la necesidad de que en la licitación de frecuencias las ofertas se realizaran en sobre cerrado.
2.- Que para dichos efectos se requiere derogar el artículo 3º del mencionado Reglamento,
Decreto:
Derógase el artículo 3º del decreto supremo Nº 102, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta la licitación pública para asignar frecuencias internacionales a empresas aéreas nacionales.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Gloria Montecinos L., Jefa Depto. Administrativo.