MODIFICA RESOLUCION Nº 3.283 EXENTA, DE 2007, DISPONE ASIGNACION DE RECURSOS POR ALTERNATIVA DE POSTULACION, TRAMOS Y/O TITULOS DENTRO DE LA REGION QUE SE DESTINARAN AL FINANCIMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO; Y APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL TITULO I, SUBSIDIO GENERAL; TITULO II, SUBSIDIO DE INTERES TERRITORIAL; TITULO III, SUBSIDIO DE REHABILITACION PATRIMONIAL, CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO LLAMADO NACIONAL 2007; Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACION AL LLAMADO REFERIDO, CORRESPONDIENTES AL MES DE JULIO DE 2007
Santiago, 3 de septiembre de 2007.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 4.604 exenta.- Visto: El D.S. N° 40 (V. y U.), de 2004, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional, en especial lo previsto en sus artículos 16, 17, 18 y 19 y en los Títulos I, II y III del Capítulo II de dicho reglamento; la Resolución Exenta N° 3.283, de este Ministerio, de fecha 19 de junio de 2007, publicada en el Diario Oficial del 20 de junio de 2007; la Resolución Exenta N° 4.790, de este Ministerio, de fecha 14 de diciembre de 2006 y sus modificaciones; y,
Considerando:
a) Que por el número 1º de la Resolución Exenta N° 3.283, de este Ministerio, de 2007, se llamó a postulación nacional al segundo llamado 2007 del Sistema de Subsidio Habitacional, en sus Títulos I, II y III, fijándose los recursos destinados a cada Título, estableciéndose procesos de selección en forma mensual;
b) Que se hace necesario modificar el monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Título, Región, alternativa de postulación y tramo de precio de vivienda dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mejor utilización de los recursos dispuestos para ese llamado;
c) Que el D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente,
Resolución:
1º.- Modifícase la Resolución Exenta Nº 3.283, de este Ministerio de 2007, en el sentido de sustituir la tabla inserta en su número 2º, por la siguiente:
VER DIARIO OFICIAL 06.09.2007 PÁGINA 4
2°.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del subsidio habitacional correspondiente al mes de julio de 2007, para el segundo llamado 2007 del Sistema de Subsidio Habitacional Títulos I, II y III (Título I, alternativas de postulación individual y colectiva, páginas foliadas de la 000001 a la 000268; Título II, alternativas de postulación individual (no hubo postulación colectiva a este Título), Tramos 1 y 2, páginas foliadas de la 000001 a la 000025; y, Título III, alternativa de postulación individual, Tramo 2 (sólo se presentó un postulante a este Título), página foliada 000001, dispuesto en el número 1º de la Resolución Exenta Nº 3.283, de este Ministerio, de 2007, nóminas que se entenderán formar parte de esta Resolución, y fíjase el número de postulantes seleccionados, por Título, Región, alternativa de postulación y tramo, cuando corresponda, según se indica en la siguiente tabla:
Nº postulantes seleccionados
VER DIARIO OFICIAL 06.09.2007 PÁGINA 4
3°.- Fíjase en monto de Unidades de Fomento comprometidas para el financiamiento del subsidio directo para la atención de los postulantes seleccionados a que se refiere el número anterior, por Título, Región, alternativa de postulación y tramos de precio de vivienda, cuando corresponda, según se indica en la siguiente tabla:
Unidades de Fomento
VER DIARIO OFICIAL 06.09.2007 PÁGINA 4
4º.- Déjanse sin efecto las 85 solicitudes de postulación correspondiente al mes de julio de 2007, para el segundo llamado 2007 del Sistema de Subsidio Habitacional, según se detalla a continuación, conforme a los Títulos I y II, llamado efectuado por el número 1º de la Resolución Exenta N° 3.283, de este Ministerio, de 2007, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan (Título I páginas foliadas de la 000001 a la 000014; Título II páginas foliadas de la 000001 a la 000003), las cuales se entenderán formar parte integrante de la presente Resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas:
Título Nº solicitudes dejadas sin efecto
I 81
II 4
Total 85
5°.- Publíquense en un periódico de circulación nacional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2º de esta Resolución, así como el plazo de que dispondrán los interesados para poder presentar al SERVIU respectivo, sus observaciones o reclamos, si correspondiere; y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron dejadas sin efecto, a que se refiere el número
4º anterior y exhíbanse dichas nóminas en las Oficinas de los SERVIU.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.