"Artículo 1.o Los empleados de las Fábricas y Maestranzas del Ejército "FAMAE", que fueron desahuciados entre el 30 de Julio y el 5 de Octubre de este año, tendrán derecho a que se les pague, por una sola vez, una indemnización extraordinaria equivalente a 15 días de sueldo por cada año de servicio, sea que hayan trabajado a jornal o como empleados. La fracción de tiempo superior a 6 meses se considerará como año completo para estos efectos.