MODIFICA LA LEY N° 10,475, RELACIONADA CON PREVISION DE LOS EMPLEADOS PARTICULARES
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Modifícase la redacción del artículo 2° transitorio de la ley N° 10,475, anteponiendo a su texto actual, la frase "La Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública y".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintinueve de Octubre de mil novecientos cincuenta y dos.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Sótero del Río.