Artículo 3.o Como parte integrante del contrato de permuta, el Fisco se obliga a trasladar a las viviendas que se construyan en los terrenos entregados por la Caja de Seguro Obligatorio, a los actuales moradores de las poblaciones callampas instalados en los terrenos de la ex Chacra "Lo Valdivieso", hasta la total desaparición de éstas y bajo su exclusiva responsabilidad".