Artículo Primero: Modifícanse las plantas de personal que se indican seguidamente, en el sentido que se expresa:

1.  Créase un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4º, en la planta de personal de Cargos de Exclusiva Confianza, de la Subsecretaría de Justicia, contenida en el artículo único del decreto con fuerza de ley Nº 1/90, de 1990, del Ministerio de Justicia.

2.  Créase un cargo de Director Regional, grado 5, en la planta de personal de Directivos del Servicio de Registro Civil e Identificación, contenida en la ley Nº 19.191 y en el decreto con fuerza de ley Nº 43, de 2003, del Ministerio de Hacienda.

3.  Créase un cargo de Director Regional (XIV Región), grado 5°, en la planta de personal de Directivos, Directivos afectos al sistema de Alta Dirección Pública, del Servicio Médico Legal, contenida en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio de Justicia, y en el decreto con fuerza de ley Nº 43, de 2003, del Ministerio de Hacienda.
4.  Créase un cargo de Director Regional, grado 7°, en la Planta Regional de personal, Directivos, del Servicio Nacional de Menores, contenida en el artículo único del decreto con fuerza de ley Nº 8, de 1990, del Ministerio de Justicia.
5.  Créase un cargo de Defensor Regional, grado 3, un cargo de Director Administrativo Regional, grado 4, y un cargo de Jefe de Unidad Defensoría Regional, grado 4, en la planta de personal de la Defensoría Penal Pública, contenida en el artículo 28 de la ley Nº 19.718 y en el decreto con fuerza de ley Nº 34, de 2004, del Ministerio de Hacienda.