Artículo 26.- El Prorrector es el      DFL Nº153,Ed.1981 Ministro de Fe de la Universidad      Art. 14º de Chile y el subrogante legal del    D.O. 19.01.1982 Rector para todos los efectos.

Corresponde al Prorrector ejercer la asesoría integral del Rector y la coordinación de la gestión administrativa y financiera de la Universidad, además de aquellas funciones y atribuciones que el Rector le delegue.