Artículo 44º.- Un Reglamento dictadoDFL Nº153,Ed.1981
Art. 27
D.O. 19.01.1982
al efecto regulará la existencia de otras autoridades universitarias y su ámbito de competencia en las respectivas estructuras.

En él se incluirán los DirectoresDFL Nº1,Ed.2006
Art. Único Nº 28
letra a) y b)
D.O. 10.03.06
de Departamentos, Centros, Escuelas, Institutos, de Organismos de Asesoría Central y de Facultad y de Unidades Académicas.