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DFL 3 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 153, DE 1981, QUE ESTABLECE LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

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Promulgación: 10-MAR-2006

Publicación: 02-OCT-2007

Versión: Última Versión - 27-MAR-2024

Materias: Estatutos de la Universidad de Chile, D.F.L. no. 153, 1981

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FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 153, DE 1981, QUE ESTABLECE LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE

    D.F.L. Núm. 3.- Santiago, 10 de marzo de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente:

    Decreto con fuerza de ley:

                  TÍTULO I


          Disposiciones Fundamentales


Artículo 1°.- La Universidad deDFL Nº1, Ed.2006
Art. Único Nº1
D.O. 10.03.2006
Chile, Persona Jurídica de Derecho Público Autónoma, es una Institución de Educación Superior del Estado de carácter nacional y público, con personalidad jurídica, patrimonio propio, y plena autonomía académica, económica y administrativa, dedicada a la enseñanza superior, investigación, creación y extensión en las ciencias, las humanidades, las artes y las técnicas, al servicio del país en el contexto universal de la cultura.

Artículo 2º.- La generación,DFL Nº1, Ed.2006
Art. Único Nº2
D.O. 10.03.06
desarrollo, integración y comunicación del saber en todas las áreas del conocimiento y dominios de la cultura, constituyen la misión y el fundamento de las actividades de la Universidad, conforman la complejidad de su quehacer y orientan la educación que ella imparte.

La Universidad asume con vocación de excelencia la formación de personas y la contribución al desarrollo espiritual y material de la Nación. Cumple su misión a través de las funciones de docencia, investigación y creación en las ciencias y las tecnologías, las humanidades y las artes, y de extensión del conocimiento y la cultura en toda su amplitud. Procura ejercer estas funciones con el más alto nivel de exigencia.

Artículo 3º.- Asimismo, correspondeDFL Nº1, Ed.2006
Art. Único Nº2
D.O. 10.03.06
a la Universidad contribuir con el desarrollo del patrimonio cultural y la identidad nacionales y con el perfeccionamiento del sistema educacional del país. En cumplimiento de su labor, la Universidad responde a los requerimientos de la Nación constituyéndose como reserva intelectual caracterizada por una conciencia social, crítica y éticamente responsable y reconociendo como parte de su misión la atención de los problemas y necesidades del país. Con ese fin, se obliga al más completo conocimiento de la realidad nacional y a su desarrollo por medio de la investigación y la creación; postula el desarrollo integral, equilibrado y sostenible del país, aportando a la solución de sus problemas desde la perspectiva universitaria, y propende al bien común y a la formación de una ciudadanía inspirada en valores democráticos, procurando el resguardo y enriquecimiento del acervo cultural nacional y universal.

Artículo 4º.- Los principiosDFL Nº1, Ed.2006
Art. Único Nº2
D.O. 10.03.06
orientadores que guían a la Universidad en el cumplimiento de su misión, inspiran la actividad académica y fundamentan la pertenencia de sus miembros a la vida universitaria, son: la libertad de pensamiento y de expresión; el pluralismo; y la participación de sus miembros en la vida institucional, con resguardo de las jerarquías inherentes al quehacer universitario. Forman parte también de estos principios orientadores: la actitud reflexiva, dialogante y crítica en el ejercicio de las tareas intelectuales; la equidad y la valoración del mérito en el ingreso a la Institución, en su promoción y egreso; la formación de personas con sentido ético, cívico y de solidaridad social; el respeto a personas y bienes; el compromiso con la institución; la integración y desarrollo equilibrado de sus funciones universitarias, y el fomento del diálogo y la interacción entre las disciplinas que cultiva.

Artículo 5º.- Son emblemas oficialesDFL Nº153,Ed.1981
Art. 2º
D.O. 19.01.1982
de la Universidad de Chile el escudo distintivo y la bandera.
Tiene asimismo un himno oficial.

Artículo DFL Nº153,Ed.1981
Art. 3º
D.O. 19.01.1982
6º.- A la Universidad de Chile le corresponde la atribución de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales.
Ley 21325
Art. 175 N° 4
D.O. 20.04.2021
También le compete pronunciarse sobre convenios o tratados internacionales relativos a la educación superior que el Gobierno de Chile tenga interés en suscribir con otros gobiernos o entidades internacionales y extranjeras.

Artículo 7º.- Corresponde a laDFL Nº153,Ed.1981
Art. 4º
D.O. 19.01.1982
Universidad de Chile, en virtud de su autonomía, la potestad para determinar la forma y condiciones en que deben cumplirse sus funciones de docencia, de investigación, de creación o de extensión, así como la aprobación de los planes de estudio que imparta.

Asimismo, está facultada para organizar su funcionamiento y administración del modo que mejor convenga a sus intereses.

De la misma manera, le corresponde determinar la forma en que distribuye su presupuesto para satisfacer los fines que le son propios, conforme a la planificación de su acción y desarrollo.

Artículo 8º.- El patrimonio de laDFL Nº1, Ed.2006
Art. Único Nº3
D.O. 10.03.06
Universidad de Chile está constituido por sus bienes y por los ingresos que le corresponda percibir, entre otros conceptos, por los siguientes:

a)  Los aportes que se le concedan anualmente en virtud de la Ley de Presupuestos de la Nación y que otras leyes especiales le otorguen;
b)  Los montos que perciba por concepto de derechos de matrícula, aranceles, certificados y solicitudes a la Universidad, y toda clase de cuotas extraordinarias que deban pagar sus alumnos;
c)  Los ingresos que perciba por prestación de servicios, de conformidad a la ley;
d)  Los bienes muebles o inmuebles de que sea propietaria y los que adquiera en el futuro a cualquier título;
e)  Los frutos de sus bienes;
f)  La propiedad intelectual e industrial que le corresponda de conformidad con la ley; y
g)  Las donaciones, herencias o legados o cualquier tipo de ingresos que reciba de personas naturales o jurídicas.

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27-MAR-2024
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23-MAR-2024 26-MAR-2024
Intermedio
De 12-FEB-2022
12-FEB-2022 22-MAR-2024
Texto Original
De 02-OCT-2007
02-OCT-2007 11-FEB-2022
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1.- Ley de Migración y Extranjería. (Boletín N° 8970-06)

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