RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE ISLA DE PASCUA
Santiago, 27 de julio de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 730.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El número 1 del artículo 3 del párrafo III de la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117, de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
g) El decreto supremo Nº 38, de 21.01.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial del 04.05.2004, y h) La resolución exenta Nº 1.334, de 24.10.2006, de la Subsecretaría, que aprobó las bases del concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2006.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para optar a concesiones de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 38.566, de 15.09.2006.
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 65.840, de 28.11.2006.
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 14/C, de 31.01.2007.
d) La resolución exenta Nº 372, de 19.03.2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, para la comuna de Isla de Pascua, V Región, a la Sociedad de Inversiones y Servicios Generales Limitada.
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión,
Decreto:
1.- Renuévese a contar del 05.05.2007, por un período de 3 (tres) años, la concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura para la comuna de Isla de Pascua, V Región, otorgada mediante decreto supremo señalado en la letra g) de los Vistos a la Sociedad de Inversiones y Servicios Generales Limitada, RUT Nº 77.660.270-1, con domicilio en calle Carlos Marx Nº 3109, Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para continuar con la operación y explotación de la estación de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, cuya señal distintiva es XQJ-072, siendo elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de la radioemisora los que se indican a continuación:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión sonora en mínima
cobertura.
- Zona de servicio : Comuna de Isla de Pascua.
Superficie delimitada por una
intensidad de campo mayor o
igual que 54 dB (µV/m), referida
al punto de emisión de la señal
y que en el perímetro de la
comuna no sobrepase los 20 dB
(µV/m).
- Período de
la concesión : 3 años.
- Potencia máxima : 1 watt.
- Frecuencia : 107,9 MHz.
- Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no
se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SISTEMA RADIANTE
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ±75 KHz.
- Diagrama de
radiación : Omnidireccional.
- Ganancia máxima : 0,0 dBd.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo de 1/4 de onda.
- Nº antenas : 1.
- Altura centro
de radiación : 6 metros.
- Pérdida en cables,
conectores y otras : 1,9 dB.
UBICACIÓN DE LA RADIOEMISORA
- Dirección del
estudio, planta
transmisora y
sistema radiante : Avarcipúa s/nº, Isla de Pascua,
V Región.
- Coordenadas
geográficas : 27°09'07" Latitud Sur.
109°25'53" Longitud Oeste.
Datum: WGS-84.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.