DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL PARA COLEGIO ESPECIAL SAN FRANCISCO, DE LA COMUNA DE CURICÓ, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 52 BIS, LETRA A) DEL DFL Nº 2, DE 1998
Núm. 6.942 exenta.- Santiago, 12 de septiembre de 2007.
Considerando:
Que el Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región del Maule, mediante oficio ordinario Nº 002617, de 16 de agosto de 2007, informa que el Colegio Especial San Francisco, de la comuna de Curicó, administrado por la Sociedad Educacional San Francisco Limitada, ha incurrido en incumplimiento de las obligaciones contractuales con sus trabajadores, dejando de pagar remuneraciones en los meses de enero, mayo y junio del presente año. Además, se indica que el establecimiento educacional presenta problemas con la infraestructura, carece de mobiliario e implementación adecuada, y ha sufrido suspensión de servicos básicos.
Que, las circunstancias anteriomente señaladas ponen en riesgo la continuidad del servicio educativo, motivo por el cual es necesario designar en sustitución del sostenedor a un administrador provisional para que se haga cargo de la administración del citado establecimiento educacional hasta el término del año escolar 2007, medida que permitirá garantizar la prestación del servicio educacional a los alumnos.
Visto: El artículo 52 bis, letra a) del DFL Nº 2, de 1998, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales; el oficio ordinario Nº 002617, de 16 de agosto de 2007, del Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región del Maule; y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:
1º: Desígnase a don Luis Alejandro Henríquez Muñoz, cédula de identidad número 5.950.486-K, Profesional grado 10º, destacado en el Departamento Provincial de Educación de Curicó, como Administrador provisional del Colegio Especial San Francisco, de Curicó, hasta el término del año escolar 2007.
El funcionario designado Administrador tendrá las facultades dispuestas en el artículo 2132 del Código Civil, especialmente la de percibir la subvención que corresponda al mencionado establecimiento educacional.
El citado funcionario deberá dar cuenta documentada de su gestión a la Subsecretaria de Educación dentro de los 30 días siguientes al término de sus funciones, la cual deberá ser ingresada en un registro de carácter público.
2º: Por razones urgentes, el Administrador designado asumirá sus funciones sin esperar la total tramitación de la presente resolución.
3º: El Jefe del Departamento Provincial de Curicó o quien éste designe deberá notificar la presente resolución al funcionario nominado Administrador provisional.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Pilar Romaguera Gracia, Subsecretaria de Educación.