APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A "CENTRO DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL MONSEÑOR FAGNANO", DE SANTIAGO
Santiago, 26 de septiembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.892 exento,- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia Nº 110 de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679 de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución Nº 520 de 1996, modificada Por resolución Nº 661 de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Centro de Promoción y Desarrollo Social Monseñor Fagnano", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 152, de 7 de febrero de 1975, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 12 de mayo de 2006 y 15 de mayo de 2007, ambas otorgadas ante el Notario Público de Santiago, don Sergio Carmona Barrales.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.