Artículo 4° Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Primera Compañía de Bomberos "Purén" el sitio N° 8 de la manzana N° 4 del plano del pueblo de Purén, cuyos deslindes son los siguientes: Al Norte, sitios N°s 1 y 2; Sur, sitio N° 7; Este, sitio N° 6, y Oeste, calle Cañete".