ESTABLECE UNA CONTRIBUCION ADICIONAL SOBRE LOS BIENES RAICES DE LA COMUNA DE GORBEA.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Establécese una contribución adicional durante los años 1953 y 1954, sobre los bienes raíces, de la comuna de Gorbea, con el objeto de que la respectiva Municipalidad aporte su producto a la adquisición de terrenos destinados a la construcción del Centro de Atención Rural del Servicio de Seguridad Social, para la construcción del mismo y para su dotación con los elementos necesarios a su funcionamiento".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a trece de Noviembre de mil novecientos cincuenta y dos.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Guillermo del Pedregal H.