"Artículo 1.o Cédese, gratuitamente, en dominio a la Municipalidad de Las Condes, un retazo de terreno ubicado en la ribera del Río Mapocho, en el departamento de Santiago, de treinta y tres mil quinientos setenta metros cuadrados de superficie, aproximadamente, cuya configuración se determina en el plano confeccionado al efecto por la Corporación favorecida y que se protocolizará en el Conservador de Bienes Raíces respectivo en el acto de la inscripción de dicho dominio, para lo cual servirá de título la presente ley y cuyos deslindes son: Al Norte, con la planta de extracción de materiales del Río Mapocho, de propiedad de la Dirección de Pavimentación de Santiago; al Sur y Sur-Oriente, con el sifón del Canal San Carlos y la Avenida Costanera, respectivamente; al Oriente, con el camino de acceso a la mencionada planta, de por medio con el bien raíz de la Compañía de Cervecerías Unidas; y al Poniente, con el Río Mapocho.