Art. 24.o Permanecerán en el Servicio Activo los ciudadanos que fueron convocados a reconocer Cuartel e ingresen a las filas para cumplir su período de conscripción.
    Este período será de un año para el Ejército y Fuerza Aérea, y hasta dos años para la Armada, a menos que el Presidente de la República modificara su duración.
    A la Reserva pertenecerán los ciudadanos que no figuren en la Base de Conscripción ni en el Servicio Activo y que se encuentren en edad militar.